Contrato de Trabajo: Requisitos, Modalidades y Obligaciones Legales Esenciales
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El Contrato de Trabajo y la Capacidad para Contratar
El contrato de trabajo es un acuerdo entre el empresario y el trabajador, mediante el cual el trabajador se compromete a prestar unos servicios y a someterse al poder de organización del empresario, a cambio de una remuneración.
Requisitos del Trabajador para Contratar
- Ser mayor de edad (18 años o más).
- Tener 16 o 17 años con autorización de los padres o tutores, o estar emancipado.
- Excepción: Menores de 16 años con permiso de la autoridad laboral, siempre que la actividad no suponga un peligro para su salud o desarrollo.
Requisitos del Empresario para Contratar
- Ser una persona jurídica.
- Ser una persona física.
- Ser una comunidad de bienes.
Aspectos Básicos del Contrato de Trabajo
Forma del Contrato
Los contratos de trabajo pueden ser escritos o verbales. Sin embargo, se exige que la mayoría de los contratos laborales se celebren por escrito, excepto:
- El contrato indefinido ordinario.
- El contrato eventual por circunstancias de la producción, a tiempo completo.
Elementos Esenciales del Contrato
Todo contrato de trabajo debe contener los siguientes elementos:
- Las partes: Identificación completa del trabajador y del empresario.
- Elementos temporales:
- Fecha de comienzo de la relación laboral.
- Duración del contrato (si es temporal).
- Duración y distribución de la jornada laboral.
- Lugar de trabajo.
- Categoría o grupo profesional del trabajador.
- Salario o remuneración.
- Vacaciones anuales.
- Plazos de preaviso para la extinción del contrato.
- Convenio colectivo aplicable.
Validez y Obligaciones del Contrato
El trabajador debe firmar el contrato para indicar su conformidad con la relación acordada.
El empresario tiene las siguientes obligaciones:
- Entregar una copia del contrato al trabajador.
- Entregar una copia básica a los representantes de los trabajadores (si los hay).
- Comunicar y entregar una copia del contrato en la Oficina de Empleo en un plazo máximo de 10 días desde su celebración.
Modalidades Contractuales
Existen diversas modalidades de contratos de trabajo, clasificadas principalmente en indefinidos y temporales:
Contratos Indefinidos
- Contrato indefinido ordinario.
- Contrato de fomento de la contratación indefinida.
- Contrato de trabajo indefinido.
- Contrato de trabajo fijo discontinuo.
Contrato de Relevo
- Contrato a tiempo parcial (asociado a la jubilación parcial).
Contratos Temporales
Contratos Formativos:
- Contrato para la formación y el aprendizaje.
- Contrato en prácticas.
Contratos por Tipo de Trabajo o Circunstancia:
- Contrato por obra o servicio determinado.
- Contrato de interinidad.
- Contrato eventual por circunstancias de la producción.
Tipos Específicos de Contratos Indefinidos
Contrato Indefinido Ordinario
Este tipo de contrato puede concertarse por escrito o de forma verbal, aunque se recomienda siempre la forma escrita para mayor seguridad jurídica.
Fomento de la Contratación Indefinida
Se conceden a las empresas bonificaciones en las cuotas que pagan a la Seguridad Social. Estas bonificaciones se aplican por contratar a determinados colectivos en situación de vulnerabilidad o con dificultades de inserción laboral, y por transformar en indefinidos contratos para la formación y el aprendizaje.
Contrato Indefinido de Apoyo a Emprendedores
Este contrato solo podía ser concertado por empresas con menos de 50 trabajadores. (Nota: Esta modalidad fue derogada en 2012, pero se mantiene el texto original según la instrucción de no eliminar contenido).
Características:
- Jornada: A tiempo completo y parcial.
- Forma: Por escrito.
- Duración: Periodo de prueba de 1 año.
- Incentivos: Podía compatibilizar incentivos fiscales.