Contrato de Trabajo: Definición, Firmantes y Elementos Esenciales
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Contrato de Trabajo
El contrato de trabajo es un acuerdo entre el empresario y el trabajador, mediante el cual el trabajador se compromete voluntariamente a prestar unos servicios y someterse al poder de organización y dirección del empresario, a cambio de una remuneración que debe recibir independientemente de la buena marcha de la empresa.
¿Quién firma el contrato de trabajo?
El contrato de trabajo es firmado por el trabajador y por el empresario o representante legal de la empresa.
Para ser trabajador y poder firmar un contrato de trabajo es necesario ser persona física y cumplir algunos de los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad
- Tener 16 o 17 años y contar con la autorización de los padres
- Estar emancipado
Una vez que el menor obtiene la autorización de sus padres o tutores, el resto de las decisiones sobre la relación laboral pueden ser tomadas por el mismo.
La forma del contrato
El contrato puede ser escrito o verbal. El empresario debe informar por escrito al trabajador en el plazo de dos meses desde la fecha de comienzo de la relación laboral.
Persona física y persona jurídica
Persona física: sujeto con derechos y obligaciones. Todos nosotros somos personas físicas.
Persona jurídica: una sociedad anónima o una sociedad limitada son personas jurídicas.
Elementos esenciales del contrato
- Identificación del trabajador y del empresario
- Fecha de comienzo de la relación laboral
- Distribución de la jornada ordinaria de trabajo
- Domicilio social
- Centro de trabajo
- Categoría o grupo profesional
- Salario base inicial
- Complementos salariales
- Periodicidad de su pago (semanas, quincenas, meses, días)
- Duración
- Plazos para poner fin al contrato
- Identificación del convenio aplicable a la relación laboral
Validez del contrato
El trabajador debe firmar el contrato de trabajo para indicar que está conforme con la relación acordada. No obstante, si hubiera alguna cláusula abusiva, no perjudicará al trabajador y se considerará como no puesta.
Copias del contrato: el empresario tiene las siguientes obligaciones:
- Entregar una copia del contrato al trabajador
- Entregar una copia básica a los representantes
- Comunicar y entregar en la oficina de empleo en el plazo de 10 días hábiles
Modalidades contractuales
El contrato de trabajo puede concertarse por tiempo indefinido o por una duración determinada.
Contratos indefinidos: contrato indefinido ordinario, fomento de la contratación indefinida, contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores, contrato de trabajo fijo discontinuo, trabajos de temporada.
Contrato de relevo
Contrato a tiempo parcial
Contratos temporales: formativos, contrato para la formación y el aprendizaje, contrato en prácticas, por el tipo de trabajo realizado, contrato de obra y servicio determinado, contrato de interinidad, contrato eventual por circunstancias de la producción.