Contratos Laborales en España: Características y Requisitos Esenciales

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Contrato de Trabajo General

Acuerdo entre dos personas, por el que una de ellas, el trabajador, se compromete a prestar determinados servicios bajo la dirección de otra, el empresario, recibiendo a cambio una retribución garantizada.

Elementos Esenciales del Contrato

  • Consentimiento: Manifestación de la voluntad de las partes, verbal o escrita. Es nulo si hay violencia.
  • Objeto: El trabajo a cambio de un salario (lícito, posible y determinado).
  • Causa: La razón por la cual se concierta el contrato. Voluntad de intercambiar trabajo por salario (debe ser lícita y cierta).

Partes del Contrato

  • Trabajador: Persona física o natural que desarrolla el trabajo.
  • Empresario: Persona física, jurídica o Comunidad de Bienes (CB), que recibe los servicios a cambio de un salario.

Capacidad para Contratar

Trabajador:

  • Edad: Mayores de 18 años.
  • De 16 y 17 años con autorización o emancipados económicamente.
  • Incapacitados con autorización.
  • Menores de 16 años con autorización laboral en espectáculos públicos.
  • Titulación: La necesaria para el puesto.
  • Nacionalidad: Españoles y extranjeros comunitarios. Extranjeros no comunitarios con permiso de trabajo.

Empresario:

  • Mayores de 18 años.
  • Menores emancipados.
  • Menores e incapacitados con un representante legal.

Forma del Contrato

Puede ser escrito o verbal.

Contenido Mínimo del Contrato

  • Verbal: Debe entregarse por escrito al trabajador las principales condiciones en el plazo máximo de 2 meses.
  • Escrito: Identidad de las partes, fecha de comienzo de la relación laboral, domicilio, categoría del puesto de trabajo, convenio colectivo aplicable, periodo de prueba.

Nulidad del Contrato

  • Parcial: Si resulta nula una parte del contrato, se mantiene la parte válida y se cambia la nula.
  • Total: Los efectos se generan desde el momento de la declaración de nulidad. Se remunera el trabajo prestado.

Periodo de Prueba

Periodo de tiempo durante el cual cualquiera de las partes puede dar por terminada la relación laboral, sin necesidad de preaviso ni derecho a indemnización.

  • Duración máxima: Según convenio colectivo.
  • Ejemplos:
    • Universitarios: 6 meses.
    • Resto: 3 meses en empresas con menos de 25 trabajadores.
    • 2 meses en empresas con 25 o más trabajadores.
  • En los contratos no superiores a 6 meses, no podrá exceder de 1 mes.
  • Es nulo el contrato si el trabajador ya realizó las mismas funciones con anterioridad en la empresa.
  • El trabajador tiene los mismos derechos y obligaciones que los demás, está dado de alta en la Seguridad Social (SS) y percibe el salario correspondiente.
  • Computa a efectos de antigüedad.
  • Se interrumpe en situación de Incapacidad Temporal (IT).

Contrato para la Formación y el Aprendizaje

Tiene como objetivo la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa con actividad formativa. Permite la adquisición de la formación teórica y práctica necesaria para el desempeño de un oficio.

Requisitos

  • Edad: entre 16 y 25 años (inclusive).
  • No tener titulación oficial relacionada con el puesto.
  • No haber trabajado en el mismo puesto durante más de 12 meses.
  • No haber agotado la duración máxima de este tipo de contrato.
  • Si ya ha estado contratado anteriormente bajo esta modalidad, solo se puede realizar hasta completar la duración máxima permitida.

Duración

  • Mínimo: 1 año.
  • Máximo: 3 años.
  • En el convenio colectivo se pueden establecer otras duraciones, pero nunca inferior a 6 meses ni superior a 3 años.

Forma

Siempre debe ser escrito.

Jornada

  • Completa.
  • Máximo de jornada efectiva: 75% el primer año y 85% el segundo y tercer año.
  • El resto hasta el 100% de la jornada laboral se dedica a formación.
  • No permite trabajo a turnos ni nocturno.

Certificado

Al finalizar el contrato, se expedirá un certificado sobre la formación recibida.

Retribución

Según el convenio colectivo, nunca inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) proporcional al trabajo efectivo.

Periodo de Prueba

Máximo: 2 meses.

Contrato en Prácticas

Tiene como objetivo obtener la práctica profesional adecuada al nivel de estudios cursados.

Requisitos

  • Tener titulación universitaria, Formación Profesional Específica (FPE) o certificado de profesionalidad.
  • Que no hayan transcurrido más de 5 años desde la finalización de los estudios.

Duración

Entre 6 meses y 2 años.

Jornada

Parcial o total.

Forma

Siempre debe ser escrito.

Periodo de Prueba

  • Grado medio y certificado profesional nivel 1 y 2: 1 mes.
  • Grado superior y certificado profesional nivel 3: 2 meses.

Retribución

Fijada en el convenio colectivo, sin ser inferior al 60% o 75% durante el primer y segundo año, respectivamente, del salario de un trabajador que desempeñe el mismo puesto. Nunca inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

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