Contrato de Compraventa: Fundamentos Legales y Tipos en Derecho Civil y Mercantil
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El Contrato de Compraventa: Definición y Distinciones
El contrato de compraventa es un acuerdo fundamental en el derecho, mediante el cual las partes se obligan recíprocamente a lo siguiente:
- Vendedor: Se obliga a entregar una cosa determinada.
- Comprador: Se obliga a entregar una cantidad de dinero o un equivalente (como un cheque o pagaré) como precio por la cosa.
Contrato Mercantil vs. Contrato Civil
La distinción entre un contrato mercantil y uno civil es crucial para determinar la normativa aplicable:
- Contrato Mercantil: Se configura cuando se adquiere una cosa con la intención de revenderla y obtener un beneficio (lucro).
- Contrato Civil: Se establece cuando se adquiere una cosa sin la intención de venderla a un tercero.
Un ejemplo clave de esta distinción se encuentra en el Artículo 326 del Código de Comercio, que establece que la venta de productos de ganadería, agricultura o artesanías, realizadas directamente por productores o artesanos, se considera una compraventa civil, a menos que el comprador las adquiera con ánimo de lucro para su reventa.
Normativa Reguladora de los Contratos de Compraventa
La regulación de los contratos de compraventa varía según su naturaleza (civil o mercantil):
Fuentes del Derecho para Contratos Civiles:
- Código Civil: Es el cuerpo legal principal que regula las relaciones jurídicas entre particulares, incluyendo la compraventa civil.
- Leyes Especiales: Normativas específicas que complementan o modifican el Código Civil para ciertos tipos de compraventa.
- Costumbres o Usos Civiles: Prácticas reiteradas y aceptadas en el ámbito civil.
- Principios Generales del Derecho: Fundamentos éticos y lógicos que inspiran el ordenamiento jurídico.
Fuentes del Derecho para Contratos Mercantiles:
- Código de Comercio: Es el cuerpo legal principal que regula los actos de comercio y las relaciones entre comerciantes y empresarios.
- Leyes Especiales: Normativas específicas que complementan o modifican el Código de Comercio para ciertos tipos de compraventa mercantil (ej. Ley de Venta a Plazos de Bienes Muebles).
- Código Civil: Se aplica de forma supletoria en todo aquello no previsto por el Código de Comercio o las leyes especiales mercantiles.
- Costumbres o Usos Mercantiles: Prácticas reiteradas y aceptadas en el ámbito comercial.
- Principios Generales del Derecho: Fundamentos éticos y lógicos que inspiran el ordenamiento jurídico.
Características Esenciales del Contrato de Compraventa
El contrato de compraventa posee las siguientes características fundamentales:
- Bilateral: Intervienen dos partes principales (personas físicas y/o jurídicas), cada una con obligaciones recíprocas.
- Vendedor: Cobra el precio y entrega la cosa.
- Comprador: Paga el precio y recibe la cosa.
- Oneroso: Ambas partes obtienen un beneficio y asumen una carga económica. El vendedor entrega la cosa y el comprador entrega dinero o un equivalente.
- Consensual: Se perfecciona por el mero consentimiento de ambas partes, quienes están de acuerdo en lo pactado, sin necesidad de una forma específica para su validez (salvo excepciones legales).
Elementos del Contrato de Compraventa
Los elementos del contrato son aquellos factores esenciales que, al intervenir en el acto de voluntad de contratar, dotan al acuerdo de personalidad jurídica y validez.
1. Elementos Personales
Se refieren a las personas que libremente suscriben el acuerdo:
- Vendedor: Persona con capacidad civil de obrar que entrega el bien y cobra un precio.
- Comprador: Persona con capacidad civil de obrar que recibe el bien y paga un precio.
2. Elementos Reales
Se refieren al objeto del contrato y al precio:
- Bien: La cosa objeto de la compraventa (ej. un inmueble comprado con el único fin de revenderlo en el ámbito mercantil).
- Precio: Debe ser cierto y determinado (o determinable) en dinero o signo que lo represente.
- Condiciones de Venta: Incluyen el plazo, lugar y forma de entrega del bien y pago del precio.
3. Elementos Formales
Se refieren a la forma en la que se representa el acuerdo, ya sea oral o escrito.
- Aunque la compraventa es generalmente consensual y no requiere una forma específica, algunos contratos son obligatoriamente por escrito para su validez o prueba, como la compraventa a plazos, los contratos de suministros y la franquicia.
Obligaciones de las Partes en la Compraventa
Obligaciones del Vendedor:
- Mercancía: Custodiarla y conservarla hasta el momento de su entrega al comprador.
- Entrega: Realizarla en perfecto estado y según las estipulaciones de entrega establecidas en el contrato.
- Garantía: Responder legalmente de la propiedad y posesión legal del bien vendido, así como de los vicios ocultos.
Obligaciones del Comprador:
- Recepción de la Mercancía: Hacerse cargo de ella. El comprador puede negarse a recibirla si no se ajusta a lo acordado o presenta desperfectos.
- Pago: Realizarlo en el tiempo, forma y lugar acordados. El retraso en el pago genera intereses a favor del vendedor.
Perfeccionamiento del Contrato
El perfeccionamiento del contrato es el momento en que este comienza a generar derechos y obligaciones para las partes, es decir, cuando surte efecto legal.
- Contrato Escrito: Se perfecciona generalmente cuando se firma el documento por todas las partes.
- Contrato Verbal: Se perfecciona por el mero consentimiento, aunque su prueba puede ser más compleja y, en algunos casos, se requiere la presencia de testigos.
Extinción del Contrato
La extinción del contrato se produce cuando este deja de tener efectos y desaparecen las obligaciones y derechos que genera. Las causas comunes de extinción incluyen:
- Cumplimiento de los compromisos por ambas partes.
- Pérdida de la cosa debida por causas ajenas al vendedor (riesgos).
- Condonación (perdón de la deuda).
- Confusión de los derechos de acreedor y deudor en una misma persona.
- Compensación de deudas.
- Novación (sustitución de una obligación por otra nueva).
- Mutuo disenso (acuerdo de ambas partes para dar por terminado el contrato).
- Resolución por incumplimiento de una de las partes.
Otros Contratos Relacionados con la Compraventa
Existen diversas modalidades contractuales que comparten similitudes o derivan de la compraventa, o que son relevantes en el ámbito comercial:
- Contrato de Suministros: Debe ser por escrito y está regulado por el Código de Comercio y la Ley de Condiciones Generales de la Contratación.
- Compraventa a Plazos: Debe ser por escrito y se rige por la Ley de Venta a Plazos de Bienes Muebles.
- Leasing (Arrendamiento Financiero): Contrato de arrendamiento financiero con opción a compra al finalizar el plazo.
- Franquicia: Debe ser por escrito. Se considera un contrato de distribución y está regulado por la Ley de Ordenación del Comercio Minorista.
- Contratos por Internet (Comercio Electrónico): Regulados principalmente por la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico.
- Consignación Mercantil: Implica la transmisión de la disponibilidad de bienes para su venta por cuenta ajena, sin transmitir la propiedad inicialmente.
- Venta sobre Catálogo o Muestra: Solo se acepta la mercancía que se identifica plenamente con la muestra o catálogo presentado.
- Venta Internacional: Se rige por las leyes de más de un país, a menudo bajo los principios de la Lex Mercatoria Internacional o convenios internacionales como la Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías.
Estructura Básica de un Contrato Típico
Aunque cada contrato tiene sus particularidades, la mayoría de los documentos contractuales suelen seguir una estructura común:
- Lugar y Fecha: Indicación del sitio y momento de la celebración del contrato.
- Reunidos: Identificación de las partes que comparecen (ej. persona física).
- Intervienen: Detalle de las personas físicas y/o jurídicas que actúan en el contrato, con sus datos de identificación y representación.
- Manifiestan: Declaración de la voluntad de las partes y los antecedentes que motivan el contrato.
- Cláusulas: El cuerpo principal del contrato, donde se detallan los derechos y obligaciones de cada parte, el objeto, el precio, las condiciones, etc.
- Cierre: Apartado final que incluye la firma de las partes, anexos si los hubiera, y la ratificación del contenido.