Contrato Ley y Contrato Colectivo: Diferencias, Elementos y Normativa Aplicable
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Diferencias entre Contrato Ley y Contrato Colectivo
El contrato ley y el contrato colectivo son dos figuras jurídicas importantes en el ámbito laboral mexicano. A continuación, se detallan sus características y diferencias:
Definición de Contrato Ley
Según el Artículo 404 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el contrato ley es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con el objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una rama determinada de la industria. Este contrato es declarado obligatorio en una o varias Entidades Federativas, en una o varias zonas económicas que abarquen una o más de dichas Entidades, o en todo el territorio nacional.
Diferencias Clave
Existen varias diferencias entre estos dos tipos de contratos de trabajo, entre ellas:
- Duración:
- El contrato colectivo puede ser por tiempo indeterminado o por obra determinada.
- El contrato ley es por tiempo determinado, no mayor a dos años.
- Solicitud:
- El contrato colectivo se solicita al patrón.
- El contrato ley se solicita ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el Gobernador o el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México.
- Publicación:
- El contrato colectivo se deposita ante la Junta de Conciliación y Arbitraje.
- El contrato ley se publica en el Diario Oficial de la Federación.
Elementos del Contrato Ley
El contrato ley debe contener los siguientes elementos:
- Identificación de las Partes: Nombres y domicilios de los sindicatos de trabajadores y patrones que asistieron a la convención.
- Ámbito de Aplicación: Especificación de la entidad o entidades federativas, zonas económicas o si aplica a todo el territorio nacional.
- Duración: Tiempo de vigencia, que no debe ser mayor a dos años.
- Condiciones de Trabajo: Especificaciones de las condiciones de trabajo para los empleados de la industria, siguiendo lo establecido en el artículo 391 de la LFT (fracciones IV, V, VI y IX).
- Capacitación y Adiestramiento: Normas para formular y llevar a cabo planes de capacitación y adiestramiento del personal en esa rama de la industria.
Reglamento Interior de Trabajo
Según el Artículo 422 de la LFT, el reglamento interior de trabajo es el conjunto de disposiciones obligatorias para trabajadores y patrones en el desarrollo de los trabajos en una empresa o establecimiento.
No son materia del reglamento las normas de orden técnico y administrativo que formulen directamente las empresas para la ejecución de los trabajos.