Contrato de trabajo y obligaciones laborales

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Contrato de trabajo

Hay contrato de trabajo con la persona que presta habitualmente servicios remunerados en su propio domicilio, sola o con la ayuda de miembros de su familia por cuenta de un empleador.

Elementos esenciales del contrato de trabajo

  • Subordinación
  • Remuneración
  • Actividad personal del trabajador

Elementos del contrato de trabajo

La capacidad, el consentimiento, el objeto y la causa lícita son elementos esenciales de todo acuerdo de voluntades.

Obligaciones del empleador

  1. Poner a disposición de los trabajadores los instrumentos y materias primas necesarias.
  2. Procurar elementos de protección y seguridad.
  3. Pagar la remuneración pactada.

Obligaciones especiales del trabajador

  1. Conservar los instrumentos facilitados.
  2. Guardar la moral en las relaciones laborales.
  3. Comunicar observaciones para evitar daños.

Prohibiciones a los empleadores

  • No obligar a comprar mercancías en establecimientos propios.
  • No limitar el derecho de asociación de los trabajadores.
  • No permitir propaganda política en los sitios de trabajo.

Salarios

Elementos integrantes del salario

El salario incluye la remuneración ordinaria, primas, bonificaciones, entre otros conceptos.

Viáticos

Los viáticos permanentes constituyen salario en parte destinada a manutención y alojamiento.

Prestaciones sociales

Son dineros adicionales al salario que el empleador debe reconocer al trabajador por sus servicios prestados.

Prima de servicios

La prima de servicios se paga en dos partes durante el año.

Cesantías

El trabajador tiene derecho a un salario mensual por cada año de trabajo por concepto de auxilio de cesantías.

Liquidación de las cesantías

Se toma como base el último salario mensual devengado por el trabajador para liquidar las cesantías.

Dotación

El empleador debe suministrar dotación cada cuatro meses a los empleados que devenguen hasta dos salarios mínimos.

Vacaciones

Corresponden a 15 días hábiles de descanso remunerado por cada año trabajado.

Jornada laboral

Jornada ordinaria

La jornada ordinaria es la acordada por las partes o la máxima legal.

Trabajo suplementario

Es el que excede de la jornada ordinaria o de la máxima legal.

Trabajo ordinario y nocturno

El trabajo diurno y nocturno se define por el horario en que se realiza.

Edad mínima y asociación

Edad mínima para trabajar

Los menores de catorce años no pueden trabajar en empresas industriales. Los menores de dieciocho años tienen restricciones laborales.

Derechos de asociación

Empleadores y trabajadores tienen derecho a asociarse libremente en defensa de sus intereses.

Protección del derecho de asociación

Atentar contra el derecho de asociación sindical está prohibido y su violación conlleva sanciones.

Sindicatos de trabajadores

Se clasifican en sindicatos de empresa, de industria, gremiales y de oficios varios.

Número mínimo de afiliados

Todo sindicato de trabajadores necesita un mínimo de veinticinco afiliados para constituirse o subsistir.

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