Contrato en Prácticas: Requisitos, Duración y Extinción Legal
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Introducción al Contrato en Prácticas
El contrato en prácticas opera mediante un doble orden de elementos. Los primeros tienen una trascendencia institucional sobre el objeto de dicho contrato y el sujeto contratado, mientras que los segundos componentes presentan una caracterización condicional y temporal.
Características y Requisitos del Contrato en Prácticas
Perfiles Cualificados y Titulaciones
Abarca una amplia tipología de perfiles cualificados, pues se concierta con quienes posean:
- Un título universitario.
- Un título de formación profesional de grado medio o superior.
- Títulos oficialmente reconocidos como equivalentes según las leyes reguladoras del sistema educativo.
- Un certificado de profesionalidad de conformidad con su normativa especial.
Umbrales Temporales y Formalización
Se prevén dos umbrales temporales:
- El contrato en prácticas debe concertarse dentro de los cinco años siguientes a la terminación de los estudios.
- La norma prohíbe la contratación en prácticas en la misma o distinta empresa por tiempo superior a dos años sobre la misma base de la misma titulación o certificado de profesionalidad, para garantizar el nexo de funcionalidad formativa.
El contrato debe formalizarse obligatoriamente por escrito según modelo oficial, haciendo constar en su contenido:
- La titulación del trabajador.
- La duración del contrato.
- El puesto o puestos de trabajo a desempeñar.
Duración y Extinción del Contrato en Prácticas
Duración del Contrato
La duración del contrato en prácticas (CP) no puede ser inferior a seis meses ni exceder de dos años. Sin embargo, los convenios pueden determinar la duración contractual atendiendo a las características del sector.
Si los contratos se conciertan por una duración inferior a la máxima establecida, las partes pueden acordar hasta dos prórrogas, sin poder excederse de la duración máxima mencionada.
Paralelamente, el contrato en prácticas puede concertarse a jornada completa o a tiempo parcial.
Extinción del Contrato
El contrato se extingue por expiración del tiempo convenido.
Sin embargo, el vínculo se entiende prorrogado tácitamente como contrato ordinario indefinido si el trabajador continúa prestando sus servicios una vez agotada la duración máxima del contrato y sin mediar denuncia expresa. En este caso, se presume indefinido y además se entenderá celebrado a jornada completa.
Notificación y Certificación al Finalizar
Cuando el CP supera el año de duración, es preciso denunciar la terminación del mismo con una antelación mínima de quince días. Si el empresario incumple esta obligación, debe entonces indemnizar al trabajador.
Al terminar el contrato, el empresario debe entregar al trabajador un certificado donde conste:
- La duración de las prácticas.
- El puesto o puestos desempeñados.
- Las principales tareas realizadas.