**Contrato de Trabajo: Conceptos Clave y Modalidades**

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Concepto de Contrato de Trabajo

Un contrato de trabajo es un acuerdo en el que un trabajador se compromete, de forma personal y voluntaria, a realizar una actividad laboral para un empleador, bajo su dirección y dependencia, a cambio de una retribución.

Objeto del Contrato

El objeto del contrato, es decir, la actividad laboral a realizar, debe ser:

  • **Legal:** Debe estar dentro del marco de la ley.
  • **Posible:** Debe ser factible de realizar.

Capacidad para Trabajar

La capacidad para trabajar se refiere a la posibilidad legal de una persona para realizar una actividad laboral. En España, la capacidad para trabajar se rige por las siguientes normas:

  • **Mayores de 18 años:** Capacidad plena para trabajar.
  • **Entre 16 y 18 años:** Capacidad parcial, con algunas restricciones.
  • **Menores de 16 años:** Solo permitido en espectáculos públicos con autorización.
  • **Extranjeros extracomunitarios:** Requiere permiso de trabajo y residencia.
  • **Extranjeros comunitarios:** Sujeto a las reglas de edad del país.
  • **Trabajadores transfronterizos:** Requiere permiso de trabajo.

Capacidad para Contratar

La capacidad para contratar se refiere a la posibilidad legal de una persona para firmar un contrato de trabajo. En España, la capacidad para contratar se rige por las siguientes normas:

  • **Mayores de edad y personas emancipadas:** Pueden firmar contratos sin restricciones.
  • **Mayores de 16 años:** Pueden firmar contratos con el consentimiento de sus padres o tutores legales.
  • **Menores de 16 años:** Requiere autorización de sus tutores legales.

Contratos Verbales

Los siguientes tipos de contratos pueden realizarse de forma verbal:

  • **Contratos indefinidos ordinarios a jornada completa.**
  • **Contratos por Circunstancias Eventuales de la Producción con duración inferior a 4 semanas.**

Periodo de Prueba

Durante el periodo de prueba, el trabajador tiene los mismos derechos que cualquier otro trabajador, excepto aquellos que originan una extinción del contrato por despido.

Contrato de Fomento del Emprendedor

Para poder realizar un contrato de Fomento del Emprendedor, la empresa debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • No tener deudas con la Seguridad Social ni con Hacienda.
  • No haber realizado despidos improcedentes en los últimos 6 meses.
  • Mantener los puestos de trabajo creados durante al menos 3 años.
  • Tener menos de 49 trabajadores.

Duración de Contratos Temporales

  • **Contrato de Circunstancias Eventuales de la Producción:** Duración máxima de 6 meses en un periodo de 12 meses, ampliable por convenio.
  • **Contrato de Obra o Servicio:** Duración máxima de 3 años, ampliable 1 año más (en este caso, el trabajador pasa a ser indefinido).

Contrato por Obra o Servicio Determinado

La duración de este contrato es la que dure la obra o servicio, con un máximo de 3 años, ampliable 1 año más. Al finalizar, el trabajador tiene derecho a una indemnización de 12 días de salario por año trabajado.

Contrato de Interinidad

Este contrato se utiliza para sustituir a trabajadores con derecho a reserva de puesto de trabajo durante su ausencia o mientras la empresa realiza un proceso de selección de personal. La duración máxima es la del tiempo de ausencia del trabajador sustituido o de 3 meses en caso de selección de personal.

Trabajador Desplazado

Desplazamiento Temporal

Si el desplazamiento es temporal, el trabajador tiene derecho a:

  • Ser informado con al menos 5 días de antelación si el desplazamiento es inferior a 3 meses.
  • Percibir gastos de desplazamiento y dietas.
  • 4 días de permiso retribuido por cada 3 meses desplazado.
  • Impugnar la decisión empresarial en un plazo de 20 días.

Desplazamiento Definitivo

Si el desplazamiento es definitivo, el trabajador tiene derecho a:

  • Ser informado con 30 días de antelación.
  • Aceptar o rechazar el desplazamiento.
  • Indemnización de 20 días de salario por año trabajado si rechaza el desplazamiento.

Suspensión del Contrato por Incapacidad Temporal

Causas

  • Enfermedades comunes o profesionales.
  • Accidentes laborales o no laborales.
  • Periodos de observación de enfermedad profesional.

Duración Máxima

  • Accidente o enfermedad: 1 año, prorrogable por 6 meses.
  • Periodo de observación de enfermedad profesional: 6 meses, prorrogable por 6 meses.

Prestaciones

  • Enfermedad común y accidente no laboral: 60% de la base reguladora del día 4 al 20, 75% a partir del día 21.
  • Accidente de trabajo, enfermedad profesional o baja por observación de enfermedad profesional: 75% de la base reguladora desde el inicio.

Cierre Patronal

Un cierre patronal puede producirse por las siguientes causas:

  • Peligro de violencia o daños graves.
  • Ocupación ilegal del centro de trabajo.
  • Inasistencias o irregularidades que impidan la producción.

Suspensión del Contrato por Maternidad

Duración

La duración general es de 16 semanas ininterrumpidas, ampliable en caso de parto múltiple o hijo con discapacidad.

Prestación

La prestación económica es del 100% de la base reguladora. En caso de parto múltiple, adopción o acogimiento, se concede un subsidio especial por cada hijo a partir del segundo.

Excedencia Voluntaria

La excedencia voluntaria es una suspensión del contrato a petición del trabajador con al menos un año de antigüedad en la empresa. El trabajador no está obligado a explicar los motivos. La duración mínima es de 6 meses y la máxima de 5 años, pudiéndose solicitar 2 veces con un intervalo de 4 años entre ellas. El trabajador no tiene derecho a reserva de puesto de trabajo, salvo acuerdo en convenio.

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