Contratación Pública en España: Procedimientos, Órganos y Criterios de Adjudicación

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Adjudicación de los Contratos Públicos

Se consideran contratos menores aquellos de importe inferior a 50.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 18.000 euros cuando se trate de otros contratos.

Procedimientos de Adjudicación

La Ley de Contratos del Sector Público establece diversos procedimientos para la adjudicación de contratos:

  • Procedimiento Abierto: Todo empresario interesado podrá presentar una proposición.
  • Procedimiento Restringido: Solo podrán presentar proposiciones aquellos empresarios que, a su solicitud, sean seleccionados por el órgano de contratación.
  • Procedimiento Negociado: La adjudicación recaerá en el licitador elegido por el órgano de contratación tras efectuar consultas con diversos candidatos. Según el importe y supuestos específicos estipulados en la ley, podrá ser negociado con o sin publicidad.
  • Diálogo Competitivo: Se utiliza para contratos particularmente complejos, como los grandes proyectos de infraestructuras.
  • Concursos de Proyectos: Es el procedimiento encaminado a la obtención de planos o proyectos, principalmente en los campos de la arquitectura, el urbanismo y el procesamiento de datos, a través de una selección que, tras la correspondiente licitación, se encomienda a un jurado.

Normas Generales de Procedimiento

  • Plazos: Los plazos marcados por ley se establecen en días naturales, salvo que se indique expresamente que son días hábiles.
  • Precio: Los contratos públicos incluyen el IVA, el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) o el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI) en los territorios en los que estas figuras impositivas rijan.

Todos los procedimientos para la adjudicación de los contratos, con excepción de los procedimientos negociados, se anunciarán en el BOE (Boletín Oficial del Estado). Los procedimientos negociados se publicarán en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Órganos Establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas

  1. El Órgano Consultivo: La Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado, adscrita al Ministerio de Economía y Hacienda.
  2. Órganos de Contratación y Asistencia:
    • Mesa de Contratación: Es un órgano técnico de asistencia que recibe ofertas y lleva a cabo el proceso de selección del contratista. Su función finaliza con la propuesta de adjudicación.
    • Junta de Contratación Administrativa: Es un órgano de contratación que adjudica determinados tipos de contratos con una cuantía limitada. También realiza funciones de programación y estudio.
    • Otros: Los ministros y los secretarios son los órganos de contratación de la Administración General del Estado.

Registro Público de Contratos

Este registro garantiza la transparencia de las actuaciones de las administraciones. Depende de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Ministerio de Economía y Hacienda, así como de los órganos correspondientes de las restantes administraciones públicas.

Criterios de Adjudicación de los Contratos

La adjudicación de los contratos públicos se basa en los siguientes criterios:

  • Por el Precio Más Bajo (anteriormente, subasta).
  • Por Oferta Económicamente Más Ventajosa: Considera la calidad, el precio, el valor técnico, y las características estéticas, funcionales y medioambientales (anteriormente, concurso).

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