El Decreto de Desamortización de Mendizábal (1836): Contexto Histórico y Repercusiones Socioeconómicas

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El Decreto de Desamortización de Mendizábal (1836): Un Documento Clave

El presente texto, conocido como el Decreto de Desamortización de Mendizábal, representa la primera desamortización llevada a cabo en España. Fue publicado el 21 de febrero de 1836 en la Gaceta de Madrid, que en aquel entonces hacía la función del Boletín Oficial del Estado.

Se trata de un fragmento del decreto original, ya que faltan siete artículos que detallaban las tierras objeto de desamortización. Este documento es, por tanto, la introducción de las leyes, donde Mendizábal se dirigía a la reina María Cristina con el objetivo de convencerla de la necesidad y los beneficios de esta medida.

Naturaleza y Autoría del Documento

  • Naturaleza jurídica y económica: El texto posee una naturaleza jurídica, al ser un decreto, y un carácter económico, dado que su propósito es exponer a María Cristina las razones y ventajas de la desamortización desde una perspectiva financiera y de gestión de bienes.
  • Fuente primaria y pública: Es una fuente primaria, ya que emana directamente del momento histórico que describe, y de carácter público, al haber sido publicado oficialmente. No ha sido revisado ni modificado desde su promulgación.
  • Autoría individual: La autoría es individual y recae en Juan Álvarez Mendizábal, quien en ese momento ejercía como regente, sustituyendo a Isabel II, que era aún menor de edad.

Contexto Histórico: La España de 1836

El decreto se enmarca en un periodo de profunda inestabilidad en España, marcado por la Primera Guerra Carlista. El país se encontraba empobrecido y con una gran deuda acumulada por conflictos anteriores (como la Guerra de los Treinta Años, la Guerra de los Cien Años o la Guerra de la Independencia). A pesar de solicitar préstamos a varios países, no se logró cubrir ni la mitad de la deuda que se debía. Tras estas guerras, España empobreció, lo que la dejó en una situación desfavorable.

Antecedentes: La Cuestión Sucesoria

A la grave crisis económica y de política interior que se vivía en los últimos años del reinado de Fernando VII, se sumó el problema de la sucesión al trono. Según la Ley Sálica (1713), introducida por Felipe V, las mujeres no podían heredar la Corona.

La situación cambió cuando Fernando VII contrajo matrimonio en 1830 con María Cristina de Borbón-Dos Sicilias (de Nápoles) y esta quedó embarazada. El monarca promulgó ese mismo año la Pragmática Sanción, que abolía la Ley Sálica, permitiendo así que su hija, la futura Isabel II, pudiera reinar. Este cambio dinástico fue una de las causas directas de la Primera Guerra Carlista, al no ser aceptado por los partidarios del infante Carlos María Isidro.

En este contexto de transición del absolutismo al liberalismo, figuras como Isabel II y María Cristina destacaron como símbolos de libertad, pues el paso del absolutismo al liberalismo supondría una serie de libertades, como la abolición de la Ley Sálica, que permitió que las mujeres pudieran heredar el trono, a diferencia de la tradición que solo permitía a hombres.

Objetivos y Justificación del Decreto

En el texto, Mendizábal pretende convencer a María Cristina para que aprobase este decreto, explicando que la desamortización pondría fin a la gran deuda nacional. El plan consistía en invertir en industria y vender los bienes desamortizados en beneficio de la nación, y no de un conde o cofradía.

Se exponen dos de los motivos principales por los que se debía llevar a cabo la venta de los bienes y los beneficios que esto causaría. Se hace referencia a la venta de unos bienes que habían «venido a ser propiedad de la nación». Estos bienes eran de algunas instituciones religiosas que fueron suprimidas, y tras su supresión, pasaron a ser propiedad del Estado.

Estas tierras de la Iglesia eran los denominados «bienes de manos muertas», ya que nadie trabajaba en ellas, lo que las hacía improductivas para la economía nacional.

En el primer párrafo, Mendizábal expone una serie de motivos que justificarían dicha venta. Destaca la frase «Ni una fría especulación mercantil», que subraya la certeza de la ganancia económica, siendo un argumento clave para convencer a María Cristina de que la venta no era una apuesta incierta, sino una medida con resultados garantizados.

Impacto y Consecuencias de la Desamortización

De esta manera, se beneficiaría a los liberales y, en teoría, al pueblo en general, que conseguiría tener propiedad privada en lugar de que todo perteneciera a la Iglesia. Sin embargo, en la práctica, solo los burgueses y campesinos adinerados pudieron adquirir los bienes puestos en venta, lo que les generó una profunda gratitud hacia la Regente y consolidó una nueva clase de propietarios afín al régimen liberal.

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