Definiciones y Conceptos Clave en Contratación de Obras con el SERVIU
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Definiciones y Conceptos Clave en Contratación de Obras con el SERVIU
Conceptos Fundamentales
- Aclaraciones: Respuestas proporcionadas por el SERVIU a las consultas de los licitantes sobre la propuesta, resolviendo dudas presentadas.
- Adiciones: Documentos del SERVIU con información complementaria o modificatoria de los antecedentes originales de la propuesta, sin alterar los elementos esenciales.
- Administración Delegada: Sistema de contratación donde una persona natural o jurídica, inscrita en el RENAC del MINVU, construye una obra, reembolsándosele el costo invertido más una compensación por administración y honorarios, previa comprobación del SERVIU.
- Administrador del Contrato: Contratista o su representante, reconocido por la I.T.O., a cargo del desarrollo del contrato y su cumplimiento.
- Aumento o Disminución de Obras: Modificación del proyecto al alterar las cantidades de obras previstas en el contrato.
- Autoridad que corresponda o autoridad correspondiente: Persona designada por la reglamentación o el Director del SERVIU para tratar una materia específica.
- Bases Administrativas Generales: Conjunto de disposiciones en este decreto sobre procedimientos y plazos para el desarrollo de un contrato y las relaciones entre el SERVIU y el contratista. Incluyen etapas previas y posteriores a la liquidación del contrato. Se complementan con las bases administrativas especiales, anexos, aclaraciones y adiciones.
- Bases Administrativas Especiales: Disposiciones técnicas y administrativas que complementan las Bases Administrativas Generales, determinando condiciones y características de cada licitación.
- Bases Técnicas: Exigencias y requisitos técnicos para cada propuesta, a los que debe ajustarse la oferta.
- Capacidad Económica: Capital mínimo comprobado que el contratista debe acreditar para inscribirse en una categoría.
- Capacidad Económica Disponible: Capital de trabajo necesario para cumplir un contrato, determinado según porcentajes y normas de este reglamento.
- Comisión Técnica: Grupo de funcionarios profesionales del SERVIU que califican las ofertas de una propuesta.
- Concurso Oferta: Cotización donde el equipo empresarial propone, bajo condiciones preestablecidas por el SERVIU, las mejores soluciones en diseño, calidad, materiales y racionalización de la construcción.
- Contratista: Persona natural o jurídica que ejecuta una obra material según los términos de este Decreto.
- Director de Obra: Funcionario profesional del área de la construcción designado por el Director del SERVIU para dirigir la Inspección Técnica de la Obra, asegurando el cumplimiento del contrato y gestionando los estados de pago.
- Equipo Empresarial: Grupo de proyectistas asociado a una empresa constructora para participar en una licitación de concurso oferta.
- Especificaciones Técnicas: Exigencias técnicas para cada proyecto, incluyendo normas sobre materiales, procedimientos, rendimientos y requisitos, verificadas mediante pruebas de control.
- Gastos Generales: Gastos directos de obra no imputables a partidas específicas de la construcción.
- Inspección Técnica de la Obra (ITO): Funcionario o funcionarios profesionales del área de la construcción designados por el Director del SERVIU para supervisar el cumplimiento del contrato de obra.
- Institución: El SERVIU.
- Ítemizado de Partidas: Listado de partidas y sus unidades de medida, entregado por el SERVIU en la licitación, cuando se entrega el proyecto a contratar.
- Licitación: Concurso de proponentes autorizados para cotizar la construcción de una obra según bases administrativas, bases técnicas, especificaciones técnicas y planos aprobados por el SERVIU.
- Manual de Inspección Técnica de Obras: Documento de gestión y control de calidad en la ejecución de obras, aprobado por D.S. Nº 137, (V. y U.), de 1998.
- Obras Extraordinarias: Obras que se agregan al proyecto, con características diferentes a las especificadas o contenidas en los antecedentes del contrato.
- Oferta Económica: Cotización de precios del oferente, parte de su propuesta.
- Planos de Detalles: Diseños a escala para construir piezas o partes del proyecto contenidas en los planos generales. Aclaran y precisan las obras consultadas en las bases.
- Planos Generales: Diseños de conjunto que indican ubicación, formas y medidas a escala, permitiendo un juicio general de las obras, en lenguaje gráfico normalizado.
Presupuesto y Tipos de Propuestas
Presupuesto Compensado:
- a) En propuestas a suma alzada con proyecto entregado por el SERVIU, se ajustan los precios globales de las partidas del presupuesto oficial estimativo según la diferencia porcentual entre la propuesta aprobada y el presupuesto oficial. Se consideran las cantidades de obra del contratista y los precios unitarios compensados se calculan dividiendo los precios globales compensados por las cantidades de obra del presupuesto detallado. El presupuesto del contratista debe respetar el ítemizado entregado.
- b) En propuestas a suma alzada con proyecto entregado por el oferente, se ajusta el presupuesto detallado del contratista según la forma en que el SERVIU estime pagar el valor total del contrato. El SERVIU indicará el porcentaje máximo del valor del contrato para partidas o tipos de obras en los antecedentes de la licitación.
- c) En propuestas a serie de precios unitarios, se ajustan los precios unitarios de las partidas del presupuesto oficial estimativo según la diferencia porcentual entre la propuesta aprobada y el presupuesto oficial. Se consideran las cantidades de obra indicadas por el SERVIU en las bases de la licitación.
El SERVIU puede introducir partidas de ajuste para que el valor total del presupuesto compensado coincida con el valor del presupuesto del contratista.
- Presupuesto Oficial Estimativo: Costo resultante del estudio detallado del SERVIU sobre cubicaciones, precios unitarios y precio total previsto para una obra, representando su opinión oficial sobre su valor.
- Profesional Residente: Ingeniero civil, arquitecto, ingeniero constructor o constructor civil, con permanencia en terreno, a cargo de la dirección de las obras.
- Programa de Trabajo: Ordenación cronológica de las etapas o partidas de la obra, simultáneas o sucesivas, dentro del plazo del contrato.
- Propuesta: Oferta técnica y económica del proponente, ajustada a los antecedentes de la licitación.
- Propuesta a Serie de Precios Unitarios: Oferta de precios unitarios fijos aplicados a cubicaciones provisionales establecidas por el SERVIU. El valor es la suma de los productos entre precios y cubicaciones. Las cubicaciones se ajustan a las efectivamente realizadas y aprobadas por el SERVIU.
- Propuesta a Suma Alzada: Oferta a precio fijo, con cubicaciones inamovibles, salvo que las bases incluyan partidas a serie de precios unitarios.
- Propuesta Privada: Petición de precios del SERVIU a tres o más contratistas especialistas que operen en la zona de la obra, respetando la igualdad de los participantes y las bases de la petición.
- Propuesta Pública: Concurso de ofertas solicitado públicamente por el SERVIU, respetando la igualdad de los licitantes y las bases del llamamiento. Se publica en www.chilecompra.cl y en un diario de reconocida circulación regional o nacional.
- Proyecto: Conjunto de bases administrativas, bases técnicas, especificaciones técnicas, planos generales, de detalle y de especialidad, presupuestos y/o cantidades de obras, oficiales, entregados por el SERVIU para ejecutar una obra.
- Reajustabilidad: Actualización del monto de un pago en un contrato, expresando la variación en el valor de la unidad de pago desde la presentación del presupuesto hasta su cancelación.
- Resolución Administrativa con Cargo del Contrato: Término anticipado del contrato por el Director del SERVIU, por causales previstas en este reglamento, con notificación escrita al contratista indicando el fundamento y fecha de la medida.
- Trato Directo: Sistema excepcional de contratación donde se pactan precio y condiciones para ejecutar una obra, según este reglamento, sin un llamado a propuestas previo.
- Valores Pro Forma: Cantidades del SERVIU para pagos a terceros que no pueden ser establecidos con exactitud al solicitar la propuesta o acordar el trato. Deben ser considerados por el contratista en su oferta, sin modificación, pero el SERVIU pagará las cantidades que resulten durante el contrato.