Criterios de Identificación y Gestión de Residuos Peligrosos en Chile
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Disposiciones Generales para el Manejo de Residuos Peligrosos
Artículo 7. Medidas de Protección y Prevención
Entre las medidas a tomar para evitar emergencias medioambientales, se incluye la separación y protección de los residuos frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar efectos adversos. Se prohíbe la mezcla de residuos con el fin de diluir o disminuir su concentración. Si esta mezcla se llegara a realizar, deberá considerarse como peligrosa.
Artículo 8. Requisitos de los Contenedores de Residuos Peligrosos
Los contenedores para residuos peligrosos deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener un espesor adecuado y estar construidos con materiales resistentes al residuo, sin filtraciones.
- Estar diseñados para ser capaces de resistir los esfuerzos producidos durante su manipulación, carga, descarga y traslado.
- Mantenerse en todo momento en buenas condiciones y reemplazar aquellos que muestren deterioro.
- Estar rotulados indicando, de forma claramente visible, las características de peligrosidad del residuo contenido de acuerdo con la Norma Chilena NCh 2.190 Of 93, el proceso en que se originó el residuo, el código de identificación y la fecha de su ubicación en el sitio de almacenamiento.
Adicionalmente, si el peso total es inferior a 30 kg, el residuo puede moverse manualmente; si el peso es superior, debe moverse con maquinaria. Los contenedores pueden reutilizarse previa descontaminación y siempre que contengan sustancias compatibles.
Artículo 9. Mezcla de Residuos Peligrosos
Solo se podrán mezclar o poner en contacto entre sí residuos peligrosos cuando sean de naturaleza similar o compatible.
TÍTULO II: Identificación y Clasificación de Residuos Peligrosos
Artículo 10. Definición de Residuo Peligroso
Se considera residuo o mezcla de residuos peligrosos aquel que presenta un riesgo para la salud pública y/o efectos adversos al medio ambiente, ya sea directamente o debido a su manejo actual o previsto, como consecuencia de presentar alguna de las características señaladas en el Artículo 11.
Artículo 11. Características de Peligrosidad
Las características de peligrosidad de los residuos incluyen:
- Toxicidad aguda
- Toxicidad crónica
- Toxicidad extrínseca
- Inflamabilidad
- Reactividad
- Corrosividad
Toxicidad Aguda
Es la capacidad de ser letal en bajas dosis en seres humanos; es decir, presenta:
- Toxicidad por ingestión (Dosis Letal 50 - DL50 oral)
- Toxicidad por inhalación (Concentración Letal 50 - CL50 inhalación)
- Toxicidad por absorción cutánea (Dosis Letal 50 - DL50 dermal)
Un residuo contiene sustancias (Art. 86) que se ha probado son letales en bajas dosis en seres humanos, o en ausencia de datos sobre toxicidad humana, se prueba mediante ensayos que tienen:
- Toxicidad oral en ratas: DL50 < 50 mg/kg
- Toxicidad por inhalación oral en ratas: CL50 < 2 mg/kg
- Toxicidad dermal en conejos: DL50 < 200 mg/kg
En ausencia de ensayos de toxicidad, un residuo será tóxico agudo si la concentración porcentual de una sustancia tóxica aguda es superior a la menor de las concentraciones tóxicas agudas límites (CTAL) para esa sustancia o constituyente, calculadas como:
- CTALoral = (DL50 / 50 mg/kg) x 100
- CTALinhalación = (CL50 / 2 mg/kg) x 100
- CTALdermal = (DL50 / 200 mg/kg) x 100
Artículo 13. Toxicidad Crónica
Un residuo tendrá la característica de toxicidad crónica si es capaz de causar efectos tóxicos acumulativos o efectos carcinogénicos, mutagénicos o teratogénicos en el ser humano. Esto ocurre si:
- Contiene alguna sustancia no incluida en el Artículo 89.
- Contiene alguna sustancia incluida en el Artículo 89 del presente Reglamento que sea cancerígena y cuya concentración en el residuo, expresada como porcentaje, es superior a CTAL/1000.
- Contiene alguna de las sustancias que presentan efectos acumulativos, teratogénicos o mutagénicos incluidas en el Artículo 89.
Artículo 15. Inflamabilidad
Identifica residuos que presentan riesgo de incendio en cualquier etapa de su manejo o aquellos residuos que, una vez iniciado el fuego, son capaces de exacerbarlo.
Artículo 16. Reactividad
Identifica residuos que, debido a su extrema inestabilidad y tendencia a reaccionar violentamente o a explotar, significan un riesgo para la salud humana o el medio ambiente en cualquiera de las etapas de su manejo.
