Definiciones Legales y Sociales de Protección Infantil: Riesgo, Desamparo y Derechos del Menor
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Glosario de Términos Clave en Protección Infantil y Derechos Familiares
A continuación, se presentan las definiciones esenciales relacionadas con la protección de menores, las responsabilidades parentales y las medidas administrativas de apoyo y tutela.
Familia Felix López (Contexto de Apoyo)
Institución que satisface las necesidades básicas de los menores, por sí misma o con ayuda de otras instituciones. Le apoya cuando tiene dificultades y le permite descansar con las espaldas cubiertas, sabiendo que dentro de la familia no tiene ninguna batalla que ganar, porque es un lugar de aceptación.
Protección a la Infancia
Conjunto de acciones destinadas a reparar aquellas situaciones de desprotección en el menor tiempo posible, garantizando la permanencia del menor con su familia de manera definitiva, segura y estable, y asegurando su desarrollo y autonomía.
Situación de Riesgo
Aquella en la que, por circunstancias personales, familiares o por influencia del entorno, se ve perjudicado el desarrollo del menor, sin alcanzar la intensidad o persistencia de las situaciones de desamparo. Requiere la intervención de la administración para eliminar las dificultades y evitar el desamparo.
Situación de Desamparo
Aquella que se produce a causa del incumplimiento o de la imposibilidad de un adecuado ejercicio de los deberes de protección establecidos por las leyes para la guarda de los menores.
Patria Potestad
Conjunto de derechos y obligaciones que corresponden a los padres con respecto a sus hijos menores de edad o que estén en situación de discapacidad.
Guarda y Custodia
Determinación de la persona con quien va a convivir el menor habitualmente, estableciendo su domicilio habitual.
Apoyo Familiar
Medida prioritaria de protección a la infancia en situaciones de riesgo, donde se considera viable la reunificación familiar. Su objetivo es proporcionar a las familias ayudas económicas, materiales, de apoyo social, educativas y terapéuticas. El plazo de activación no debe superar los dos años. Con esto, se permite la mejora del medio familiar y la atención a las necesidades del menor en condiciones adecuadas.
Maltrato
Acción, omisión o trato negligente (no accidental) que priva al niño de sus derechos y su bienestar, o que amenaza o interfiere en su desarrollo físico, psíquico y social. Sus autores pueden ser personas, instituciones o la propia sociedad.
Acogimiento Familiar
Integración de un menor en una familia, limitada en el tiempo, sin el establecimiento de otros lazos que los propios de la convivencia y el afecto.
Adopción
Proceso que busca la plena integración del menor en una nueva familia cuando se constata la imposibilidad de su permanencia o reintegración en la familia de origen. Los padres que adoptan al menor obtienen la patria potestad, que engloba la guarda y tutela del menor.