Contratos de Duración Determinada: Tipos y Características Esenciales en el Ámbito Laboral
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1. Contrato por Obra o Servicio Determinado
Objeto
Tiene por objeto la realización de obras o servicios determinados con autonomía y sustantividad propias dentro de la actividad de la empresa, y cuya ejecución es de duración incierta.
Forma
Debe formalizarse por escrito.
Duración
El tiempo necesario para la realización de la obra o el servicio.
Denuncia
Cuando el contrato tenga una duración superior a un año, la denuncia del contrato debe efectuarse con 15 días de antelación a su término.
2. Contrato Eventual por Circunstancias de la Producción
Objeto
Tiene por objeto atender las exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aun tratándose de la actividad normal de la empresa.
Forma
Puede ser de forma verbal si su duración no supera las cuatro semanas. En caso contrario, debe ser por escrito.
Duración
Máxima de 6 meses dentro de un periodo de 12 meses. Por convenio sectorial, puede establecerse un periodo de referencia de hasta 18 meses, con una duración máxima de las 3/4 partes de dicho periodo, y un límite de 12 meses.
Indemnización
Los contratos de duración determinada, salvo los formativos y de interinidad, en caso de extinción, darán derecho a una indemnización de 8 días por año de servicio.
3. Contrato de Interinidad
Objeto
Tiene por objeto la sustitución de un trabajador con derecho a reserva de puesto de trabajo, o para cubrir temporalmente un puesto durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva.
Forma
Debe formalizarse por escrito.
Duración
Mientras dure el derecho de reserva del puesto del trabajador sustituido. En el caso de cobertura de puesto por proceso de selección, la duración máxima es de 3 meses.
4. Contrato de Relevo
Objeto
Tiene por objeto la prestación de servicios por un trabajador (el relevista), como mínimo, durante la parte de la jornada dejada vacante por otro trabajador (el relevado) que se jubila parcialmente. El relevista puede ser contratado a jornada completa. Al relevado se le formaliza un contrato a tiempo parcial por jubilación parcial.
Requisitos
- El relevista debe figurar como desempleado en la oficina de empleo o tener concertado con la empresa un contrato de duración determinada.
- El relevado debe reunir los requisitos para acceder a la jubilación parcial.
Duración
El tiempo que le falte al trabajador sustituido para alcanzar la jubilación, con un máximo de 5 años.
5. Contratos para Colectivos Específicos: Víctimas de Violencia y Exclusión Social
Objeto
Tienen por objeto la contratación, en cualquiera de las modalidades temporales, de personas víctimas de violencia de género o violencia doméstica, así como la contratación de desempleados en situación de exclusión social.
Forma
Debe formalizarse por escrito.
Duración
La correspondiente al tipo de modalidad temporal utilizada.
Requisitos
- El trabajador no tendrá relación de parentesco con el empresario hasta segundo grado.
- El trabajador no puede haber estado vinculado a la empresa en los últimos 6 meses antes de la contratación.
Bonificación
- 47,67 €/mes para trabajadores en situación de exclusión social.
- 50 €/mes para víctimas de violencia.