El Contrato de Reaseguro: Funcionamiento, Contenido y Obligaciones

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El Reaseguro: Cobertura del Riesgo para Aseguradoras

El reaseguro es un tipo de seguro que cubre el riesgo que asumen las aseguradoras al firmar contratos de seguro directo con sus clientes. La Ley de Contrato de Seguro define el reaseguro como un contrato en el cual una parte (el reasegurador) se compromete a compensar el daño patrimonial sufrido por la otra parte (el reasegurado o asegurador directo) como resultado del pago de una indemnización derivada de un contrato de seguro (artículo 77 de la Ley de Contrato de Seguro).

Su objetivo principal es resarcir el daño patrimonial que experimenta el asegurador directo cuando ocurre el evento que lo obliga a indemnizar a su asegurado. Por lo tanto, se considera una modalidad de seguro dentro de los seguros de daños. El reaseguro tiene una función técnico-económica crucial, ya que permite a las entidades aseguradoras gestionar un mayor número de operaciones al fraccionar y distribuir los riesgos y las sumas aseguradas con otras entidades similares. Esto evita que sea técnicamente peligroso afrontar la totalidad de los riesgos cubiertos directamente a sus asegurados.

Contenido del Contrato de Reaseguro

La Ley de Contrato de Seguro contiene pocas normas específicas sobre el reaseguro. Esto se debe a que es un contrato celebrado entre aseguradores, es decir, entre profesionales del sector, que no requieren una regulación detallada ni una protección especial. Predomina el principio de autonomía de la voluntad; por lo tanto, estos contratos se rigen por los acuerdos entre las partes y, en su defecto, por el Derecho consuetudinario.

El reaseguro debe formalizarse por escrito en un documento firmado por ambos contratantes, denominado convenio o tratado (no póliza). Este documento generalmente incluye información sobre las partes, la naturaleza de los riesgos cubiertos, la modalidad de reaseguro, la participación del reasegurador y la parte del riesgo retenida por el cedente (asegurador directo), entre otros aspectos.

Obligaciones de las Partes

Obligaciones del Reasegurado

  • Ceder al reasegurador la parte de la prima correspondiente al riesgo asumido.
  • Permitir al reasegurador el acceso a su documentación.
  • Comunicar al reasegurador los reaseguros que contrate sobre el mismo riesgo, las modificaciones en el valor del interés y las condiciones del seguro directo.
  • Invertir las reservas técnicas.

Obligación del Reasegurador

La obligación principal del reasegurador surge cuando el crédito del asegurado contra su asegurador directo es líquido y exigible. Si el asegurador directo debe realizar pagos anticipados o mínimos a cuenta, el reasegurador también estará obligado en los mismos términos.

Su principal obligación es indemnizar al reasegurado por el daño patrimonial que este sufra al tener que indemnizar, como asegurador directo, los siniestros ocurridos.

Relación con el Asegurado Original

El asegurado original no tiene acción directa contra el reasegurador. Salvo pacto expreso en contrario, solo podrá dirigirse contra él si la compañía aseguradora con la que contrató el seguro entra en liquidación. En este caso, el asegurado tendrá un crédito privilegiado sobre el saldo acreedor de la cuenta del asegurador directo con sus reaseguradores.

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