Contratos de Trabajo en España: Tipos y Características Esenciales
Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en español con un tamaño de 5,47 KB
Aspectos Clave del Contrato de Trabajo
Preguntas y Respuestas Fundamentales
Un contrato de trabajo puede establecer condiciones de trabajo:
Iguales o mejores que las disposiciones generales.
Un convenio puede regular materias no reguladas por disposiciones legales:
Nunca.
La regulación específica del contrato de trabajo se encuentra en:
La Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Para contratar a un trabajador extranjero es necesario que este disponga de:
Permiso de trabajo y de residencia.
La contratación de un menor no emancipado y sin autorización:
Puede ser anulada, pero el trabajador tiene derecho a su salario.
El periodo de prueba de un contrato de trabajo:
Debe concertarse de forma escrita.
La falta de forma escrita en el contrato de trabajo cuando es obligatoria conlleva:
La conversión del contrato en indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario.
La forma escrita en los contratos de trabajo es:
Obligatoria en alguna modalidad contractual.
Señala en qué tipos de contratos es obligatoria la forma escrita:
Obra y servicio.
¿En qué plazo debe realizarse la comunicación del contrato de trabajo al SEPE?:
Diez días desde la concertación del contrato.
¿Se puede realizar la comunicación provisional del contrato de trabajo?
Sí, pero después hay que confirmar la contratación.
Identifica qué es posible realizar mediante la aplicación Contrat@:
Dar de alta a los trabajadores en la Seguridad Social.
Tipos de Contratos Laborales
Contratos Indefinidos
- Características: No fijan fecha de finalización.
Contratos de Apoyo a Emprendedores
- Tipo: Indefinido, jornada completa o parcial.
- Forma: Por escrito.
- Requisito Empresa: Menos de 50 trabajadores.
Periodo de prueba:
- 1 año sin indemnización, sin negociar.
- No hay periodo de prueba si el trabajador ha realizado las mismas funciones en la empresa.
- No se puede realizar el contrato si la empresa 6 meses antes ha despedido algún trabajador.
Contrato Indefinido Ordinario
- Forma: Escrito o verbal.
- Características: No tiene fecha de terminación, salvo que: se dé de alta en la Seguridad Social, se especifique el contrato por escrito y en contratos con fraude de ley.
Contratos de Obras y Servicios
- Duración: La del servicio u obra.
- Preaviso: Hay que avisar al trabajador 15 días antes de la finalización del contrato. Si el contrato es de más de 1 año, se puede sustituir el preaviso con una indemnización.
- Finalidad: Los convenios colectivos identifican aquellos trabajos o tareas que pueden cubrir este contrato.
- Indemnización: De 8 a 12 días por año. (Nota: 2014: 11 días, 2015: 12 días).
- Forma: Escrito.
- Periodo de prueba: 3 años, ampliables por convenio a 4.
Contrato Eventual
- Finalidad: Atender las actividades que eventualmente surgen en la empresa, como acumulación de tareas y pedidos.
- Duración: 6 meses en periodos de 12 meses. Por convenio, hasta 18 meses (no superior a 12 meses). 1 prórroga no superior a la duración máxima.
- Indemnización: 8 a 12 días por año. (Nota: 2014: 11 días, 2015: 12 días).
- Forma: Por escrito.
Contrato de Interinidad
- Finalidad: Sustituir a trabajadores cuyo contrato está suspendido, pero reservando su puesto de trabajo. Cuando es para cubrir un puesto durante un proceso de selección, la duración es la del proceso, no superior a 3 meses.
- Indemnización: No hay derecho.
- Forma: Por escrito, especificando el nombre del trabajador y la causa de su sustitución.
Contrato de Prácticas
- Finalidad: Contratar a trabajadores titulados para adquirir experiencia laboral.
- Requisitos: Poseer títulos superiores o equivalentes. Titulaciones obtenidas dentro de los 5 años anteriores (o 7 años en caso de minusvalía).
- Duración: 6 meses a 2 años. 2 prórrogas hasta el límite máximo (no inferior a 6 meses).
- Periodo de prueba: 2 meses para grado superior, y 1 mes para grado medio.
- Jornada: Completa o parcial.
Contrato para la Formación y Aprendizaje
- Finalidad: Se combina actividad laboral y actividad formativa dentro de la misma empresa.
- Requisitos: Mayores de 16 y menores de 25 años que no estén titulados en grado superior. Minusvalía no requiere edad.
- Duración: Mínimo 1 año y máximo 3 años. 2 prórrogas como mínimo de 6 meses. Por convenio, mínimo 6 meses y máximo 3 años.
- Periodo de prueba: Sigue la regla general.
- Jornada: No superior al 75% durante el 1er año y el 85% durante el 2º y 3er año.