Contratos de Trabajo: Obra o Servicio y Eventual por Circunstancias de la Producción
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Contrato de Trabajo por Obra o Servicio Determinado
Objeto del Contrato
El contrato por obra o servicio determinado se define como aquel que tiene por objeto la realización de una obra o servicio con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa. Aunque su ejecución es limitada en el tiempo, su duración es, en principio, incierta.
Supuestos de Uso
- Trabajos extraordinarios que no son propios de la actividad habitual de la empresa.
- Trabajos propios de la actividad de la empresa, pero que son específicos y delimitados, o que no se realizan de forma ordinaria.
Autonomía y Sustantividad de la Obra o Servicio
Se considera que existe autonomía y sustantividad cuando:
- Las tareas no están integradas en un ciclo productivo constante.
- Son diferentes de las que se desarrollan de manera ordinaria.
- La autonomía y sustantividad deben ser causales y no depender del arbitrio de las partes.
Formalización del Contrato
Debe realizarse por escrito y especificar con precisión el carácter de la contratación. No son válidas las fórmulas genéricas.
Duración
La negociación colectiva puede establecer duraciones específicas. La norma general establece una duración máxima de 3 años, ampliable si la obra no ha finalizado.
Jornada
Puede ser a tiempo completo o parcial.
Extinción del Contrato
La extinción del contrato sin que se acredite la finalización de la obra se considera despido.
Se permite la extinción gradual por tramos de obra o especialidades profesionales, sin necesidad de esperar a la terminación total.
El trabajador tiene derecho a una indemnización equivalente a 8 días de salario por cada año de servicio (esta cantidad se incrementa progresivamente hasta 12 días para los contratos celebrados con posterioridad).
Contrato Eventual por Circunstancias de la Producción
Objeto del Contrato
Se utiliza cuando las circunstancias del mercado, la acumulación de tareas o el exceso de pedidos lo exigen, incluso si se trata de la actividad normal de la empresa.
Formalización del Contrato
Debe especificarse con claridad y precisión la causa y las circunstancias de la eventualidad. Es obligatorio formalizarlo por escrito si su duración supera las 4 semanas o si se concierta a tiempo parcial.
Duración
Duración máxima de 6 meses dentro de un período de 12 meses, contados a partir del momento en que se producen dichas causas.
Jornada
Puede ser a tiempo completo o parcial.
Extinción del Contrato
Se extingue por cualquiera de las causas establecidas en el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores (ET).
Contrato Eventual para la Adquisición de Experiencia Profesional (Derogado)
Estos contratos, que tenían como finalidad proporcionar una primera experiencia profesional, fueron retirados por el Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, se detallan sus características principales a continuación:
- Causa: Adquisición de una primera experiencia profesional.
- Duración mínima: 3 meses.
- Duración máxima: 6 meses (ampliable hasta 12 meses en algunos casos).
- Jornada: Completa o parcial (superior al 75% de la jornada de un trabajador comparable).