Democracia y Sistema Político Electoral en Uruguay

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Democracia

Tipos de Democracia

Democracia: "gobierno de la multitud".

  • Democracia minimalista: se basa en la existencia de elecciones competitivas que permiten elegir y alternar representantes. Las elecciones competitivas se convierten en un medio de control que garantiza el equilibrio natural.
  • Democracia procedimental: además de elecciones competitivas, se agregan libertades básicas para garantizar la participación y la competencia. Al integrar derechos civiles, las elecciones competitivas se vuelven un fin.
  • Democracia resultadista: la democracia debe garantizar elecciones limpias, libertades civiles básicas y, además, resultados tangibles. Incorpora otros elementos, como estabilidad, eficiencia y resultados. La democracia resultadista está asociada al desempeño económico y político para obtener beneficios tangibles.
  • Democracia maximalista: trasciende las elecciones y las libertades civiles básicas. La democracia maximalista describe un sistema político que favorece las relaciones sociales, convirtiéndose en un mecanismo ideal para la convivencia entre ciudadanos.
  • Democracia ciudadana: "la democracia no se reduce al acto electoral, sino que requiere eficiencia, transparencia y equidad en las instituciones públicas. Asimismo, debe tener una cultura que acepte la legitimidad de la oposición política y reconozca, y abogue, por los derechos de todos".

Democracia política vs. Democracia social

¿Puede haber democracia si solo hay derechos políticos?

Dahl: los ciudadanos deben tener igualdad de oportunidades para:

  • Formular preferencias
  • Manifestarlas públicamente
  • Recibir igual trato por parte del gobierno

El gobierno debe garantizar las condiciones para que esto suceda.

Mecanismos de Democracia Directa en Uruguay

El sistema de gobierno nacional en Uruguay es semi-representativo debido a la existencia de mecanismos de democracia directa.

Plebiscito

Es la consulta – decisión – que se le hace al Cuerpo Electoral – plebe – sobre una decisión fundamental.

Iniciativa Popular

Consiste en la posibilidad de que el Cuerpo Electoral presente un Proyecto de Ley en el Parlamento o de Reforma Constitucional para que se haga la consulta popular.

En el caso de la Ley, se fija en un 25% de los ciudadanos inscriptos y habilitados para votar (Registro Cívico) el porcentaje para habilitar esta vía. Luego de cumplida esa fase, el proyecto transita por diversas etapas – Discusión – Sanción – Promulgación – Publicación – para tener la naturaleza legal propiamente dicha. La sola presentación del Ante-Proyecto en el Parlamento con el respaldo de las firmas no asegura que se constituya en ley nacional, ya que puede no alcanzarse la mayoría necesaria para su sanción.

En el caso de una Reforma Constitucional, se requiere el 10% de los ciudadanos inscriptos y habilitados para votar (Registro Cívico). Estos proyectos deberán ser sometidos a plebiscito en la elección inmediata más próxima, pero siempre que los mismos hayan sido presentados con 6 meses de anticipación a la fecha de su realización.

Referéndum

Consiste en una consulta al soberano sobre una ley – o decreto de las Juntas Departamentales con fuerza de ley en su jurisdicción – aprobada previamente por sus representantes.

A nivel nacional, puede ser impugnada mediante el recurso de referéndum toda ley – o parte de ella – promulgada por el Poder Ejecutivo. Se requiere el apoyo del 25% de los ciudadanos inscriptos y habilitados para votar en el plazo de un año luego de la promulgación mediante la recolección de firmas. De cumplirse, la Corte Electoral debe convocar a las urnas dentro del plazo de 120 días.

El recurso de referéndum se considerará aprobado cuando los votos por SÍ correspondan a la mayoría absoluta de los votos válidos. El voto en blanco es considerado NO.

En el caso de los Decretos de las Juntas Departamentales con fuerza de ley en su jurisdicción, el plazo es de 40 días desde la publicación. Se requiere el 20% de los Inscriptos y Habilitados para votar en la jurisdicción departamental que corresponda.

Sistema Político Electoral Uruguayo

Es el conjunto de normas jurídicas que regulan las elecciones, nacionales o departamentales, en sus diferentes aspectos: mecanismos para alcanzar los cargos de gobierno y su distribución entre los diferentes partidos políticos que ingresan en la contienda electoral.

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