Delitos Económicos: Receptación, Blanqueo de Capitales y Encubrimiento
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Diferencias Clave entre Receptación y Blanqueo de Capitales
A continuación, se detallan las principales diferencias entre los delitos de Receptación y Blanqueo de Capitales:
1. Naturaleza del Acto
- Receptación: Consiste en recibir, adquirir u ocultar bienes que provienen de un delito, conociendo su origen ilícito, o en ayudar a alguien a eludir las consecuencias legales de sus actos delictivos.
- Blanqueo de Capitales (BC): Implica realizar cualquier acto con bienes que se sabe provienen de una actividad delictiva, con el objetivo de ocultar o encubrir su origen ilícito o ayudar a los responsables a eludir las consecuencias legales.
2. Objeto del Delito
- Receptación: El objeto son bienes que provienen de cualquier tipo de delito, no necesariamente económico o de patrimonio.
- Blanqueo de Capitales (BC): El objeto son bienes de origen delictivo, pero con un enfoque particular en el ocultamiento o encubrimiento de la procedencia ilícita de capitales o bienes económicos.
3. Finalidad de la Conducta
- Receptación: La finalidad es beneficiarse de los bienes obtenidos por delitos previos, facilitando su aprovechamiento económico y ayudando al autor del delito original a beneficiarse de su acción delictiva.
- Blanqueo de Capitales (BC): La finalidad es integrar en el circuito económico legal bienes de origen ilícito, dando apariencia de legalidad a dichos bienes o capitales.
Además, en el Blanqueo de Capitales (BC), es posible castigar a quien ha intervenido en el delito previo (autoblanqueo). También cabe en el BC la imprudencia grave en sujetos con un deber especial.
Similitudes entre Receptación y Blanqueo de Capitales
A pesar de sus diferencias, ambos delitos comparten características fundamentales:
- Conexión con Delitos Previos: Ambos delitos presuponen la existencia de una actividad delictiva previa de la cual provienen los bienes o capitales.
- Conocimiento del Origen Ilícito: En ambos casos, es necesario que el autor tenga conocimiento de que los bienes o capitales provienen de un delito.
- Intención de Beneficio: Tanto en la receptación como en el blanqueo de capitales, hay una intención de obtener un beneficio económico, directo o indirecto, a partir de bienes ilícitos.
- Impacto en la Economía y la Sociedad: Los dos delitos afectan negativamente a la economía y la sociedad, al fomentar y beneficiarse de actividades criminales.
Bien Jurídico Protegido
El bien jurídico protegido es el interés o valor que la ley busca salvaguardar al tipificar un delito.
Bien Jurídico Protegido en la Receptación
Por un lado, la conducta del receptador afecta al bien jurídico protegido ya lesionado por el delito precedente (generalmente de carácter patrimonial, por ejemplo, la posesión cuando el delito precedente es un hurto). Por otro lado, protege el orden socioeconómico y la administración de justicia, al desincentivar el delito primario y dificultar el disfrute de sus beneficios.
Bien Jurídico Protegido en el Blanqueo de Capitales
El Blanqueo de Capitales (BC) protege el correcto funcionamiento del mercado y la circulación de capitales, bajo el control del poder tributario del Estado. Todo ello sin perjuicio de que también se pretenda proteger la libre competencia y la Administración de Justicia, así como evitar el enriquecimiento con los beneficios obtenidos de la comisión de un delito precedente.
Diferencias entre Receptación y Encubrimiento
Aunque relacionados, la Receptación y el Encubrimiento presentan distinciones importantes:
- Objeto:
- Encubrimiento: No se limita a bienes materiales, sino que también puede referirse a la ocultación de información o pruebas.
- Receptación: Se centra específicamente en la recepción, adquisición u ocultación de bienes materiales sabiendo que estos provienen de un delito, con el fin de obtener un beneficio económico de ellos o ayudar a que otros lo obtengan. El objeto del delito es, por tanto, material y de origen ilícito.
- Finalidad:
- Encubrimiento: La finalidad es impedir o dificultar la acción de la justicia contra los autores de delitos, sin necesariamente buscar un beneficio económico directo de la acción de encubrimiento.
- Receptación: Busca un beneficio económico derivado directamente de los bienes delictivos, ya sea para el receptor o para ayudar al autor del delito a beneficiarse de su acción.