Decreto Legislativo en España: Concepto, Clases y Control Jurídico
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El Decreto Legislativo: Concepto y Naturaleza Jurídica
Los Decretos Legislativos son normas con rango de ley emanadas del Poder Ejecutivo. Son fruto de la cooperación entre el Gobierno y el Parlamento, a través de una ley de delegación del Parlamento al Gobierno, y suelen aprobarse en materias que exigen una legislación compleja.
Pueden ser aprobados tanto por el Gobierno de la Nación como por los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas.
Si son aprobados por el Gobierno central, se denominan Real Decreto Legislativo, ya que los sanciona y promulga el Rey. Mientras que si son aprobados por una Comunidad Autónoma, se les denomina simplemente Decreto Legislativo.
Clases de Decretos Legislativos
1. Ley de Bases: Texto Articulado
El Parlamento fija los principios de regulación de una materia (conocidos como ley de bases) que deben ser desarrollados por el Poder Ejecutivo en un Texto Articulado.
2. Ley de Cláusulas Generales de Refundición: Texto Refundido
Este tipo de Decretos Legislativos se producen cuando una materia ha sido modificada por varias leyes, lo que dificulta su aplicación por parte de los ciudadanos y operadores jurídicos. En estos casos, la ley de cláusulas generales de refundición autoriza al Poder Ejecutivo a elaborar un Texto Refundido en el que, gracias a sus recursos, se aclara la legislación vigente sobre la materia en cuestión. Este texto, una vez aprobado y publicado, derogará todas las normas que refunde.
Límites de la Delegación Legislativa (Caso de Andalucía)
Los requisitos para la delegación legislativa están establecidos en los artículos 82 y 83 de la Constitución Española (CE) y en el artículo 109 del Estatuto de Autonomía. La delegación parlamentaria será recibida por el Gobierno o, en su caso, por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía. La delegación debe ser expresa y para una materia concreta y específica; no se admiten delegaciones en blanco. Además, debe establecerse un plazo para su ejercicio y debe seguirse el procedimiento establecido para la elaboración y aprobación del Decreto Legislativo.
Es importante destacar que los Decretos Legislativos no pueden regular materias reservadas a ley orgánica. En el caso de los Decretos Legislativos de las Comunidades Autónomas, estos no pueden modificar leyes relativas al desarrollo de los derechos y deberes fundamentales regulados en sus respectivos Estatutos de Autonomía.
Efectos de la Delegación Legislativa
Una vez cumplida la Ley de Delegación, el Decreto Legislativo adquiere valor de ley. Una vez que el Decreto Legislativo ha adquirido valor de ley, la ley de delegación se agota, es decir, el Gobierno no puede volver a utilizarla para la misma materia.
Control de los Decretos Legislativos
Para evitar los excesos que pudieran cometerse con los Decretos Legislativos durante su elaboración, nuestro ordenamiento jurídico establece los siguientes mecanismos de control:
- Dictamen previo del Consejo de Estado: Es un requisito indispensable para su aprobación por el Gobierno. En el caso de la Junta de Andalucía, el Consejo Consultivo de Andalucía emitirá el dictamen correspondiente.
- Ratificación parlamentaria: Aunque su uso es poco frecuente.
- Fiscalización por el Tribunal Contencioso-Administrativo: Se produce si el Tribunal considera que el Decreto Legislativo excede los límites de la autorización parlamentaria (ley de delegación).
- Fiscalización por el Tribunal Constitucional: El Tribunal Constitucional (TC) se encarga de verificar la constitucionalidad del Decreto Legislativo.
El primer control mencionado es de carácter obligatorio, mientras que los otros tres son potestativos.