Contrato de Compraventa: Definición, Características y Obligaciones Legales

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Concepto del Contrato de Compraventa

El concepto del contrato de compraventa se recoge en el artículo 1445 del Código Civil. Se caracteriza como aquel por el que una persona (vendedor) se obliga a entregar una cosa determinada a otra (comprador), y este se obliga a pagar por ella un precio cierto en dinero o signo que lo represente.

Características Principales

El contrato de compraventa es un contrato consensual, bilateral, oneroso, normalmente conmutativo y traslativo del dominio:

  • Consensual: Su perfección se produce por el solo acuerdo o conformidad entre los contratantes.
  • Bilateral: Produce obligaciones recíprocas para ambos contratantes.
  • Oneroso: Supone una equivalencia de prestaciones entre comprador y vendedor.
  • Traslativo del dominio: Sirve de título para transmitir el dominio, siendo necesario que, junto a ese título, se produzca el modo o entrega de la cosa.

Elementos del Contrato

En la estructura de todo contrato existen elementos personales (las partes), elementos reales (el objeto) y elementos formales (los requisitos de forma necesarios para su validez).

Elementos Personales

Comprador y vendedor deben tener capacidad de obrar suficiente; de lo contrario, el contrato podría ser anulable. Se deben considerar las situaciones de menores emancipados y las prohibiciones especiales que recaen sobre ciertas personas.

Elementos Reales

  • Precio: Suma de dinero que el comprador se obliga a entregar. Debe ser dinero de curso legal (o signo que lo represente), verdadero, no irrisorio, cierto, determinado o determinable.
  • Cosa vendida: Pueden ser objeto del contrato tanto cosas corporales como incorporales. Debe ser real, posible, determinada y de lícito comercio.
  • Arras: Cantidad de dinero que una de las partes entrega a la otra al contratar y que cumple diferentes funciones.

Elementos Formales

La compraventa será válida y obligatoria en cualquiera de las formas en que haya sido concluida: verbal, documento privado o documento público. En caso de compraventa de inmuebles, cualquiera de las partes podrá compeler a la otra a otorgar escritura pública.

Obligaciones de las Partes

Obligaciones del Vendedor

  1. Entrega y conservación: Debe entregar la cosa y conservarla hasta dicho momento. Responde por la pérdida o deterioro debido a su culpa. La entrega puede ser material, simbólica o documental. El vendedor no está obligado a entregar si el comprador no ha pagado, salvo pacto de pago aplazado.
  2. Saneamiento: El vendedor debe asegurar la posesión pacífica y útil de la cosa. Si no es así, debe indemnizar daños y perjuicios. Existen dos tipos:
    • Saneamiento por evicción: Garantiza la posesión pacífica (evita perturbaciones jurídicas).
    • Saneamiento por vicios ocultos: Garantiza la posesión útil (previene causas económicas que impidan su uso).

Obligaciones del Comprador

  • Pago del precio: Es la obligación principal. Debe realizarse en el tiempo y lugar fijados.
  • Intereses: Deberá pagar intereses si se ha pactado, si la cosa produce fruto o renta, o si el comprador ha sido constituido en mora.
  • Incumplimiento: Si no se paga en el plazo pactado, el vendedor puede pedir la resolución del contrato (resolución automática y pacto comisorio).

Compraventas Especiales

Doble Venta

Si una misma cosa se vende a diferentes compradores:

  • Bienes muebles: La propiedad se transfiere a quien primero haya tomado posesión de buena fe.
  • Bienes inmuebles: La propiedad pertenece a quien primero la haya inscrito en el Registro. Si no hay inscripción, a quien primero posea de buena fe.

Venta con Reserva de Dominio

  • Las partes pueden pactar que el comprador no sea propietario hasta el pago total del precio.
  • Es frecuente en la venta a plazos de bienes muebles.
  • Se protege al vendedor mediante la prohibición de disponer y la inscripción en el Registro especial de Venta a Plazos de Bienes Muebles.

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