Contrato de Arrendamiento de Vivienda en Ecatepec: Cláusulas y Obligaciones Esenciales
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Cláusulas del Contrato de Arrendamiento Residencial
1. Objeto del Contrato y Descripción del Inmueble
El Arrendador da en arrendamiento a la Arrendataria el inmueble ubicado en Calle Hidalgo No. 45, Colonia San Cristóbal, Ecatepec de Morelos, Estado de México. El inmueble está compuesto por sala, comedor, cocina, dos recámaras, un baño completo, patio de servicio y cochera para un automóvil. Se entrega en buen estado de uso, conservación y limpieza, destinándose exclusivamente para casa habitación.
2. Vigencia del Contrato
El presente contrato tendrá una vigencia de un año, iniciando el día 15 de octubre de 2025 y concluyendo el 15 de octubre de 2026, pudiendo renovarse previo acuerdo por escrito. La Arrendataria deberá avisar con 30 días de anticipación si desea terminarlo antes de la fecha pactada.
3. Monto y Forma de Pago de la Renta
El monto de la renta mensual será de $5,000.00 (Cinco mil pesos 00/100 M.N.), pagadera por adelantado dentro de los primeros cinco días de cada mes mediante transferencia bancaria o efectivo. El retraso en el pago por más de cinco días generará un recargo del 10% sobre el monto total de la renta.
4. Depósito en Garantía
La Arrendataria entrega un depósito de $5,000.00 (Cinco mil pesos 00/100 M.N.) que no se aplicará al pago de rentas y servirá para cubrir posibles daños o adeudos. Dicho depósito será devuelto íntegramente al término del contrato, previa verificación del estado del inmueble.
5. Obligaciones de la Arrendataria
- Pagar puntualmente la renta.
- Conservar el inmueble en buen estado.
- No realizar modificaciones sin autorización escrita.
- No subarrendar ni ceder derechos sin consentimiento del Arrendador.
- Permitir inspecciones con previo aviso.
- Cubrir los servicios básicos (agua, luz, gas, etc.) durante el arrendamiento.
- Entregar el inmueble al término del contrato en condiciones adecuadas.
6. Obligaciones del Arrendador
- Entregar el inmueble en condiciones óptimas.
- Realizar reparaciones necesarias por deterioro normal.
- Garantizar el uso pacífico del inmueble.
- Respetar la privacidad de la Arrendataria.
- Expedir recibos de pago de renta.
7. Causales de Rescisión del Contrato
7.1. Rescisión por parte del Arrendador
El Arrendador podrá rescindir el contrato si se presenta alguna de las siguientes causas:
- Falta de pago de dos o más rentas consecutivas.
- Uso indebido del inmueble.
- Daños intencionales o negligentes.
- Subarrendar sin autorización.
- Incumplimiento reiterado de obligaciones.
7.2. Rescisión por parte de la Arrendataria
La Arrendataria podrá rescindir el contrato si:
- El Arrendador no realiza reparaciones necesarias.
- Se altera el uso pacífico del inmueble por causas imputables al Arrendador.
8. Terminación del Contrato
El contrato concluirá por las siguientes causas:
- Al cumplirse el plazo pactado, salvo renovación por escrito.
- Por mutuo acuerdo de las partes.
- Por fallecimiento de alguna de las partes, si los herederos no continúan el contrato.
9. Jurisdicción y Competencia
Las partes se someten a las leyes y tribunales competentes del Distrito Judicial de Ecatepec de Morelos, Estado de México, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles.
10. Formalización
Leído y explicado el contrato, las partes lo firman por duplicado en Ecatepec de Morelos, Estado de México, el 10 de octubre de 2025, manifestando que lo celebran libre y voluntariamente.