Contrato de Compraventa: Fundamentos, Obligaciones y Extinción Legal

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Tipos de Contrato de Compraventa

Compraventa Mercantil

  • Mercantil: Compraventa de bienes muebles para revenderlos, bien en la misma forma en que se compraron, con ánimo de lucrarse con la reventa.

Compraventa No Mercantil

  • No Mercantil:
  • Productos para el consumo del comprador.
  • Reventa realizada por una persona no comerciante.
  • Objetos fabricados por artesanos en sus talleres.
  • Venta de cosechas o ganado por agricultores y ganaderos.

Obligaciones Derivadas del Contrato de Compraventa

Obligaciones del Vendedor

  • Conservar y custodiar la cosa vendida en perfecto estado.
  • Entregar la cosa vendida en el tiempo y lugar pactados.
  • Pagar los gastos que genere la entrega.
  • Garantizar el saneamiento por evicción.
  • Garantizar que no existen vicios ocultos.

Obligaciones del Comprador

  • Pagar el precio en el tiempo y lugar fijados.
  • Asumir los gastos de transporte.
  • Pagar los intereses del precio (si aplica).
  • Recibir la mercancía comprada.

Contrato de Compraventa de Bienes Muebles a Plazos

Es el contrato mediante el cual una de las partes entrega a la otra una cosa mueble y esta se obliga a pagar por ella un precio cierto de forma total o parcialmente aplazada en un tiempo superior a 3 meses.

Requisitos y Cláusulas Específicas

  • Para que este contrato sea válido, debe formalizarse por escrito.
  • Se puede pactar el pago de intereses por aplazamiento.
  • En los contratos de venta a plazos se pueden incluir las siguientes cláusulas:
    • Reserva de dominio: La propiedad no pasa al comprador, pero sí el uso, hasta que no finalice el pago de todos los plazos.
    • Prohibición de disponer: El comprador no puede transmitir, disponer o embargar la cosa objeto del contrato hasta que no haya pagado totalmente el precio.

Extinción de los Contratos

  • Cumplimiento: Consiste en la realización de las prestaciones acordadas por los contratantes.
  • Rescisión: Una de las partes puede pedir la extinción de un contrato cuando sufra una lesión en sus intereses, lo que puede implicar la devolución de las mercancías.
  • Novación: Consiste en reemplazar un contrato por otro, sustituyendo una obligación antigua por otra nueva que extingue o modifica la anterior.
  • Compensación: Ocurre cuando los contratantes son a la vez deudores y acreedores recíprocamente.
  • Condonación: Supone el perdón de la deuda.

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