Contrato de trabajo: elementos esenciales, características y modalidades de contratación
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El contrato de trabajo
Definición: El contrato de trabajo es el acuerdo entre dos partes por el que una de ellas, la persona trabajadora, se compromete a prestar determinados servicios por cuenta ajena bajo la dirección y organización de la empresa.
1.2 Elementos esenciales del contrato laboral
Elementos básicos del contrato:
- Consentimiento: mutuo acuerdo entre ambas partes.
- Objeto: la actividad retribuida que realiza la persona trabajadora.
- Causa: el motivo de celebración del contrato.
1.3 Características del contrato fijo
A. La forma del contrato
El contrato puede formalizarse por escrito o de palabra. Solo puede ser verbal en los contratos indefinidos ordinarios a jornada completa.
B. El contenido mínimo del contrato de trabajo
Entre las cláusulas que pueden incluirse se encuentran:
- Confidencialidad: protección de información reservada.
- Pacto de no competencia poscontractual: limitación para realizar el mismo trabajo tras la finalización del contrato.
- Pacto de dedicación exclusiva.
- Pacto de permanencia.
C. Duración del contrato de trabajo
La duración puede ser indefinida o temporal.
1.4 El periodo de prueba
El periodo de prueba se debe pactar por escrito en el contrato de trabajo.
Duración del periodo de prueba:
- Técnicos: 6 meses.
- Resto de casos: 2 meses máximo.
- Empresas de menos de 25 trabajadores: no más de 3 meses.
- Contratos temporales de hasta 6 meses: no más de 1 mes de prueba.
Derechos: La persona en periodo de prueba tiene los mismos derechos laborales que el resto de la plantilla en lo relativo a prestaciones y protección.
Límites: No se puede repetir el periodo de prueba en la misma empresa para el mismo puesto.
Preaviso: Cualquiera de las partes puede finalizar el contrato durante el periodo de prueba, respetando el preaviso pactado si procede.
Características generales del contrato de trabajo
Formas de contratación:
- Escrita: cuando así lo exija una disposición legal.
- De palabra: solo para el contrato ordinario a jornada completa, según lo indicado.
Duración del trabajo:
- Indefinido: no tiene fecha de finalización fija.
- Temporal: se pacta la duración del trabajo.
Periodo de prueba: Solo existirá si se pacta por escrito en el contrato de trabajo. Solo puede aplicarse una vez para una misma empresa.
3. Otras formas de contratación
3.1 Empresas de trabajo temporal (ETT)
Definición: Es aquella cuya actividad consiste en poner a disposición de otra empresa personas trabajadoras para que sean cedidas con carácter temporal.
Características de las ETT:
- ¿Qué contratos pueden usar? Contratos temporales de duración predeterminada y contratos formativos.
- Limitaciones para la contratación por ETT: No se pueden hacer contratos para ceder trabajadores en actividades peligrosas. Tampoco se puede contratar para sustituir a personas en huelga.
- ¿Quién ejerce el poder de dirección, organización y sancionador?
- Poder sancionador: ETT.
- Dirección y organización: Empresa usuaria.
- ¿Qué retribución corresponde a la persona trabajadora cedida? La misma retribución que corresponda en las condiciones aplicables.
3.2 Contratas y subcontratas
Externalización: Una empresa contrata o subcontrata a otra para la ejecución de una actividad que tradicionalmente venía desempeñando por sí misma. Para la ejecución de las contratas se suele utilizar un contrato fijo discontinuo.