Delitos contra la Administración Pública: Influencia, Malversación y Exacciones Ilegales en el Código Penal

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Delitos contra la Administración Pública: Figuras Clave del Código Penal

El Código Penal español tipifica diversas conductas delictivas que atentan contra el correcto funcionamiento y la integridad de la Administración Pública. A continuación, se detallan algunas de las figuras más relevantes, con especial atención a la influencia, la malversación, las exacciones ilegales y las negociaciones prohibidas.

1. Influencia sobre el Funcionario o Autoridad

Este delito se configura en dos modalidades principales, según la persona que ejerce la influencia:

  • Influencia ejercida por funcionario o autoridad: El Artículo 428 tipifica la influencia ejercida por un funcionario o autoridad sobre otro funcionario o autoridad.
  • Influencia ejercida por particular: El Artículo 429 regula la misma influencia ejercida por un particular, quien no puede prevalerse del ejercicio de las facultades de su cargo, pero sí «de cualquier situación derivada de su relación personal».

El funcionario o autoridad sobre el que se ejerce la influencia puede ser sujeto pasivo, pero también puede llegar a ser sujeto activo de un delito de prevaricación o cualquier otro delito relacionado.

2. Ofrecimiento de Influencia a un Particular

Se tipifica en el Artículo 430, donde se castiga a «los que, ofreciéndose a realizar las conductas descritas en los dos artículos anteriores, solicitaren de terceros, presentes o ausentes, cualquier remuneración o aceptaren ofrecimiento o recompensa».

En este delito, tanto el sujeto activo (particular, autoridad o funcionario que actúa a título particular) como la persona a la que se dirige el ofrecimiento de la influencia son particulares. Este delito se da en un ámbito privado.

El bien jurídico protegido es el prestigio y el buen nombre de la Administración.

La pena prevista en este artículo es la de prisión de seis meses a un año. Si el delito fuere cometido por autoridad o funcionario público, se le impondrá la pena de inhabilitación especial.

3. Malversación

La malversación es un delito complejo que puede manifestarse de diversas formas:

3.1. Malversación Propia

La malversación también puede consistir en una conducta de apropiación indebida de patrimonio público, en cuyo caso el funcionario o autoridad deberá haber recibido bienes muebles de titularidad pública por algún título de los que se mencionan en el Artículo 253 del Código Penal.

Penalidad: Pena de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo si concurriese alguna de las siguientes circunstancias:

  • Se hubiera causado un grave daño o entorpecimiento al servicio público.
  • El valor del perjuicio excediere de 50.000 euros.

3.2. Malversación Impropia

El Artículo 435 extiende la aplicación de este delito a las personas encargadas de fondos públicos, a los particulares depositarios de los mismos, a los administradores o depositarios de dinero o bienes embargados, secuestrados o depositados por autoridad pública y a los administradores concursales.

4. Exacciones Ilegales

Este delito se refiere a la conducta de «la autoridad o funcionario público que exigiere, directa o indirectamente, derechos, tarifas por aranceles o minutas que no sean debidos o en cuantía mayor a la legalmente señalada».

Los sujetos activos son aquellos funcionarios o autoridades que pueden exigir derechos como forma de pago por su actividad.

La acción consiste en exigir derechos, tarifas por aranceles o minutas que no sean debidos o en cuantía mayor a la legalmente señalada.

5. Negociaciones Prohibidas a los Funcionarios

Este delito castiga con las penas de prisión, multa, inhabilitación especial y de ejercicio del derecho de sufragio pasivo a «la autoridad o funcionario que, debiendo intervenir por razón de su cargo en cualquier clase de contrato, asunto, operación o actividad, se aproveche de tal circunstancia para forzar o facilitarse cualquier forma de participación, directa o por persona interpuesta, en tales negocios o actuaciones».

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