Contrato de Trabajo: Elementos, Tipos, Duración y Regulación Legal
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Contrato de Trabajo: Aspectos Clave y Normativa
El contrato de trabajo es un acuerdo voluntario establecido en el marco de la ley y los convenios colectivos al que llegan el trabajador y el empresario. El trabajador se compromete a realizar unos servicios a cambio de una retribución, siempre por cuenta y riesgo del empresario.
Capacidad para Contratar
La capacidad para contratar se refiere a la capacidad de obrar, la cual está influenciada por la edad y la nacionalidad.
Trabajador
Persona física que sea:
- Mayor de 18 años.
- Menor de 18 años emancipado.
- Mayor de 16 y menor de 18 años, y que sea independiente o con autorización de padres o tutores.
- Extranjeros, de acuerdo con las leyes.
Empresario
Persona física o jurídica, o comunidad de bienes:
- Mayor de 18 años.
- Mayor de 18 años mediante representante.
- Mayor de 16 y menor de 18 años que sea independiente o con autorización de padres o tutores.
Elementos Esenciales del Contrato
- Consentimiento: Acuerdo libre entre las partes, sin dolo, error, violencia o intimidación.
- Objeto: Actividad que realiza el trabajador.
- Causa: Cesión de frutos a cambio de remuneración.
Forma y Contenido del Contrato
Forma
Puede ser:
- Verbal.
- Tácita (ni oral ni escrita).
- Por escrito (será siempre por escrito cuando lo diga la ley o cuando lo pida una de las partes).
Contenido Mínimo
Debe incluir:
- Lugar y fecha.
- Identificación y categoría del puesto.
- Lugar de trabajo.
- Tiempo de trabajo.
- Duración del contrato.
- Retribución.
- Vacaciones.
- Preaviso.
- Convenio colectivo aplicable.
- Cláusulas.
- Firmas.
Cláusulas Adicionales
Se pueden incluir cláusulas como:
- Confidencialidad.
- No competencia.
- Competencia desleal.
- Permanencia.
- Dedicación plena.
Periodo de Prueba
Duración
- Técnicos titulados: 6 meses máximo.
- Empresas con más de 25 trabajadores: 2 meses máximo.
- Empresas con menos de 25 trabajadores: 3 meses máximo.
- Contrato en prácticas: Grado Medio (GM) - 1 mes; Grado Superior (GS) - 2 meses.
Importante:
- No caben dos periodos de prueba en la misma empresa para el mismo puesto.
- Se interrumpe el periodo de prueba por: maternidad, adopción, acogimiento e incapacidad temporal.
- Se puede finalizar el contrato sin previo aviso por el trabajador o el empresario durante este periodo.
Duración del Contrato
- Indefinidos: Ordinario, 45 días por año trabajado (d/a), Fomento de la contratación indefinida, 33 d/a.
- Duración determinada: Por obra o servicio, por circunstancias de la producción, interinidad, formación, prácticas, relevo, sustitución por jubilación.
Se presumirá indefinido si el empresario:
- No da de alta al trabajador en la Seguridad Social.
- No formaliza el contrato por escrito.
- Comete un fraude de ley.
Actividades Excluidas del Derecho Laboral
- Funcionarios públicos.
- Prestaciones personales obligatorias.
- Trabajos a título de amistad.
- Consejeros de sociedades.
- Trabajos familiares.
- Actividad de los comisionistas.
Relaciones Laborales Especiales
- Alta dirección.
- Empleados del hogar.
- Deportistas.
- Artistas.
- Penados en instituciones penitenciarias.
- Estibadores portuarios.
- Representantes de comercio.
Obligaciones del Empresario
- Comunicar al INEM (Servicio Público de Empleo Estatal, SEPE) los contratos realizados y sus prórrogas en un plazo de 10 días, incluyendo una copia básica para los representantes legales de los trabajadores.
- Informar a los representantes legales de los contratos realizados y sus prórrogas, con copia básica, en un plazo de 10 días.
Estos trámites se podrán realizar a través de medios telemáticos.