Convenios Colectivos y Seguridad Social: Derechos Laborales en Argentina
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Convenios Colectivos de Trabajo
El convenio colectivo de trabajo es un tipo particular de contrato celebrado entre los trabajadores y empleadores de una empresa o sector laboral. Este acuerdo puede regular todos los aspectos de la relación laboral, como salarios, jornadas, descansos, vacaciones, etc. Establece las condiciones mínimas en las que han de celebrarse las relaciones laborales en su ámbito de aplicación, de tal forma que cada trabajador puede mejorarlas, pero no empeorarlas. La negociación colectiva permite que las partes negocien su contenido, ya sea entre empleador y trabajadores o entre asociaciones de estos, sindicatos. Se aplica a todos los trabajadores de un determinado ámbito, como puede ser una empresa, sector o lugar geográfico. Los convenios colectivos de trabajo tienen fuerza de ley para la actividad que reglamentan. Solo podrán mejorar la situación, posición y derechos conferidos al trabajador por la ley de contrato de trabajo.
Tipos de Convenios Colectivos de Trabajo
- Por actividad: Comprende la totalidad de las relaciones laborales que se desarrollan en el territorio al que le es aplicable y está vinculado a determinadas tareas.
- Por empresa: Rige solamente para las relaciones laborales habidas entre dicha empresa y su personal.
Seguridad Social
La Seguridad Social es la rama del derecho que trata de crear, a favor de todos los miembros de la sociedad, un conjunto de garantías para hacer frente a determinados hechos o eventos que pueden:
- Suprimir la actividad económica y productiva. Ejemplo: maternidad, muerte, desocupación.
- Reducirla. Ejemplo: vejez.
- Imponer cargas económicas. Ejemplo: cargo de familias.
Principios de la Seguridad Social
- Universalidad: Tiene como sujeto a todos los individuos sin distinción y sin tener en cuenta si están en actividad o no y si trabajan en relación de dependencia o por cuenta propia.
- Solidaridad: El hombre trabaja para sí y su familia. Ante cualquier contingencia, las obligaciones se reparten entre toda la sociedad.
- Integridad: Parte del derecho en que la economía pretende cubrirlo todo.
- Subsidiaridad: Se relaciona con la solidaridad. El hombre se mantiene a sí mismo; cuando está incapacitado, lo mantiene la sociedad.
La Seguridad Social abarca desde las asignaciones familiares por prenatal y por nacimiento hasta la prestación jubilatoria y la pensión.
Asignaciones Familiares
Las asignaciones familiares son pagos que se otorgan a aquellos empleados que tengan cargas de familia. Dichos pagos no representan un costo para el empleador.
El pago de las asignaciones se efectuará junto con las remuneraciones del mes. Serán abonados a un solo cónyuge y en relación a un solo empleo. Cuando el trabajador se desempeñare en más de un empleo, tendrá derecho a las asignaciones en aquel que acredite mayor antigüedad, a excepción de la asignación por maternidad, que se percibirá en cada uno de los empleos. Para el pago de las asignaciones, el trabajador debe estar en relación de dependencia.
Tipos de Asignaciones
- Asignación por hijo: Pago de una suma mensual por cada hijo menor a 18 años que se encuentra a cargo del trabajador.
- Asignación por hijo con discapacidad: Suma mensual por cada hijo discapacitado que se encuentra a cargo, sin límite de edad.
- Asignación prenatal: Pago a una mujer trabajadora embarazada, independientemente de su estado civil. Es como la asignación por hijo, a partir del tercer o cuarto mes del embarazo y con al menos tres meses de antigüedad en la empresa.
- Asignación por ayuda escolar: Se paga en marzo de cada año por cada hijo que concurra a la enseñanza básica y polimodal.
- Asignación por maternidad: Una suma igual a la remuneración que la trabajadora hubiera percibido. Requiere tres meses de antigüedad.
- Asignación por nacimiento: Pago de una suma en el mes acreditado ante el empleador. Antigüedad mínima de 6 meses previo al nacimiento.
- Asignación por adopción: Pago de una suma ante la acreditación de adopción. Se requieren 6 meses de antigüedad.
- Asignación por matrimonio: Pago de una suma en el mes de acreditación. Se requieren 6 meses de antigüedad y se le paga a ambos cónyuges.
Todos los importes varían según zonas geográficas y niveles de ingresos de los trabajadores.
Asignación Universal por Hijo
La Asignación Universal por Hijo está destinada a niños, niñas y adolescentes residentes de la República Argentina que no tengan otra asignación familiar y pertenezcan a grupos familiares que se encuentran desocupados o se desempeñan en la economía informal. La puede cobrar un solo padre, tutor o pariente hasta el tercer grado por cada menor de 18 años, sin límite de edad en caso de discapacidad.
Seguro de Desempleo
El seguro de desempleo asiste al trabajador desempleado sin sustento para cubrir las necesidades primarias. Para cobrarlo, se debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Que el cese (ruptura laboral) no se produzca por voluntad del trabajador.
- Que el desempleado esté disponible para trabajar y buscando trabajo.
Régimen de Riesgos del Trabajo
El régimen de riesgos del trabajo ofrece cobertura ante contingencias relacionadas con los riesgos del trabajo en relación de dependencia. Tiene por objetivo la reparación del daño sufrido sin intención.
- Preventivo: Obligación de tener un examen preocupacional, examen médico periódico, control de normas de higiene y seguridad, capacitación, etc.
- Reparador: Ante un accidente, se establece una prestación dineraria.
Accidentes de Trabajo
- Accidente laboral propio: Ocurre en el lugar de trabajo y está relacionado con las tareas habituales.
- Accidente laboral in itinere: Ocurre en el trayecto del trabajo a la casa o viceversa.
- Enfermedad profesional: Enfermedad causada directamente por la ejecución del trabajo.
SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino)
El SIPA regula los accidentes de trabajo (Ley 24.241).