Definiciones de servicios de comunicación audiovisual
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Artículo 2. Definiciones.
1. Prestador del servicio de comunicación audiovisual.
La persona física o jurídica que tiene el control efectivo, esto es, la dirección editorial, sobre la selección de los programas y contenidos y su organización en un canal o en un catálogo de programas. El arrendatario de una licencia de comunicación audiovisual tendrá la consideración de prestador de servicio.
2. Servicios de comunicación audiovisual.
Son servicios de comunicación audiovisual aquellos cuya responsabilidad editorial corresponde a un prestador del servicio y cuya principal finalidad es proporcionar, a través de redes de comunicaciones electrónicas, programas y contenidos con objeto de informar, entretener o educar al público en general, así como emitir comunicaciones comerciales.
3. Servicio de comunicación audiovisual de cobertura estatal. Estado y/o CCAA
4. Servicios comunicación audiovisual en abierto o codificado. Libre
5. Servicio de comunicación audiovisual de pago. cambio de contraprestación del consumidor.
6. Programas audiovisuales.
a) Programa de televisión: Conjunto de imágenes en movimiento, con o sin sonido, que constituye un elemento unitario dentro del horario de programación de un canal o de un catálogo de programas. En todo caso son programas de televisión: los largometrajes, las manifestaciones deportivas, las series, los documentales, los programas infantiles y las obras de teatro originales, así como las retransmisiones en directo de eventos, culturales o de cualquier otro tipo.
b) Programa de radio: Conjunto de contenidos sonoros que forma un elemento unitario dentro del horario de programación de un canal o un catálogo de programas.
7. Canal Múltiple o Múltiplex.
Señal compuesta para transmitir un canal o frecuencia radioeléctrica y que, al utilizar la tecnología digital, permite la incorporación de las señales correspondientes a varios canales de televisión y radio y de las señales correspondientes a varios servicios asociados y a servicios de comunicaciones electrónicas.
8. Canal.Conjunto de programas de televisión o de radio organizados dentro de un horario de programación que no puede ser alterado por el público.
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9. Canal de televenta.
Canal de radio o televisión que emite exclusivamente contenidos de venta directa organizados en programas con una duración mínima ininterrumpida de 15 minutos.
10. Cadena radiofónica.
Conjunto de emisiones simultáneas de radio organizadas dentro de un horario de programación que no puede ser alterado por el público.
11. Catálogo de programas.
Conjunto de programas puestos a disposición del público, que elige el programa y el momento de su visión o su audición.
12. Obras europeas.