Definiciones Clave sobre Agua y Salud Pública
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Agua mineral natural: es aquella microbiológicamente sana que tenga origen en un estrato o captador artificial mediante galerías o la combinación de ambos.
Agua de manantial: aquellas de origen subterráneo que emergen de la superficie con características naturales de pureza para su consumo y cumpliendo unos requisitos y parámetros establecidos.
Microbismo normal: es la flora bacteriana constantemente visible en un manantial anterior a cualquier manipulación de esta y cuya composición, tanto cualitativa como cuantitativa, tiene un constante análisis adecuado.
Agua de consumo público envasadas: aquella que se distribuye por redes de abastecimiento público, envasadas a la normativa que regula los materiales de contacto con los alimentos, de forma gratuita y domiciliaria.
Aguas de baño: cualquier elemento de agua superficial que se pueda saber el número de personas o exista una actividad de baño.
Autoridad competente:
- 1.º Autoridad sanitaria: la que tenga encomendado, en el ámbito de cada comunidad autónoma, el cometido de garantizar el cumplimiento de los requisitos sanitarios de este real decreto.
- 2.º Órgano ambiental: el órgano que tenga encomendado, en el ámbito de cada comunidad autónoma, el cometido de garantizar el cumplimiento de las competencias ambientales e hidráulicas de este real decreto.
- 3.º Autoridad autonómica: la que tenga encomendado, en el ámbito de cada comunidad autónoma, el cometido de garantizar el cumplimiento de las medidas de gestión previstas en este real decreto y que no estén contempladas en los párrafos 1.º y 2.º
- 4.º Administración local: la que corresponda, en su caso, en el ámbito de sus competencias.
Contaminación: la presencia de contaminación microbiana o de otros organismos, residuos o sustancias químicas, que afecten a la calidad de las aguas de baño y entrañen un riesgo para la salud de los bañistas.
Playa: margen, orilla o ribera que rodea las aguas de baño continentales o marítimas, en superficie casi plana que tenga o no vegetación, formada por la acción del agua o del viento o por otras causas naturales o artificiales.
Punto de control ambiental: el lugar designado por el órgano ambiental para efectuar la toma de muestras para el control de las causas de contaminación que pudieran afectar a las zonas de aguas de baño.
Punto de muestreo: el lugar designado por la autoridad sanitaria para efectuar la toma de muestras para el control de la calidad de las aguas de baño, ubicado donde se prevea mayor presencia de bañistas.
Temporada de baño: período en que pueda preverse la afluencia de un número importante de bañistas.
Piscina: conjunto de vasos destinados al baño.
Vaso: es la estructura que contiene el agua destinada al baño.
Aforo: el número máximo de usuarios que pueden usar al mismo tiempo los vasos.
Valor paramétrico: el número máximo o mínimo fijado para cada uno de los parámetros a controlar.