Contratos Administrativos: Requisitos, Clases, Elementos y Fases Clave

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Requisitos del Contrato Administrativo

  • El Sujeto: Persona jurídica propia del Estado, Comunidades Autónomas, entidades públicas.
  • El Objeto: Es la organización de un servicio público o la realización de una prestación relacionada con fines públicos.
  • El Régimen Jurídico: Especial, regido por el Derecho Administrativo.
  • La Forma: Generalmente a través de un documento administrativo.
  • La Jurisdicción: Es la contencioso-administrativa.

Legislación Básica

Se mencionan las siguientes normas:

  • Ley 34/2010, de 5 de agosto.
  • Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
  • Texto Refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio.

Clases de Contratos

  • Contratos Administrativos:
    • Por su objeto directo (típicos): obras, suministros, gestión de servicios públicos, consultoría y asistencia, servicios y trabajos específicos.
    • Mixtos: Contienen elementos de varios tipos de contrato.
    • Especiales: Por declararlo una ley, por su vinculación al tráfico específico de la Administración contratante, por satisfacer una finalidad pública.
  • Contratos Privados: Los restantes (bienes inmuebles, préstamos, arrendamiento, transporte).

Elementos de los Contratos Administrativos

  • 1. Elemento Subjetivo: Los sujetos son:
    • La Administración: abarca dos aspectos (la capacidad de contratar y la competencia de los órganos de la Administración para celebrar los contratos).
    • El Contratista: Es la parte encargada de ejecutar la prestación. Los requisitos que deben cumplir los contratistas son:
      • Capacidad de obrar.
      • Solvencia económica, financiera y técnica.
      • Que no se hallen inhabilitados (por ejemplo, por suspensión de pagos, quiebra o concurso de acreedores, incumplimiento de obligaciones tributarias o de Seguridad Social, o por formar parte del personal al servicio de la Administración).
      • Que estén clasificados como contratistas del Estado (cuando sea exigible).
  • 2. Elemento Objetivo: El objeto debe ser determinado y tener un precio cierto.
  • 3. Elemento Causal: La causa se encuentra en el interés social; la necesidad pública ha de ser real, lícita y verdadera.
  • 4. Elemento Formal: Los contratos públicos se formalizarán en documento administrativo dentro del plazo de 30 días a contar desde la notificación de la adjudicación.

Requisitos para la Celebración de Contratos Administrativos

Los contratos de las Administraciones Públicas se ajustan a los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación. Los requisitos necesarios para celebrar los contratos administrativos son:

  • La competencia del órgano de contratación.
  • La capacidad del contratista adjudicatario.
  • La determinación del objeto del contrato.
  • La fijación del precio.
  • La existencia de crédito suficiente.
  • La tramitación del expediente.
  • La fiscalización previa de los actos relativos a los contratos.
  • La aprobación del gasto por el órgano competente.
  • Formalización del contrato.

Extinción de los Contratos Administrativos

Los contratos se extinguen por cumplimiento o por resolución. Las causas de resolución pueden ser, entre otras:

  • Muerte o incapacidad sobrevenida del contratista.
  • Quiebra o concurso de acreedores del contratista.
  • Mutuo acuerdo entre las partes.
  • Falta de prestación por parte del contratista.
  • Demora en el cumplimiento de los plazos.
  • Falta de pago por parte de la Administración (en ciertos casos).
  • Incumplimiento de las obligaciones contractuales.

Fases de la Contratación Pública

  • Actividades preparatorias.
  • Licitación y adjudicación.
  • Formalización del contrato.
  • Ejecución.
  • Extinción.

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