Cortes de Cádiz y Constitución de 1812: La Forja del Liberalismo Español

Enviado por Chuletator online y clasificado en Historia

Escrito el en español con un tamaño de 3,6 KB

Las Cortes de Cádiz (1810-1813)

Las Cortes de Cádiz funcionaron desde septiembre de 1810 hasta septiembre de 1813, en un contexto de profunda crisis y guerra. Su composición reflejaba una sociedad en transición, aunque con notables ausencias.

Composición de las Cortes

En su mayoría, los diputados eran clérigos, abogados, funcionarios y militares. Sin embargo, es importante destacar la ausencia de representantes de los sectores populares como campesinos, artesanos, obreros o criados.

Los diputados de Cádiz se agrupaban en diversas corrientes ideológicas:

  • Jovellanistas: Eran partidarios de establecer un compromiso entre la nación y el rey a través de unas Cortes de tipo medieval, en las que estuvieran representados los notables del reino. Aunque derrotados en Cádiz, su fórmula de la «soberanía compartida» tendría éxito en varias de las constituciones españolas del siglo XIX.
  • Absolutistas: Partidarios del mantenimiento de la estructura política y social del Antiguo Régimen, defendiendo el poder absoluto del monarca.

La Labor de las Cortes de Cádiz

Las Cortes de Cádiz llevaron a cabo, paralelamente, una doble tarea fundamental:

  1. Elaborar una Constitución.
  2. Aprobar una serie de medidas económicas y sociales que modificaran sustancialmente la estructura del Antiguo Régimen.

La Constitución de 1812

El día de San José de 1812, se aprobó la primera Constitución de España, un hito fundamental en la historia del país. La Constitución de 1812 se basó en tres principios básicos:

  1. El Principio de Soberanía Nacional

    Atribuyó la soberanía a la Nación, y lo reiteró explícitamente en el artículo 3 de la Carta Magna.

  2. El Principio de la División de Poderes

    Buscaba limitar el poder absoluto de los monarcas, separando las tres funciones que debe cumplir un Estado: la legislativa, la ejecutiva y la judicial. Atribuía la potestad de hacer las leyes a las Cortes junto con el Rey; la potestad ejecutiva, al Rey; y la potestad judicial, a los tribunales.

  3. El Principio de la Nueva Representación

    En el Antiguo Régimen, los diputados representaban a los estamentos. Sin embargo, con este nuevo principio, los diputados no representarían a electores o estamentos concretos, sino a la nación en su totalidad.

Aspectos Clave de la Constitución

La Constitución de Cádiz fue el resultado de un pacto entre los distintos sectores ideológicos presentes, lo que se reflejó en una combinación de elementos progresistas y conservadores:

Aspectos más progresistas:
  • Las Cortes tendrían una sola cámara.
  • Recogía una amplia declaración de derechos: igualdad ante la ley, libertad de imprenta (excepto para los libros religiosos), inviolabilidad del domicilio, derecho de sufragio, etc.
Aspectos más conservadores:
  • Establecía la religión católica como única y verdadera.
  • Los diputados serían elegidos por sufragio universal masculino indirecto.

Medidas Económicas y Sociales de las Cortes

Además de la Constitución, las Cortes de Cádiz aprobaron importantes reformas para transformar la sociedad y la economía:

  • Supresión de los señoríos jurisdiccionales.
  • Desamortización de las tierras de los afrancesados, de las órdenes militares disueltas y de los conventos destruidos por la guerra.
  • Supresión de la Inquisición, de las aduanas interiores y de los gremios.

Entradas relacionadas: