Contratos Laborales y Salarios en España: Guía Completa
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Formación y Orientación Laboral
1. La Contratación Laboral
El Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores de 1995 (LET) establece el marco general que regula las relaciones laborales en España. Posteriormente, se aplican otros marcos como la legislación específica de contratación y el convenio colectivo. El contrato de trabajo no puede vulnerar ni contradecir ninguno de estos límites legales.
El Contrato de Trabajo
Es un acuerdo entre empresario y trabajador. Se puede celebrar por escrito o verbalmente, salvo cuando la ley marque lo contrario.
Existen muchas modalidades de contratos de trabajo, pero básicamente se pueden dividir en:
- Contratos indefinidos: No se fija una duración predeterminada de tiempo.
- Contratos temporales: Con duración preestablecida o fecha de finalización condicionada a algún suceso. Pueden ser a jornada completa o jornada parcial.
- Contratos a tiempo parcial: La duración de la jornada laboral es inferior a lo habitual. Pueden ser indefinidos y temporales.
*Contrato de trabajo: acuerdo entre una persona con capacidad legal para trabajar (trabajador), para realizar personal y voluntariamente un trabajo por cuenta ajena, bajo la organización y dirección de otra (empresario), a cambio de una remuneración.
2. El Salario
El Estatuto de los Trabajadores considera salario a “la totalidad de las percepciones económicas, en dinero o en especie”. Establece como excepciones algunos tipos de indemnizaciones (traslados, despidos, Seguridad Social..), que se restarán de la cantidad percibida como salario.
*Salario: totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de servicios laborales por cuenta ajena, ya retribuyan el trabajo efectivo, cualquiera que sea la forma de remuneración, o los periodos de descanso computables como de trabajo.
Componentes del Salario
El salario se divide en dos grandes bloques:
- Salario base: Se percibe por el hecho de trabajar, en función de la categoría profesional. No tiene en cuenta las circunstancias personales o resultados de la empresa.
- Complementos salariales: Están en función de la situación personal del trabajador o del rendimiento realizado: antigüedad, horas extra, primas, turnicidad, desplazamientos, dietas…
*SMI: Salario mínimo interprofesional. Establecido como mínimo por el Estatuto de los Trabajadores para una jornada laboral a tiempo completo.
Salario neto: salario bruto - IRPF - s.s. a c/trabajador.
3. Deducciones en el Salario
El trabajador no recibe íntegramente su retribución: se le deduce su aportación a la Seguridad Social y la retención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Retención IRPF: dinero que la Agencia Tributaria detrae del salario por medio de la empresa como anticipo de la cuota del impuesto que después habrá que pagar.
Coste Salarial para el Empresario
*El empresario, al tener contratado un trabajador no sólo le cuesta el salario bruto, también tiene que abonar una cuota mensual a la Seguridad Social.
*Seguridad social:
- A cargo de la empresa.
- A cargo del trabajador.