El Contrato de Trabajo en Argentina: Derechos, Principios y Alcances
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El Contrato de Trabajo
Definición
El trabajo es un conjunto de actividades en las cuales se intercambia tiempo (y conocimientos) por dinero, con el cual se satisfacen las necesidades. Es un conjunto de actividades que realiza una persona con el objetivo de producir bienes y servicios a cambio de una remuneración. Hay dos tipos de relaciones laborales:
- Relación de dependencia: La persona para la cual se trabaja retiene todos los beneficios generados y paga un sueldo.
- Relación independiente: La persona que trabaja se queda con el fruto de su trabajo.
Además, el trabajo puede ser registrado (legal) o no registrado (ilegal), este último incumple con la obligación de registro.
Marco Normativo en Argentina
En Argentina, la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) regula las relaciones laborales. Un marco normativo regulatorio es importante para establecer normas y reglas. La Constitución Nacional garantiza el derecho al trabajo para los argentinos (artículos 14 y 14 bis). Los tratados internacionales tienen la misma jerarquía que la Constitución (Declaración Universal de Derechos Humanos, ONU, artículos 23-25, y Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, artículo 7). La LCT (Ley 20.744) complementa estos tratados.
Orden de Prelación
El artículo 1 de la LCT establece el orden de prelación para resolver conflictos:
- Leyes y estatutos profesionales.
- Convenios colectivos de trabajo (acuerdos entre sindicatos y representantes de empleadores). Por ejemplo, el convenio de camioneros. Debe estar homologado por el Ministerio de Trabajo; de lo contrario, no es regulatorio y solo se aplica a una categoría específica de trabajo.
- Laudos (resoluciones de un árbitro que resuelven un conflicto entre partes sobre un caso específico). Se encuentran en el Ministerio de Trabajo.
- Voluntad de las partes. La relación laboral permite pactar cláusulas adicionales, siempre que no contradigan la ley.
- Reglamentos internos (siempre en favor de la ley).
- Usos y costumbres (cultura de trabajo, vestimenta, conducta).
Derechos del Trabajo
Los derechos del trabajo se encuentran consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y la Constitución Nacional Argentina. Estos incluyen:
- Derecho al trabajo y a la libre elección del mismo.
- Derecho a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo.
- Derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria que asegure una existencia conforme a la dignidad humana, complementada por otros medios de protección social.
- Derecho a formar sindicatos.
- Salario mínimo, vital y móvil.
- Derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones.
Principios Generales del Derecho Laboral
Los principios generales del derecho laboral sirven para orientar al juez en la resolución de conflictos, la interpretación de leyes y su integración en caso de vacío legal. Estos principios son:
Principio Protectorio
Protege al trabajador, considerado la parte más débil en la relación laboral. Se compone de tres reglas:
- In dubio pro operario: En caso de duda sobre el sentido de una norma, se interpreta a favor del trabajador.
- Aplicación de la norma más favorable: En caso de duda sobre qué norma aplicar, el juez debe aplicar la más favorable al trabajador. Esto puede implicar romper el orden de prelación.
- Condiciones más favorables: Es válido pactar condiciones más favorables para el trabajador, siempre que superen las establecidas por las normas.
Principio de Irrenunciabilidad
Es nula toda norma que reduzca los derechos del trabajador. Todo lo que forma parte del orden público laboral es irrenunciable. Cualquier cláusula perjudicial para el trabajador es nula.
Principio de No Discriminación
No se puede discriminar por ningún tipo de condición. El artículo 17 de la LCT no es taxativo, lo que significa que puede ampliarse.
Principio de Gratuidad
Todos los trámites relacionados con el trabajo son gratuitos para que el trabajador no renuncie a reclamos o demandas por falta de recursos económicos.
Orden Público Laboral
Establece un límite a la autonomía de la voluntad de las partes, garantizando un piso de derechos irrenunciables.
Ámbito de Aplicación de la LCT
El artículo 2 de la LCT establece que la ley no se aplica a todos los trabajadores en relación de dependencia. Quedan excluidos:
- Empleados públicos, excepto que se los incluya expresamente en un acuerdo escrito y homologado por el Ministerio de Trabajo.
- Trabajadores de casas particulares. Sin embargo, algunas cláusulas de la LCT pueden aplicarse si son compatibles con las disposiciones de la ley especial que regula este sector.
- Trabajadores agrarios.
El artículo 3 establece que si se firma un contrato en otro país pero se presta la fuerza de trabajo en Argentina, se aplicará la LCT.
El artículo 4 define el trabajo como la actividad lícita en la que el trabajador presta su fuerza de trabajo a alguien que tiene el derecho y la facultad de dirigirlo, recibiendo a cambio una remuneración.