Contratos Mercantiles: Suministro, Compraventa y Estimatorio Explicados
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Contrato de Suministro: Propósito y Funcionamiento
Este tipo de acuerdo se establece para que una parte, denominada suministradora, se obligue a efectuar entregas sucesivas, ya sean continuas o periódicas, de bienes o servicios a la otra parte, conocida como suministrada. Estas entregas se realizan conforme a las necesidades de la parte suministrada y a cambio de una contraprestación económica.
Capacidad para Formalizar un Contrato de Compraventa
Las personas habilitadas para suscribir un contrato de compraventa incluyen:
- Individuos mayores de 18 años.
- Menores de edad mayores de 16 años que se encuentren legalmente emancipados.
- Menores de edad mayores de 16 años que cuenten con la autorización expresa de sus padres o tutores legales.
- Personas que no hayan sido judicialmente incapacitadas para contratar.
Contrato Estimatorio o de Consignación
Se define como el acuerdo mediante el cual un productor o mayorista (consignante) entrega una cantidad determinada de bienes muebles a un comerciante minorista (consignatario). Estos bienes se entregan en depósito por un tiempo específico para que el consignatario intente venderlos. La obligación de pago por parte del consignatario está supeditada a la venta efectiva de dichos bienes.
Características Principales del Contrato Estimatorio:
- Puede celebrarse de forma verbal, aunque la forma escrita es recomendable.
- El consignatario recibe la disponibilidad de los bienes para su venta, pero no adquiere su propiedad.
- Salvo que se pacte lo contrario, el consignatario asume los riesgos de pérdida o daño de las mercancías mientras estén bajo su custodia.
- La fijación de plazos es un elemento crucial, abarcando:
- El periodo otorgado para la venta de los bienes.
- El plazo para la devolución de los artículos no vendidos.
- El plazo para efectuar el pago correspondiente a los bienes que sí fueron vendidos.
- La ganancia del consignatario (distribuidor) proviene de la diferencia entre el precio estimado de los bienes recibidos y el precio final al que los vende.
- Permite al consignante (fabricante/mayorista) dar a conocer sus productos al incluirlos en la oferta comercial del consignatario.
Definición General de Contrato
Un contrato es un pacto o acuerdo de voluntades entre dos o más partes, mediante el cual se generan derechos y obligaciones recíprocos para los firmantes.
Concepto de Evicción
La evicción se refiere a la pérdida total o parcial de un bien que sufre el comprador, como resultado de una sentencia judicial o resolución administrativa firme. Esta privación se basa en un derecho anterior a la compra, alegado por un tercero (por ejemplo, a través de una acción reivindicatoria).
Obligaciones del Comprador en la Compraventa General
Las responsabilidades fundamentales del comprador en un contrato de compraventa son:
- Recibir y aceptar la cosa objeto del contrato.
- Pagar el precio convenido en el tiempo y lugar estipulados en el acuerdo.
Características Esenciales del Contrato de Compraventa
- Consensual: Se perfecciona y obliga a las partes por el simple acuerdo mutuo sobre la cosa y el precio, sin necesidad de la entrega física.
- Bilateral: Genera obligaciones para ambas partes contratantes (vendedor y comprador).
- Conmutativo: Generalmente, las prestaciones de ambas partes se consideran equivalentes (el valor de la cosa y el precio pagado).
- Oneroso: Implica un intercambio patrimonial; el comprador paga un precio y el vendedor obtiene un beneficio a cambio de la entrega de la cosa.
Contrato de Compraventa a Plazos
En esta modalidad contractual, el vendedor entrega el bien objeto del contrato, mientras que el comprador se compromete a pagar el precio de forma aplazada, ya sea total o parcialmente, en pagos sucesivos.
Aspectos Clave de la Compraventa a Plazos:
- El objeto debe ser un bien mueble tangible, no consumible y claramente identificable (ej. electrodomésticos, vehículos).
- La contraprestación es un precio cierto, cuyo pago se difiere en el tiempo.
- El contrato debe especificar claramente el precio total y el desglose de los pagos aplazados.
- Reserva de dominio: Es común pactar que la propiedad del bien no se transfiere al comprador hasta que este haya completado el pago total del precio.
- El propio bien vendido suele actuar como garantía del pago aplazado.
- Debe formalizarse por escrito y, para su plena eficacia frente a terceros, inscribirse en el Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles.
- En caso de resolución del contrato por impago por parte del comprador, el vendedor generalmente tiene derecho a:
- Exigir una indemnización (usualmente un porcentaje, como el 10%, de los plazos vencidos no pagados).
- Recibir una compensación por la depreciación del bien, que puede ser equivalente al desembolso inicial realizado por el comprador.
- El comprador tiene la facultad de realizar el pago anticipado, total o parcial, del precio pendiente, con la posible reducción de intereses correspondiente.
Requisitos de Información en la Compraventa a Plazos
El contrato debe detallar obligatoriamente:
- El precio total de venta al contado.
- El importe del desembolso inicial (si existe).
- La cantidad total que se aplaza.
- El importe, número y periodicidad (fechas) de cada uno de los pagos aplazados.
Obligaciones Específicas del Comprador a Plazos
La principal obligación del comprador en esta modalidad es:
- Pagar el desembolso inicial (si se pactó).
- Abonar puntualmente todos los plazos en las fechas acordadas.