Delitos de Corrupción en el Código Penal de Yucatán: Tipos y Sanciones
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Delitos por Hechos de Corrupción en el Código Penal del Estado de Yucatán
Referencia: Reforma del 18 de julio de 2017
Concusión
Definición (Artículo 257)
Comete el delito de concusión el Servidor Público que, con el carácter de tal y a título de impuesto, contribución, recargo, renta, rédito, salario o emolumento, exija por sí o por medio de otro, dinero, valores, servicios, o cualquiera otra cosa que sepa no es debida o en mayor cantidad que la señalada en la ley.
Sanciones por Concusión (Artículo 258)
- Fracción I: Si el monto o valor no excede del equivalente a 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de 3 meses a 2 años de prisión y de 30 a 100 días-multa.
- Fracción II: Si el monto o valor excede del equivalente a 500 UMA en el momento de cometerse el delito, se impondrán de 2 años a 12 años de prisión y multa de 100 a 150 días-multa.
Ejercicio Abusivo de Funciones
Definición (Artículo 259)
- Fracción I: El Servidor Público que en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, indebidamente realice cualquier acto jurídico que produzca beneficios económicos al propio servidor, a su cónyuge, descendientes o ascendientes, parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado, a cualquier tercero con el que tenga vínculos afectivos, económicos o de dependencia administrativa directa, socios o sociedades de las que el Servidor Público o las personas antes referidas formen parte.
- Fracción II: El Servidor Público que valiéndose de la información que posea por razón de su empleo, cargo o comisión, sea o no materia de sus funciones y que no sea del conocimiento público, realice cualquier otro acto que le produzca algún beneficio económico indebido a él mismo o a alguna de las personas mencionadas en la fracción I.
Sanciones por Ejercicio Abusivo de Funciones (Artículo 260)
- Fracción I: Cuando la cuantía de las operaciones no exceda del equivalente a 500 UMA en el momento de cometerse el delito, se impondrán de 3 meses a 2 años de prisión y de 30 a 100 días-multa.
- Fracción II: Cuando la cuantía de las operaciones exceda del equivalente a 500 UMA en el momento de cometerse el delito, se impondrán de 2 años a 12 años de prisión y de 100 a 150 días-multa.
Tráfico de Influencias
Definición (Artículo 261)
- Fracción I: El Servidor Público que por sí o por interpósita persona promueva o gestione la tramitación o resolución ilícitas de negocios públicos ajenos a las responsabilidades inherentes a su empleo, cargo o comisión.
- Fracción II: Cualquier persona que promueva la conducta ilícita del Servidor Público o se preste a la promoción o gestión a que hace referencia la fracción anterior.
- Fracción III: El Servidor Público que, por sí o por interpósita persona, indebidamente solicite o promueva cualquier solución o la realización de cualquier acto en virtud del empleo, cargo o comisión de otro Servidor Público, que produzca beneficios económicos para sí o para cualquiera de las personas a que hace referencia la fracción I del Artículo 259 del Código Penal del Estado de Yucatán.
Fragmento Pendiente de Contexto
Nota: El siguiente texto aparece incompleto en el documento original.
no se logre acreditar y además …