Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812: Pilares del Liberalismo Español
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Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812: El Amanecer Liberal en España
En 1810, en un contexto de profunda crisis y la Guerra de Independencia, se convocan las Cortes en Cádiz, un evento en el que el general Castaños, entre otras figuras, tuvo un papel destacado. Aquí se congrega una minoría ilustrada que impulsaría la conocida como “revolución liberal burguesa”. Se convocó a los representantes de todos los territorios de la Monarquía española. Desde su llegada, los representantes se reunieron, y estas sesiones se inauguraron con un juramento de integridad de la Corona española (1810-1814).
La composición de las Cortes fue determinante para su carácter: estaban integradas por pocos nobles y clérigos de la alta jerarquía; en su mayoría, se componían de burgueses y clases medias con formación intelectual, como abogados, médicos, clérigos (del pueblo llano), comerciantes y militares. Debido a esta composición, las Cortes adquirieron un marcado carácter liberal, funcionando como una verdadera asamblea constituyente. Sus miembros se dividieron en dos tendencias principales: una clara mayoría liberal y una minoría absolutista.
La Obra Legislativa de las Cortes de Cádiz: Hacia la Abolición del Antiguo Régimen
Aparte de la Constitución, las Cortes llevaron a cabo un ambicioso programa legislativo para la abolición del Antiguo Régimen. Entre sus medidas más destacadas se encuentran:
- La aprobación de la libertad de expresión, lo que impulsó significativamente el desarrollo de la prensa.
- La anulación del régimen señorial (feudalismo), que implicó la suspensión del señorío jurisdiccional (donde el señor tenía derecho a juzgar en su territorio).
- La abolición de los gremios y de la Mesta.
- La desamortización de tierras comunales y de los jesuitas.
- En cuanto a la legislación religiosa, se decretó la suspensión de órdenes religiosas con menos de 20 miembros y la trascendental abolición de la Inquisición.
- Finalmente, se implementó una nueva división provincial con el objetivo de centralizar el Estado y racionalizar la administración.
La Constitución de 1812: “La Pepa” y sus Principios Fundamentales
Aprobada el 19 de marzo de 1812, esta Constitución es popularmente conocida como “La Pepa”. Sus características principales son:
- Carácter Liberal: Rompe con el Antiguo Régimen y establece la soberanía nacional, residiendo esta en la nación y no en el rey, lo que supuso el fin de la soberanía compartida.
- División de Poderes:
- Poder Legislativo: Ejercido por las Cortes, elegidas mediante sufragio universal masculino indirecto.
- Poder Ejecutivo: Representado por el rey, con poderes limitados.
- Poder Judicial: Independiente, para garantizar la imparcialidad y evitar la influencia de los otros dos poderes.
- Declaración de Derechos y Libertades: Incluye una amplia declaración de derechos y libertades individuales, como la libertad de imprenta, la inviolabilidad del domicilio y el derecho a la propiedad.
- Monarquía Constitucional: Establece una monarquía limitada por la Constitución.
- Estado Unitario y Centralizado: Promueve la uniformidad legal y administrativa en todo el territorio español.
- Estado Confesional Católico: Establece la religión católica como la única oficial, sin tolerancia de otras.
- Transformación del Modelo de Propiedad: La propiedad señorial se convierte en propiedad privada, un paso fundamental hacia el liberalismo económico.
Esta Constitución, un hito en la historia de España, estuvo en vigor en dos periodos distintos: de 1812 a 1814 y de 1820 a 1823, marcando el inicio del constitucionalismo español.