Contratos Formativos y Temporales: Tipos, Requisitos y Duración
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Contratos Formativos y Temporales: Todo lo que Necesitas Saber
Contrato para la Formación y el Aprendizaje
Requisitos
- Edad: Entre 16 y 25 años (o hasta 30 años si la tasa de desempleo es inferior al 15%).
- Titulación: No poseer titulación de FP o universitaria relacionada con el puesto.
- Experiencia previa: No haber trabajado más de 12 meses en la misma empresa en el mismo puesto.
Duración
- Mínima: 1 año.
- Máxima: 3 años (con posibilidad de 2 prórrogas superiores a 6 meses si la duración inicial es inferior a 3 años).
- El convenio colectivo puede modificar la duración entre 6 meses y 3 años.
- No se puede contratar a un trabajador para la misma actividad al finalizar el contrato.
- Situaciones como embarazo, baja, lactancia, etc., interrumpen la duración del contrato.
- No puede ser a tiempo parcial.
- No se pueden realizar horas extras (salvo fuerza mayor), trabajo nocturno ni a turnos.
Periodo de Formación
- Primer año: Máximo 75% de trabajo efectivo y mínimo 25% de formación.
- Segundo y tercer año: Máximo 85% de trabajo efectivo y mínimo 15% de formación.
Características de la Formación
- Curso de formación en un centro formativo de la red de FP o en la propia empresa (si está autorizada).
- Las ETTs pueden celebrar estos contratos, encargándose de la parte formativa.
- Modalidades de impartición: presencial, teleformación, a distancia y mixta.
- Si no se posee la ESO, la formación debe permitir obtener este título.
- Se acredita con un certificado del Servicio Público de Empleo.
Retribución
- Fijada en el convenio colectivo.
- No puede ser inferior al 75% u 85% del SMI (Salario Mínimo Interprofesional) en función del tiempo de trabajo efectivo.
Contrato en Prácticas
Requisitos
- Poseer un título de FP, universitario o un certificado de profesionalidad.
- Realizar el contrato dentro de los 5 años siguientes a la finalización de los estudios.
- Para menores de 13 años, no existe límite de tiempo.
Duración
- Mínima: 6 meses.
- Máxima: 2 años.
- Si la duración es inferior a 2 años, puede haber un máximo de 2 prórrogas de al menos 6 meses.
- Baja laboral, maternidad, lactancia, etc., interrumpen la duración.
- Periodo de prueba: 1 mes para títulos de grado medio y 2 meses para grado superior.
Retribución
- Pactada en el convenio o contrato.
- No puede ser inferior al 60% (primer año) o al 75% (segundo año) del salario de un trabajador en la misma categoría.
- Los convenios pueden mejorar estos porcentajes.
Contratos Temporales
Contrato de Obra y Servicio
Objeto
- Realizar una obra o servicio concreto con duración incierta pero limitada en el tiempo.
Duración
- Depende de la finalización de la obra o servicio. Se puede indicar una duración concreta (ej. "hasta fin de obra").
- Máximo de 3 años, ampliable a 12 meses más por convenio.
- Si la duración supera 1 año, el empresario debe preavisar con 15 días de antelación.
- Si se supera la duración máxima y se sigue trabajando, se adquiere la condición de fijo.
Indemnización
- Al finalizar el contrato, el empresario pagará una indemnización de 12 días de salario por cada año trabajado (o la parte proporcional).
- Los convenios pueden mejorar esta indemnización.