Contratos Mercantiles: Depósito, Préstamo, Colaboración y Operaciones Bancarias
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-Sanear por evicción y vicios ocultos: El CO.CO concede al comprador un plazo de 30 días, desde el momento de la entrega para reclamar por los
Depósito Mercantil: Contratos Bancarios
Depósito: contrato mediante el cual una persona llamada depositante entrega una cosa mueble a otra llamada depositario, para que la guarde y se la devuelva cuando el primero se la pida. El CO.CO establece que las condiciones para que un depósito sea mercantil:
- Que al menos el depositario sea empresario.
- Que las cosas depositadas sean objeto de comercio.
- Que el depósito constituya en sí mismo una operación mercantil.
Contenido Básico del Contrato de Depósito
- Es bilateral, dado que surgen obligaciones para las dos partes.
- Real: Nace desde el momento en que se entrega la cosa.
Obligaciones del Depositante:
- Pagar una retribución por el servicio de custodia.
- Pago de indemnizaciones por los perjuicios producidos a la cosa.
Obligaciones del Depositario:
- Custodiar la cosa objeto del depósito según la reciba y devolverla con sus aumentos, cuando el depositante la pida. La responsabilidad se extiende al adecuado cuidado de los objetos recibidos.
- Devolver la cosa cuando el depositante se la pida; la devolución deberá hacerse con los aumentos que esta haya experimentado.
Clases de Depósito
- Regular: supone la simple custodia.
- Irregular: entrega una cosa fungible y puede usarla y consumirla, y queda obligado a devolver otra de la misma especie y calidad.
- Administrado: Custodia y administra la cosa que guarda.
Depósitos Bancarios
Def.: Depósitos irregulares de dinero que realizan los clientes. Pueden ser:
- A la vista: la entidad se compromete a devolver el dinero recibido cuando se lo pida el cliente.
- A plazo: Cuando finaliza el plazo pactado: conlleva el pago de intereses.
El Préstamo Mercantil
Contenido Básico de los Contratos de Préstamo Mercantil
Obligaciones del Prestatario:
- Restituir una cosa de la misma especie y calidad que la recibida. Adquiere la propiedad al vencimiento o 30 días del requerimiento notarial.
- Pagar los intereses pactados.
Operaciones Bancarias de Activo
Préstamo bancario: Es un contrato mediante el cual una entidad de crédito entrega a un cliente, empresa o particular, una suma de dinero previamente pactada, y este se compromete a devolver dicha suma más los intereses, según el plan de amortización establecido, se formaliza en pólizas de préstamo.
Crédito bancario: Contrato mediante el cual la entidad financiera, previo estudio, concesión o formalización de póliza, se compromete con su cliente a permitirle cantidades de dinero, de acuerdo con sus necesidades hasta alcanzar el límite acordado. El cliente devolverá las sumas de las que ha dispuesto más los intereses devengados a favor de las comisiones.
Descuento de efectos: Ceden a una entidad de crédito que les anticipa su importe menos los intereses por el dinero anticipado.
Contratos de Colaboración Mercantil
Contrato de Comisión
- Contrato mercantil en el que intervienen dos personas, al menos una comerciante, y mediante el cual la primera, denominada comitente, encarga a la segunda, comisionista, que realice por cuenta de ella un contrato u operación mercantil.
- Consensual, bilateral y oneroso.
Obligaciones:
- El comitente debe abonar al comisionista el precio pactado.
- Actúan en nombre del comitente.
- Si el comisionista oculta su nombre, no intervienen en la relación contractual.
- El comitente puede revocar la comisión notificando.
- Una de las prohibiciones es la auto entrada (el comisionista adquiera para si lo que se le haya encargado vender).
Contrato de Agencia
- Consensual, bilateral y oneroso.
- Colaboración establecida entre el agente y la empresa.
Obligaciones de los Comisionistas:
- Cumplir el encargo encomendado, previa aceptación del mismo. El comisionista puede paralizar la gestión mientras que no tenga suficiente provisión de fondos entregada por el comitente.
- Atenerse a las instrucciones dadas por el comitente, consultándole, si es posible, en caso de duda. Si el comisionista está autorizado para actuar a su arbitrio, o no puede consultar debe intervenir de forma prudente, como si el negocio fuera suyo.