Definición y Características Esenciales de los Derechos Humanos: Generaciones y Principios Fundamentales

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Fundamentos y Evolución de los Derechos Humanos

Clasificación Generacional de los Derechos

La clasificación de los Derechos Humanos (DDHH) a menudo se estructura en generaciones:

  • Primera Generación:
    • Civiles (Del 43 al 61)
    • Políticos (Del 62 al 74)
  • Segunda Generación:
    • Sociales (Del 75 al 97)
    • Culturales (Del 98 al 111)
    • Económicos (Del 112 al 118)
  • Tercera Generación:
    • De los Pueblos Antiguos (Del 119 al 126)

Concepto de Derechos Humanos

Los Derechos Humanos se corresponden con la afirmación de la dignidad frente al Estado. El poder debe ejercerse al servicio del ser humano.

Actualmente se reconoce que todo ser humano, por el solo hecho de serlo, tiene derechos frente al Estado, derechos que este, o bien tiene el deber de respetar o garantizar, o bien está llamado a organizar su acción para permitir su realización.

Características Fundamentales de los Derechos Humanos

Estas características fueron precisadas en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de Viena de 1993:

  1. Universalidad

    Esta característica implica que todas las personas son titulares de los derechos humanos y no pueden invocarse diferencias de regímenes políticos, sociales o culturales. Es decir, tienen el derecho de gozar de ellos sin ningún tipo de discriminación.

  2. Indivisibles e Interdependientes

    Los derechos humanos no pueden ser considerados en forma aislada; forman un todo y se encuentran vinculados unos con otros. Por lo tanto, todos tienen una similar importancia. Estos derechos se complementan entre sí, por lo que es necesario, para alcanzar la vigencia de unos, que se garanticen los otros.

  3. Absolutos en Sustancia

    Las reglamentaciones a su ejercicio no pueden suprimir la esencia del derecho.

  4. Inalienables e Irrenunciables

    Los derechos no pueden perderse, ni aun por renuncia de sus titulares. Es decir, aun con su consentimiento, la persona no puede dejar de gozar de ellos.

    • La inalienabilidad implica que los mismos son privativos, exclusivos e intransferibles de cada persona.
    • El carácter fundamental de los derechos humanos es que son aquellos sin los cuales el hombre no puede ser considerado como tal.

    El argumento básico para justificar la irrenunciabilidad de los derechos es el tamaño del daño que inferiría a su titular como consecuencia de su renuncia.

  5. Progresivos

    Según esta característica, siempre es posible extender el ámbito de la protección a derechos que anteriormente no gozaban de la misma. Son manifestaciones de esta posibilidad:

  6. Transnacionales

    Si los derechos humanos son inherentes a la persona como tal, no dependen de la nacionalidad de esta o del territorio donde se encuentre: los porta en sí misma. Los derechos humanos están por encima del Estado y su soberanía, y no puede considerarse que se violenta el principio de no intervención cuando se ponen en movimiento los mecanismos internacionales para su promoción y protección.

  7. Irreversibilidad

    Cuando un derecho ha sido reconocido por cualquier acto del poder público nacional como inherente a la persona humana, la naturaleza de dicho derecho se independiza del acto por el que fue reconocido, que es meramente declarativo.

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