Delitos de Funcionarios Públicos: Malversación, Cohecho e Infidelidad Documental
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Este documento detalla diversas figuras delictivas cometidas por empleados públicos en el ejercicio de sus funciones, enfocándose en la apropiación indebida de fondos, el uso indebido de recursos, el soborno y la violación de la custodia documental.
1. Apropiación o Sustracción de Caudales y Efectos Públicos o Particulares
Este delito es cometido por el empleado público que, teniendo a su cargo caudales o efectos públicos o particulares con la obligación de responder de ellos, los sustrajere o consintiere que otro los sustraiga. La pena se gradúa de acuerdo con la cuantía de lo malversado.
Definiciones Clave:
- Caudales: Se entienden los bienes de cualquier especie y principalmente el dinero.
- Efectos: Son los documentos que representan un valor pecuniario (ej. cheques, pagarés).
Los bienes y efectos pueden ser públicos o de particulares. Serían de particulares, por ejemplo, los que tienen las cajas de crédito prendario o impuestos internos.
Autoría del Delito:
Es autor del delito el empleado público, no solamente cuando sustrae los caudales o efectos, sino también cuando consiente que otro los sustraiga.
Formas de Comisión: Dolo y Culpa
Este delito no solo se puede cometer con dolo (intención), sino también con culpa (negligencia). La forma culpable la comete el empleado público que, por abandono o negligencia inexcusable, diere ocasión a que se efectúe por otra persona la sustracción de caudales o efectos públicos o de particulares.
2. Distracción o Uso Indebido de Fondos
Comete esta forma de malversación el empleado público que aplica a usos propios o ajenos los caudales o efectos con ánimo de reintegrarlos oportunamente. Esto lo diferencia de la sustracción o apropiación, en que el malversador se apropia o se queda definitivamente con lo malversado.
3. Aplicación Pública Diferente
Lo comete el empleado público que arbitrariamente diere a los caudales o efectos que administre una aplicación pública diferente de aquella a la que estuvieren destinados. Es la forma que tiene menor penalidad. Lo cometería, por ejemplo, el jefe de un establecimiento hospitalario que recibe fondos para pintar una sala y utiliza ese dinero para comprar medicamentos.
4. El Cohecho (Soborno)
Se trata de una figura bilateral por cuanto supone la concurrencia de dos personas: el cohechador (quien ofrece) y el cohechado (quien acepta).
Tipos de Cohecho:
- Cohecho Pasivo: Delito del funcionario o empleado que se deja corromper.
- Cohecho Activo (Soborno): Acto del particular que induce a la corrupción, ofreciendo o consintiendo en dar al empleado una dádiva o beneficio. Al que lo comete se le denomina sobornante.
En forma general, comete este delito el empleado público que solicitare o aceptare dádivas o beneficios económicos para ejecutar o dejar de ejecutar ciertos actos propios de su cargo.
La ley separa las figuras de cohecho y soborno, que son como la cara y cruz de una misma moneda. El soborno tiene menor penalidad.
5. Infidelidad en la Custodia de Documentos y Violación de Secreto
Comete este delito el empleado público que sustraiga o destruya documentos o papeles que le hubieren sido confiados por razón de su cargo, y también el que altere o consintiere en que otro abra o altere dicho documento.
Violación de Secreto:
También comete este delito el empleado público que incumple su obligación de guardar secreto sobre asuntos del servicio que revisten carácter reservado.