Contratos Civiles y Mercantiles
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Contrato de compraventa
Contrato en el que vendedor se obliga a transmitir una cosa o derecho a comprador a cambio de un precio.
Elementos:
- Personales: Comprador y Vendedor
- Materiales: Cosa y Precio
Compravenda civil
Tipos de ventas:
- A la vista → Vista y gusto, vista con reserva expuesta de prueba, y, con indicación de especie y calidad
- Por orden
- Según muestra
Gastos de otorgamiento de escritura → Vendedor
Primera copia y los posteriores → Comprador
Obligaciones vendedor: Entrega de cosa objeto de venda y Saneamiento de la cosa objeto de venda.
Obligaciones comprador: Pagar precio, pagar intereses segun tiempo entre entrega de cosa y pago, si se determina, si la cosa produce fruto o renta y si se constituye en mora.
Compravenda mercantil
Son compravenda mercantil:
- Compras de cosas muebles con ánimo de vender, permutar o arrendar.
- Compras para uso o consumo propio de la empresa
- Compras de establecimientos de comercio para el tráfico mercantil
No son mercantiles:
- Compras de efectos para el consumo del comprador o personas.
- Ventas de cosechas propias o ganado, o especies en que se paguen rentas.
- Ventas de objetos fabricados por artesanos hechos en su taller
- Reventa de cualquier persona no comerciante de cosas compradas para consumo propio.
Contrato de arrendamiento
Contrato por el que se consigue un goce temporal de cosas, obras o servicios.
Arrendamiento civil
Puede ser de: cosas y de obras o servicios
Bienes fungibles consumidor por el uso → No son materia de este contrato
Elementos personales: Arrendador y Arrendatario
Obligaciones arrendador: Entregar cosa, repararla para conservarla, mantener arrendatario en goce pacífico y no variar la forma de la cosa arrendada.
Obligaciones arrendatario: Pagar precio, utilizar adecuadamente la cosa arrendada y pagar gastos de escritura de contrato
Arrendatario es responsable: De daños ocasionados al propietario y los de su casa, devolver finca como la recibió (menos lo inevitable por el tiempo), y de deterioro siempre que sea su culpa.
Arrendador puede desahuciar judicialmente cuando el arrendatario:
- Ha finalizado término convencional o el fijado
- Falta de pago
- Infracción de cualquier condición del contrato
- Destina cosa arrendada a uso o servicio no pactado
Arrendamiento mercantil (leasing)
Operaciones de arrendamiento financiero como la cesión de uso de bienes muebles o inmuebles.
Cuando termina el contrato, el usuario puede: Cancelarlo, devolviendo todo, renovarlo en otro período de tiempo o tiene la opción de comprarlo y adquirir la cosa arrendada.
Registro de Bienes Muebles tiene sección especial en la que se inscriben los contratos de arrendamiento financiero de bienes muebles corporales no consumibles e identificables
Contrato de renting
Modalidad de alquiler a mediano y largo plazo para cosas duraderas, equipos industriales, ordenadores… donde no existe opción de compra
No tiene regulación específica, se acoge a condiciones de el contrato, si no, al codigo civil de arrendamiento
Contrato de depósito
Contrato de depósito civil
Contrato gratuito salvo pacto contrario, sujeto recibe bien mueble para guardarlo y restituirlo.
Puede ser: Voluntario y Necesario (cumplimiento de obligación legal o ocasión de calamidad, incendio, saqueo
Obligaciones depositario: Guardar cosa y restituirla cuando se pida, no utilizar ni servirse de la cosa sin permiso, no manipularla (si está cerrada, mantenerla asi), si se designa sitio donde devolver, debe devolverlo, y devolver con todo
Obligaciones depositante: Reembolsar gastos de depositario que tenga al guardar la cosa y indemnizar si cabe necesidad, y pagar todo lo que se debe por razón de depósito.
Contrato de depósito mercantil
Requiere que: El depositario sea comerciante mínimo, cosas depositadas sean objeto de comercio y que depósito constituya operación mercantil.
Contrato de seguro
Contrato en el cual un asegurador se obliga cobrando una prima a indemnizar dentro de unos límites pactados previamente un daño producido al asegurado o satisfacer un capital, renta o otras prestaciones.
Elementos del contrato de seguro:
- Personales: Asegurador, Tomador del seguro (Quien firma la póliza, contratando el seguro), Asegurado (El que está cubierto) y Beneficiario (Persona fís o jur designada por el tomador, quien recibe indemnización).
- Materiales: Objeto asegurado, interés asegurado (relación económica asegurado con objeto que se asegura) y suma asegurada (límite máximo indemnización a pagar en cada siniestro).
- Formales: Solicitud del seguro (Documento describe riesgo que quiere asegurar, no vincula a solicitante), Proposición del seguro (Establece términos del contrato, inmodificables, pueden aceptarse, o rechazar con contrato de adhesión, vincula durante 15 días al asegurador) y Póliza del seguro (Formalización del contrato por escrito, si hay diferentes clausulas o diferente a proposicion del seguro, el tomador puede reclamar en 1 mes).
Obligaciones del tomador o asegurado: Pago prima, comunicar a asegurador el siniestro (maximo 7 dias desde que lo conoces), dar toda la información del siniestro y hacer todo lo posible para que no ocurra el siniestro.
Obligaciones del asegurador: Indemnizar al asegurado pagando, reparando o reponiendo el objeto asegurado.
Contrato de factoring
Contrato en el que se ceden de manera firme y con derecho (o sin) a regreso antes del vencimiento los créditos que genera una empresa a corto plazo con sus clientes, básicamente una empresa de factoring hace el trabajo de la empresa que la contrate de facturas, recibos, letras de sus clientes.
Elementos:
- Personales: Entidad de factoring (Entidad de crédito o financiación, analiza solvencia de clientes y admite en función el dar X porcentaje de créditos), Empresa titular del derecho (Quien cobra de inmediato lo que le deben pagando a la de factoring) y Clientes de la empresa titular (Obligados al pago por servicios)
- Real: Tarifa de la entidad de factoring
- Formales: Existencia de cuenta de provisión en el factoring con recurso, contrato mercantil con fedatario público y factura o similar de la deuda.
Formas de factoring:
a) Cobertura de riesgos:
- Sin recurso: Si no paga cliente, lo hace la entidad de factoring.
- Con recurso: No asume la entidad de factoring si no paga el cliente, pero aumenta las posibilidades de recuperarlo. Si llega a vencer y no esta pagado, cliente devuelve a empresa de factoring los gastos.
b) Según la financiación:
- Con anticipo de créditos: Empresa titular puede financiarse y decidir sobre todos los creditos lo que anticipa
- Sin anticipo de créditos: Créditos cedidos abonados cuando vencen, cliente no puede financiar.
Modelos de contrato tipo
Elementos necesarios para que sean válidos: Nombre del contrato, ciudad y fecha de celebración, identificación de los contratantes, estipulaciones, condiciones o cláusulas, conformidad, firma.
Contratación electrónica. Firma digital y certificados
Contrato hacerse Internet, menos de Derecho de familia y sucesiones (testamento, capitulaciones matrimoniales..)
Contratos hechos por un consumidor serán celebrados en el lugar en que tenga residencia habitual
Contratos entre empresarios/profesionales, seran en lugar donde este establecido el prestador de servicios
Obligaciones del prestador de servicios de Internet en la contratación electrónica:
- Antes de iniciar el procedimiento de contratación: Poner a disposición del usuario de forma clara la información sobre:
- Condiciones generales de contrato
- Trámites a seguir para celebrar contrato
- Si va a archivar el documento electrónico y si va a ser accesible
- Medios técnicos para identificar y corregir errores cuando ponga los datos antes de confirmar
- Lenguas en las que puede formalizar contrato
Se da por cumplida cuando el prestador de servicios pone la información en su página web.
Por móvil se cumple cuando se facilita el link para donde esta la información
- Después de haberse celebrado el contrato: Confirmar la aceptación por:
- Medio de un recibo por correo de donde haya señalado el contratante en las 24h posteriores a recepción
- Medio de un medio usado en el procedimiento de contratación
Las anteriores obligaciones no son necesarias cuando:
- Hay acuerdo entre ambas partes y ninguna es consumidor
- Contrato celebrado mediante intercambio de correo o similar.
Firma digital
Prestador de servicios de certificación: Persona física o jurídica expedidora de certificados electrónicos o de servicios de firma electrónica.
Firma electrónica se instrumenta mediante un sistema de “criptografía asimétrica”
Criptografía: Arte de cifrar y descifrar mensajes entre emisor y receptor.
Firma electrónica: Conjunto de datos de una persona electrónicamente, para usar como identificación del firmante.
Firma electrónica avanzada: Permite identificar al firmante y detectar cualquier cambio de datos firmados.
Firma electrónica reconocida: Firma electrónica avanzada que se basa en certificado reconocido, generada con dispositivo de creación de firma.
Documento electrónico: Cualquier información en forma electrónica archivado y susceptible de identificación.
Documento electrónico es soporte de:
- Documentos públicos: Firmados por funcionarios que pueden dar fe pública, judicial, notarial o administrativa.
- Documentos expedidos y firmados electrónicamente x funcionarios o empleados públicos
- Documentos privados
Prueba documental en juicio: Soporte en que se hallan datos firmados electrónicamente.
Certificado electrónico: Documento firmado por prestador de servicios de certificación que vincula datos de firmante y confirma identidad.
Certificados reconocidos: Documento expedido por prestador de servicios de certificación que cumple requisitos.
Datos certificados reconocidos:
- Indicación de que se expiden así.
- Código identificativo único.
- Identificación del prestador de servicios, que expide certificado, y su domicilio.
- Firma electrónica avanzada del prestador.
- Identificación del firmante (Personas físicas nombre y DNI - Jurídicas denominación social y codigo fiscal).
- Datos de verificación de firma.
- Comienzo y fin de período de validez de certificado.
- Límites de uso de certificado, si hay.
- Límites del valor de transacciones para las que se puede usar certificado, si hay.