El Contrato Social en Locke: Naturaleza, Libertad y Gobierno
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Planteamiento Inicial
Locke, al igual que nosotros, se ha preguntado por qué hay que obedecer leyes con las que no estás de acuerdo. Estaba convencido de que Dios nos concedió el derecho a disfrutar de nuestra vida, libertad y bienes, y que nos hizo libres para defender todo del modo que nos pareciera más razonable; era un liberal. La convivencia sería complicada si cada cual defendiera sus derechos, aunque lo hiciera de buena fe. Locke llegó a la conclusión de que la mejor manera de mantener nuestra libertad era renunciar al poder de defender cada cual lo suyo y cederlo a la comunidad. Así nace una sociedad civil legítima, cuyo fin sería defender los derechos naturales de todos los asociados. Una vez que aceptamos eso, tenemos que acatar las decisiones que tome la mayoría.
Contexto Cultural y Filosófico
El Leviathan de Hobbes (1588-1679)
El punto de partida de la teoría política de Hobbes es una concepción egoísta de la naturaleza humana. Los motivos humanos fundamentales son el deseo de dominación y el temor a la muerte. La situación es una guerra de todos contra todos; el hombre natural es un lobo para el hombre. La razón enseña que tal situación de guerra implica más temores que esperanzas, ya que la muerte es un resultado más probable que la dominación. Para evitar la muerte, hay que sustituir la guerra por la paz, y así los hombres llegan a un acuerdo, pacto originario de la sociedad regido por principios.
Este pacto no es suficiente. Hay que establecer un contrato en que los hombres transfieran todos sus derechos y su poder a un soberano para que el pacto sea cumplido. Los súbditos renuncian a todos sus derechos y libertades en favor del soberano, que debe ser obedecido mientras mantenga la paz. El fin del contrato es evitar la anarquía, pero el resultado es el despotismo.
El "Contrato Social" de Rousseau (1712-1778)
Rousseau obtiene su concepto de naturaleza humana mediante la sustracción de lo que considera que el ser humano es cultural y adquirido, producto de la educación. Sus apetitos, no multiplicados por la imaginación, se limitan a las necesidades físicas y son saciados por la naturaleza. El hombre natural se rige por los sentimientos irreflexivos de la conservación y la piedad. No posee herramientas ni lenguaje articulado. El prójimo es a veces un rival, pero poco temible.
El hombre se hace social, desarrolla el lenguaje, se busca fuera de sí mismo, se hace dependiente de la opinión de los demás y de la riqueza. Así alcanza el estado de segunda naturaleza que nunca debió abandonar. Los verdaderos problemas comienzan con la propiedad privada, ya que cuando aparece esta, aparecen las desigualdades.
Ahora el hombre se encuentra en esa guerra de todos contra todos, cuando aquel buen salvaje de Rousseau se ha convertido en el lobo egoísta de Hobbes. Se hace necesario para la supervivencia un contrato entre los hombres.
Lo ideal sería poder regresar al estado de naturaleza, pero es imposible. Rousseau, en El Contrato Social, propone sentar las bases teóricas de un gobierno en el que se respeten la libertad e igualdad naturales en la medida de lo posible, teniendo en cuenta cómo son los hombres y cómo pueden ser las leyes. El fin principal del pacto es la consecución del Bien Común, y una de las premisas del contrato es que nadie debe renunciar a su libertad.
En el contrato ideal de Rousseau, todos ponen en común su persona y su poder bajo la suprema dirección de la voluntad general. Al estar en manos de todos, nadie podrá hacer uso de la fuerza si no es de acuerdo con los demás. El sujeto renuncia a utilizar sus derechos según su voluntad general.
Apuntes Biográficos
La vida de Locke estará vinculada a los avatares políticos de Lord Ashley, conde de Shaftesbury. Locke redacta su Ensayo sobre el entendimiento humano, también redacta la Carta sobre la tolerancia y los Dos tratados sobre el gobierno civil.
Los Dos tratados sobre el gobierno civil son la contribución de Locke a la Revolución Gloriosa. En el primer Tratado, Locke combate las ideas expuestas por Robert Filmer. Según Filmer, el poder de las monarquías hereditarias es un poder absoluto e inapelable. El deseo de libertad es considerado por Filmer como un sentimiento ateo. Es una crítica a la monarquía absolutista y tiene un ambiente fácil para la crítica.
El segundo tratado constituye la parte positiva de la teoría política de Locke. La herencia no puede ser aceptada como base legítima del poder político. Hobbes es el destinatario de las críticas de Locke.
Los hombres, que en estado de naturaleza nacen libres e iguales, no pueden ser gobernados, y el fin último de todo gobierno ha de ser garantizar el derecho a la vida, la libertad y los bienes de los individuos, que están legitimados a rebelarse contra un gobierno absolutista.
Naturaleza y Pacto Social en Locke
El hombre natural vive en familia y se rige por una serie de reglas dictadas por el orden moral natural. Estas leyes están presididas por las ideas de libertad e igualdad, y el derecho de cada cual a defenderse frente a quienes atenten contra su propiedad, entendida como el conjunto de su vida, su libertad y sus bienes.
Cada persona tiene conciencia de la ley natural, pero hay quienes no la respetan, por lo que existen medios legítimos para defendernos. El problema es que el derecho a la legítima defensa hace que cada cual tenga que ser su propio juez. Si la justicia exige imparcialidad, es necesario un juez imparcial que intervenga en nuestras disputas.
La finalidad del contrato es crear una autoridad adecuada para salvaguardar nuestros derechos naturales (la propiedad es uno de los más importantes). Los hombres ceden a los poderes legislativo y ejecutivo la autoridad para hacer cumplir las leyes que protegerán sus derechos naturales. La autoridad del soberano es limitada porque el gobierno forma parte del contrato. La garantía es que sólo serán válidas las leyes refrendadas por el voto de la mayoría.
La Doctrina del Consentimiento Tácito
El problema de la legitimidad del Estado se resuelve en las teorías del pacto social al considerar que hay un consentimiento expreso de las partes que suscriben el contrato. El modelo de Locke es una democracia liberal en la que los ciudadanos expresan mediante su voto el consentimiento. Locke recurre a la doctrina del consentimiento tácito.
Locke escribe que todo hombre que tenga alguna parte de los dominios de un gobierno otorga su consentimiento tácito y está obligado a obedecer las leyes de ese gobierno.
Regla de las Mayorías y División de Poderes
Locke señala que no renuncian a su libertad para pasar a una condición de servidumbre. Cada cual renuncia a sus poderes legislativos y ejecutivos en la forma en que le pertenecían en el estado de naturaleza. Los hombres hacen dejación de esos poderes con el fin de poder gozar con más seguridad de su libertad.
El pacto originario implica el consentimiento de los individuos de someterse a la voluntad de la mayoría. Locke es un partidario de la división de poderes dentro del Estado. Habla de poder legislativo, poder ejecutivo, y lo que llama poder federativo, que abarca las relaciones exteriores.
El poder legislativo es el poder supremo, pero está limitado: debe haber las mismas leyes para todos, esas leyes deben inspirarse sólo en el bien del pueblo, no debe establecer impuestos sin el consentimiento del pueblo, y no tiene capacidad de transferir el poder.
La Crítica a la Monarquía Absoluta
En las monarquías absolutas no se puede reclamar contra los atropellos del monarca. Locke afirma que la situación es peor que la del estado de naturaleza, porque al menos cada cual contaba con sus propias fuerzas para defender su derecho. Para Locke, el origen de la monarquía absoluta está en un remoto pasado en el que una comunidad confió el poder a una persona que lo ejerció con sabiduría, y lo hicieron sin adoptar precaución alguna.
El Derecho a la Insurgencia
Locke es el primer filósofo que ofrece una justificación teórica para la desobediencia civil. El derecho a la insurgencia de Locke implica una vuelta al proceso constituyente. Si los gobernantes traicionan al pueblo, tiene el derecho legítimo de establecer una nueva constitución y expulsar al gobernante.