Contratos: Requisitos, Tipos y Nulidades

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Contratos: Conceptos Fundamentales

Requisitos del Contrato

El contrato existe desde que una o varias personas consienten obligarse, respecto de otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio. Los requisitos son:

  • Consentimiento: Es la voluntad que manifiestan las partes en querer concurrir en la oferta y en la aceptación sobre la cosa y la causa. No hay consentimiento desde que el oferente conoce la aceptación de la otra parte. No pueden prestar consentimiento: los menores no emancipados (<18) y los que tienen su capacidad modificada judicialmente.
  • Objeto: Es la finalidad del contrato. Pueden ser objeto de contrato todas las cosas que no están fuera del comercio de los hombres; por eso, deben existir. El objeto debe ser una cosa concreta e identificable, aunque puede ser indeterminada en la cantidad sin un nuevo convenio.
  • Causa: Para cada parte contratante es la prestación o promesa de una cosa o servicio por la otra parte, y el servicio o beneficio se remunera.

El Proceso de Contratación

Un contrato es eficaz cuando las partes contratantes firman un documento que cumple los requisitos de validez. Este contrato será obligatorio automáticamente, no pudiendo dejarse al arbitrio de uno de los contratantes.

Interpretación y Rescisión de Contratos

Interpretación: Si los términos son claros y no dejan duda sobre la intención de los contratantes, se estará al sentido literal de sus cláusulas. Si existe duda, el contrato puede ser nulo.

Rescisión: Existen motivos legalmente válidos que permiten la rescisión del contrato en situaciones donde una de las partes sale perjudicada, como:

  • Los celebrados en fraude de acreedores, cuando estos no puedan de otro modo cobrar lo que se les deba.
  • Los que se refieren a cosas litigiosas, cuando hubiesen sido celebrados por el demandado sin consentimiento y aprobación de las partes litigantes o de la autoridad judicial.
  • Cualquier otro que determine la ley.

Nulidad de Contratos

Los contratos que no cumplan con los requisitos de consentimiento, objeto y causa podrán ser anulados, aunque no haya lesión para los contratantes. Los contratos privados son aquellos que se formalizan entre contratantes que no son Administración Pública.

Contratos Mercantiles vs. Civiles

La diferencia entre los contratos mercantiles y los civiles es que estos últimos constituyen un acto de empresa; en consecuencia, la aplicación de la normativa será diferente, ya que el Código de Comercio (CCo) se aplicará en los contratos mercantiles, mientras que el Código Civil (CC) se aplicará en el resto de contrataciones.

Tipos de Contratos

Contrato de Compraventa

Un contrato de compraventa es aquel en el que uno de los contratantes se obliga a entregar una cosa determinada y el otro a pagar por ella un precio cierto, en dinero o signo representativo.

Elementos: Comprador, vendedor, bien mueble y precio de la transacción.

Derechos y Obligaciones del Comprador:

  • Derechos: Rescisión del contrato por pérdida o deterioro de los bienes antes de su entrega; rescisión e indemnización por incumplimiento en la entrega.
  • Obligaciones: Pagar intereses por demora en el pago; no rehusar el recibo de los géneros contratados si son conformes a lo estipulado.

Derechos y Obligaciones del Vendedor:

  • Derechos: Cobrar el precio acordado; exigir intereses por demora en el pago.
  • Obligaciones: Ofrecer garantía de saneamiento por evicción o defectos ocultos; hacer frente a los gastos de entrega.

Contrato de Compraventa a Plazos

Son aquellos contratos en los que la forma de pago no se produce de manera íntegra en el momento de la disposición del objeto del contrato.

Contrato de Suministros

Son aquellos contratos por los que una empresa se obliga a prestar servicios o entregar cosas muebles de manera continuada o con entregas sucesivas a otra empresa, a cambio de un precio unitario que puede pagarse periódicamente.

Contrato de Permuta

Son aquellos contratos por los que la parte vendedora implicada en una compraventa accede a ser pagada en especies, por el mismo valor de la venta o similar.

Contrato de Arrendamiento de Local de Negocios

Elementos: Identidad de los contratantes (arrendador y arrendatario), identificación de la finca arrendada, duración del contrato, renta inicial y demás cláusulas pactadas.

Obligaciones del Contrato:

  • Renta: El arrendador no podrá incrementar la renta por las reparaciones realizadas.
  • Venta: En caso de venta, el arrendatario tiene derecho de adquisición preferente (30 días).
  • Cesión: El arrendatario podrá subarrendar o ceder el contrato sin consentimiento del arrendador.

Leasing vs. Renting

La principal diferencia entre Leasing y Renting es que el leasing es una forma de financiación que permite el alquiler de un bien y la posibilidad de adquirirlo al finalizar el contrato. El renting solo es un sistema de arrendamiento, y el titular no accede a la propiedad cuando finaliza el acuerdo. Los particulares pueden optar al renting; en cambio, el leasing es una forma de financiación diseñada para empresas y autónomos. En ambos casos, los bienes arrendados son nuevos.

Contrato de Seguro

Partes del Contrato

  • Asegurador: Parte que se obliga a indemnizar el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, renta u otras prestaciones convenidas.
  • Tomador: Persona física o jurídica que suscribe el contrato, asume las obligaciones y derechos derivados del mismo.
  • Asegurado: Titular del interés asegurado, expuesto al riesgo.

Riesgo: Posibilidad de que ocurra el evento causante de los perjuicios.

Prima: Cantidad que satisface el tomador del seguro.

Tipos de Seguros

  • Seguro de Incendio
  • Seguro de Robo
  • Seguro de Crédito
  • Seguro de Transporte Terrestre
  • Reaseguro

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