Delimitación Marítima Perú-Chile: Análisis del Conflicto y Resolución en la CIJ

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Conflicto Perú-Chile: Delimitación Marítima ante la CIJ

Demanda de Perú contra Chile (2008)

+Perú (16 ene 2008): Demanda a Chile por la delimitación marítima.

Argumentos de Perú:

  • En las declaraciones de 1947, 1952 y 1954, no se establecen los límites marítimos.
  • Reconoce que la frontera terrestre está en el Tratado de 1929, y acude a la CIJ por el Pacto de Bogotá.

Peticiones de Perú:

  • Se pide a la CIJ que determine el trazado de la frontera de los dos Estados de acuerdo al Derecho Internacional Público (DIP), estableciendo los límites mediante una línea bisectriz.
  • Reclama derechos soberanos sobre el área explotada económicamente por Chile, porque la frontera marítima no había sido definida, ya que solo eran tratados de pesca.
  • Otra petición es que la frontera parte desde el punto 266, que no es lo mismo que el hito 1, origen del asunto pendiente del triángulo terrestre.

Contramemoria de Chile

Argumentos de Chile:

  • Señala que los límites están establecidos en los tratados de 1952 y 1954 (Pacta Sunt Servanda).
  • Indica que son claros y se cumplen de buena fe en la práctica.

Peticiones de Chile:

  • Desestimar los argumentos en su totalidad.
  • La zona fue delimitada por el hito 1 y la paralela matemática, y Perú no tiene derecho alguno sobre esta zona.

Réplica y Dúplica

Son confidenciales, pero se repite lo anterior.

Fase Oral (2012)

Se presentan las argumentaciones ante los jueces de la CIJ, los presentados en la demanda, contestación, réplica y dúplica.

Pregunta del juez Bennouna:

¿Ustedes, como signatarios que en la declaración de Santiago de 1952, creen que podían a esa fecha proclamar zona marítima de soberanía y jurisdicción exclusivas, hasta la milla 200 desde las costas?

  • Perú: No era posible.
  • Chile: Primer manifiesto de Reivindicación política, económica y medioambiental del mar.

Sentencia de la CIJ

La CIJ aplicará los Tratados anteriores a la Convención de Derecho del Mar (1982).

Antecedentes que toma en cuenta la CIJ:

  • Conocen el historial de los Tratados anteriores y posiciones antagónicas.
  • Se pregunta si hay frontera delimitada.
  • Toma nota de los hechos jurídicos presentados por los Estados (Declaraciones, actos unilaterales, tratados que están dentro del conflicto).

Por la sentencia se decidió que el punto de inicio del límite marítimo entre el Perú y Chile es la intersección del paralelo geográfico que cruza el «Hito n.º 1» con la línea de bajamar, y que la frontera marítima sigue el paralelo que pasa sobre el Hito n.º 1 hasta un punto situado a 80 millas marinas de distancia. A criterio de la corte, dicha decisión se encuentra sustentada en los acuerdos jurídicamente vinculantes y la práctica bilateral entre ambos países que prueban la existencia de una delimitación marítima efectuada por las partes.

Después de la milla 80, la corte fija de novo un límite que continúa en dirección suroeste sobre una línea equidistante desde las costas de ambos países hasta su intersección con el límite de las 200 millas marinas medidas desde las líneas de base de Chile y, posteriormente, continúa hacia el sur hasta el punto de intersección con el límite de las 200 millas marinas medidas desde las líneas de base de ambos países. La Corte emite su sentencia sin determinar las coordenadas geográficas precisas, disponiendo que sean las propias partes las que procedan a determinar tales coordenadas de conformidad con el fallo, lo cual ocurrió el 25 de marzo de 2014.

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