Crímenes de Guerra y Principios de Validez Espacial en el Derecho Penal Venezolano

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Crímenes de Guerra

Los crímenes de guerra son los más antiguos. Provienen de la Convención de Ginebra, después de la Primera Guerra Mundial. La guerra no está prohibida, pero sí regulada. Por lo tanto, hay un llamado derecho humanitario que regula los excesos cometidos en la guerra, como ataques a civiles y a determinados sitios. El Estatuto de Roma también señala estos crímenes de guerra, diferenciando dos formas de conflicto.

Principios Aplicables en Materia de Validez Espacial

Principio de Nacionalidad

Se aplica la ley penal venezolana según la nacionalidad del autor o víctima; es decir, se aplica la ley penal venezolana a hechos cometidos fuera de Venezuela en función de la nacionalidad de la víctima o autor.

Ejemplo:

Artículo 4, numeral 1 del Código Penal. Un venezolano mata a otro venezolano en Madrid. En principio, Venezuela puede aplicar su ley a ese hecho. En la práctica, no va a ocurrir porque los Estados son celosos en su soberanía y tienen ese principio de territorialidad (artículo 3 del Código Penal). Por tanto, España enjuicia por sus leyes, pues el delito fue cometido en su territorio, independiente de la nacionalidad de las personas, en este caso venezolanas. El venezolano que cometió el delito se fugó de España y está en Venezuela. Aquí, Venezuela sí pudiera aplicar su ley, aunque el delito no se cometió en el país.

Otros Casos de Aplicación del Principio de Nacionalidad

Artículo 4, numeral 7 del Código Penal. Ejemplo:

A los soldados, la tripulación de naves o aeronaves que cometan cualquier delito fuera del país se les puede aplicar la ley. Ejemplo: Un militar venezolano, en unos ejercicios en el extranjero, comete un delito (violación a una persona). Venezuela, en principio, puede aplicar la ley, pero el otro país no lo permitirá porque infringió la ley del país extranjero. Pero se fue de ese país y regresó a Venezuela, y como dice la ley, no se puede entregar a un venezolano a otro país. Venezuela aplica su ley porque quizás sea venezolano, pero eso no se dice porque en el buque iban muchas personas extranjeras. Sin embargo, se le puede aplicar la ley venezolana porque pertenece a la tripulación venezolana. Entonces, no es como dice la doctrina: la aplicación del principio de nacionalidad tiene que ver también con el interés protegido. Dicho en otras palabras, estos militares hicieron quedar mal al país, y por eso Venezuela se ve en la potestad de aplicar su ley.

Principio de Defensa o Protección

Se puede aplicar la ley venezolana en un hecho cometido en el extranjero cuando atenta contra el interés venezolano. Ya no atiende a la nacionalidad del autor o víctima, sino que va a atender el interés protegido. Aquí es importante el vínculo de relación, que sería el bien protegido.

Ejemplo:

Artículo 4, numeral 2 del Código Penal (hasta el primer punto). Delitos contra la seguridad del Estado. Que la víctima que atente sea un nacional, entonces Venezuela tiene derecho a aplicar su ley. Atiende entonces al interés que se está protegiendo, tanto la nacionalidad de la víctima como la seguridad del Estado. Entonces, Venezuela puede aplicar su ley.

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