Contratos Mercantiles: Comisión, Agencia, Financiación, Préstamo, Crédito y Garantía
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Diferencia entre los Contratos de Comisión y Agencia
El contrato de comisión es un mandato mercantil por el cual una parte, el comisionista, se obliga frente a otra, el comitente, a realizar o participar en un acto o contrato mercantil por cuenta de este. La relación entre el comitente y el comisionista es esporádica, de modo que, ejecutado el acto o negocio objeto del mandato encomendado, se extingue el contrato.
Contratos de Financiación
El arrendamiento financiero, alquiler con derecho de compra, leasing financiero, arrendamiento por renting o leasing operativo es un contrato mediante el cual el arrendador traspasa el derecho a usar un bien a un arrendatario, a cambio del pago de rentas de arrendamiento durante un plazo determinado, al término del cual el arrendatario tiene la opción de comprar el bien arrendado pagando un precio determinado, devolverlo o renovar el contrato.
En efecto, vencido el término del contrato, el arrendatario tiene la facultad de adquirir el bien a un precio determinado, que se denomina «residual», pues su cálculo viene dado por la diferencia entre el precio originario pagado por el arrendador (más los intereses y gastos) y las cantidades abonadas por el arrendatario al arrendador. Si el arrendatario no ejerce la opción de adquirir el bien, deberá devolverlo al arrendador, salvo que el contrato indique lo contrario.
Diferencia entre Contrato de Préstamo y Crédito
La diferencia entre un contrato de préstamo y crédito es que en un contrato de préstamo se devuelve lo que se ha dado si es no fungible (comodato o préstamo de uso) y si es fungible se ha de devolver algo idéntico y de la misma calidad (préstamo mutuo). El Derecho Mercantil solo alude a este último, que puede tener por objeto dinero, títulos o valores o especies fungibles.
Según la doctrina tradicional y la jurisprudencia, es un contrato real y no consensual, pero la práctica bancaria dice que es consensual y se perfecciona desde que las partes se ponen de acuerdo con la cuantía del préstamo.
En cambio, el contrato de crédito al consumo es el contrato por el que un empresario o prestamista concede al consumidor un crédito bajo la forma de pago aplazado, préstamo o apertura de crédito. Se ha de formalizar por escrito y obliga a informar previamente a la formalización del contrato y durante la vigencia de este.
El Contrato de Descuento Bancario
Contrato en virtud del cual el Banco (prestamista) entrega una cantidad fija a un cliente (prestatario) que se obliga a devolver otro tanto en la forma y plazo convenidos, y a abonar por ello el importe de los intereses pactados. El descuento es una operación mediante la cual el librador cede la letra de cambio a un tercero, de forma que pueda obtener su importe de manera anticipada.
Tipos de Contrato de Garantía
Los contratos de garantía tienen por finalidad asegurar el cumplimiento de un derecho de crédito. Se pueden clasificar en:
1. Garantías Personales
Concede al acreedor un derecho personal o una facultad dirigida o hacia el patrimonio del deudor o hacia el de un tercero.
Fianza: por esta se obliga a pagar o cumplir por un tercero, en el caso de no hacerlo este. En esta concurren tres sujetos: acreedor, deudor y fiador y dos caracteres: la accesoriedad y la subsidiariedad.
El Contrato de Afianzamiento Mercantil: Especialidades
La fianza será mercantil cuando sea mercantil el contrato afianzado, aun cuando el fiador no sea comerciante. Se trata de un contrato formal (debe constar por escrito); gratuito (por ello el fiador puede ser un no comerciante); y si la fianza no fija un plazo, subsistirá hasta la extinción completa de las obligaciones que derive del contrato afianzado.
2. Garantías Reales
Derechos de carácter accesorio que para garantizar un crédito recaerán sobre cosas determinadas y tiene el carácter de ser oponible frente a todos.
- Prenda
- Hipoteca
- Anticresis