Contratos de Trabajo, Feriado Anual y Causales de Término Laboral
Enviado por Chuletator online y clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en
español con un tamaño de 3,89 KB
Duración del contrato de trabajo
Dependiendo de su duración, el contrato de trabajo puede clasificarse en:
- Contrato a plazo fijo: Es aquel en que de antemano se establece el tiempo que durará el contrato; se fija, en consecuencia, con certeza el momento de terminación de la relación laboral, no siendo necesario el aviso previo. En caso de término anticipado, el empleador debe indemnizar al dependiente por los perjuicios, lo que se traduce en el pago de las remuneraciones que debió percibir hasta el día del vencimiento. La duración máxima del contrato de plazo fijo será de un año.
- Contrato indefinido: Es la regla general. El principal efecto de esta forma de pactar la relación laboral se verá al momento de terminar el contrato.
- Contrato por obra o faena y de temporada: Aquel cuya duración obedece a la extensión de los servicios u obras que, por su naturaleza, necesariamente han de terminar o concluir; es decir, tienen una duración limitada en el tiempo. Se sabe que el contrato acabará, pero no se sabe con exactitud cuándo.
Feriado anual
El artículo 67 del Código del Trabajo establece: “Los trabajadores con más de un año de servicio tendrán derecho a un feriado anual de quince días hábiles, con remuneración íntegra que se otorgará de acuerdo con las formalidades que establezca el reglamento.”
Concepto de feriado
Es un derecho que la ley confiere a los trabajadores con más de un año de servicios para que anualmente gocen de un descanso remunerado que, por regla general, es de quince días hábiles.
Feriado proporcional
Una vez terminado el contrato de trabajo, los dependientes que no tienen el año de servicios tendrán derecho a percibir, por este concepto de feriado, una suma proporcional.
Diversos tipos de feriados
- Feriado individual.
- Feriado colectivo.
- Feriado progresivo.
Festivos
- Ordinarios.
- Irrenunciables.
Causales de término de contrato de trabajo
- Mutuo acuerdo de las partes: Acuerdo entre empleador y trabajador.
- Renuncia voluntaria del trabajador: Debe presentarse con un plazo de 30 días de anticipación, a lo menos, y por escrito.
- Muerte del trabajador.
- Vencimiento del plazo convenido: No se requiere dar aviso con anticipación al trabajador, ya que este sabe de antemano que su contrato terminará en una fecha determinada.
- Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato.
- Caso fortuito o fuerza mayor.
Causales subjetivas o de caducidad
Son aquellas que son imputables al trabajador, en cuanto un hecho suyo ha provocado que el empleador opte por la terminación del contrato:
- Falta de probidad, vías de hecho, injurias o conducta inmoral grave debidamente comprobada.
- Negociaciones que ejecute el trabajador dentro del giro del negocio.
- No concurrencia del trabajador a sus labores sin causa justificada.
- Abandono del trabajo por parte del trabajador.
- Actos, omisiones o imprudencias temerarias.
- Perjuicio material causado intencionalmente.
- Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.
Finiquito
El finiquito es un contrato a través del cual las partes ponen término a la relación laboral que los unía, dando solución total a valores que pudieren adeudarse. El finiquito produce como efecto fundamental el tener pleno poder liberatorio; es decir, se dan por satisfechas todas las controversias y deudas que pudiesen existir, salvo reserva expresa.