La Construcción del Estado Liberal en España (1814-1868)

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1. La Restauración de Fernando VII (1814-1833)

En 1814 retornó a España Fernando VII, quien reinó hasta 1833. El rey, apodado "el Deseado", gobernó de una manera mezquina y vengativa, empleando todos los medios para actuar como monarca absoluto. Se enfrentó a los liberales y al sistema político creado en Cádiz. En su reinado se diferencian tres períodos:

1.1. El Sexenio Absolutista (1814-1820)

En marzo de 1814, Fernando VII fue recibido en España con entusiasmo popular. Los liberales exigían que el rey acatase y aprobase los decretos y la Constitución de 1812, pero los absolutistas defendían que el rey debía recuperar la plenitud de su soberanía y declarar nulas las reformas. Así se lo pidió un grupo de diputados a través de un documento conocido como el Manifiesto de los Persas.

Contando con el apoyo de los eclesiásticos, nobles y jefes militares, Fernando VII declaró nulos los decretos y la Constitución de 1812 y restableció el poder absoluto del rey y las viejas instituciones del Antiguo Régimen. El retorno al absolutismo provocó escasa oposición en las masas populares, que identificaban las reformas liberales como agresiones a la religión y a las costumbres tradicionales. La derrota de Napoleón en 1814 permitió la restauración del absolutismo en casi toda Europa.

Las fuerzas liberales eran minoritarias y no estaban preparadas para enfrentarse al rey. Fueron perseguidos, algunos marcharon al exilio y otros formaron sociedades secretas de carácter masónico. Para obligar al rey a aceptar el sistema liberal recurrieron a la conspiración y al pronunciamiento. Los intentos que realizaron fracasaron.

1.2. El Trienio Liberal (1820-1823)

El 1 de enero de 1820, Rafael de Riego exigió en Cabezas de San Juan el restablecimiento de la Constitución de 1812.

Inicialmente, solo secundó su acción una pequeña parte del ejército que, dirigida por Antonio Quiroga, tomó la Isla de León. El triunfo liberal tuvo lugar cuando el 21 de febrero, en la ciudad de La Coruña, los oficiales, dirigidos por Juan Díaz Porlier y contando con el apoyo de la burguesía local, detuvieron a las autoridades realistas, nombraron una Junta de Gobierno de Galicia y restablecieron la Constitución de 1812. Ante el éxito de los pronunciamientos liberales y sin apoyos, Fernando VII se vio obligado a aceptar la Constitución el 10 de marzo de 1820.

El triunfo de los revolucionarios españoles causó asombro y fue imitado en varios puntos, dando lugar a la vaga revolucionaria liberal de los años 20.

Los gobiernos liberales restablecieron la legislación aprobada por las Cortes de Cádiz: Constitución, Cortes, elecciones basadas en el sufragio universal indirecto… Dieron nuevo impulso a las transformaciones sociales, económicas y administrativas.

Pero las diferencias entre los liberales sobre temas como la necesidad de introducir o no modificaciones en la Constitución, el poder de la Corona, la participación política del pueblo o la soberanía de la nación, dieron lugar a la formación de dos grupos: los moderados y los exaltados, enfrentados por el control de las instituciones. Esta división favoreció los intentos absolutistas de restaurar el Antiguo Régimen, contando con el apoyo de Fernando VII, que nunca acató la imposición de la Constitución.

1.3. La Década Ominosa o Absolutista (1823-1833)

El miedo a la extensión de la revolución por Europa llevó a las potencias absolutistas, reunidas en Verona en 1822, a decidir su intervención en España para restaurar el gobierno absolutista de Fernando VII. En 1823, un ejército francés, conocido como los Cien Mil Hijos de San Luis, dirigido por el duque de Angulema, invadió España acompañado por partidas de Voluntarios Realistas españoles. En Cádiz y La Coruña casi no encontraron resistencia, de modo que Fernando VII recuperó el poder absoluto y decretó la abolición de todas las leyes e instituciones creadas durante el Trienio Liberal.

La nueva restauración absolutista provocó una dura represión contra los liberales. Muchos fueron perseguidos o ejecutados. Otros marcharon al exilio hacia Gibraltar, Inglaterra o Francia. Los liberales siguieron conspirando para restablecer las libertades en España, fracasando en sus intentos.

Toda la población estuvo sometida al control de la policía y de los cuerpos de Voluntarios Realistas formados por los defensores del absolutismo, la religión y la tradición. Los ultrarrealistas o realistas puros acusaron de pusilánime a Fernando VII y se agruparon alrededor de su hermano Carlos, quien era considerado el futuro heredero del trono.

En 1829, Fernando se casó con María Cristina de Borbón y nacieron Isabel y Luisa Fernanda. Como la Ley Sálica impedía la sucesión en el trono a las mujeres, el rey derogó la ley en 1830 y proclamó a Isabel como heredera. Esto originó un problema dinástico, pues Carlos y los realistas puros se opusieron a esta medida. En 1833, murió Fernando VII y Carlos reclamó la Corona de España, al mismo tiempo que la viuda María Cristina hacía lo mismo para Isabel. El choque propició el estallido de la guerra carlista y la oportunidad de que los liberales recuperasen el poder.

2. La Construcción del Estado Liberal

Durante el reinado de Isabel II se instauró en España el Estado liberal. Las diferencias y disputas entre los grupos liberales sobre los principios configuradores del Estado provocaron cambios constitucionales y políticos entre las tendencias progresista y moderada.

2.1. Liberalismo Doctrinario: Moderados y Progresistas

El liberalismo doctrinario fue la corriente mayoritaria en España y toda Europa durante el siglo XIX. Surgió como reacción ante los excesos revolucionarios y el temor de los grupos poderosos a perder su posición hegemónica en la sociedad ante las demandas populares.

Trazos Definitorios:

  • Monarquía constitucional como forma de Estado y de gobierno en la que:
    • Todas las instituciones del Estado, incluida la Corona, ejercen sus poderes de acuerdo con la Constitución.
    • El poder ejecutivo y la dirección política es ejercida por la Corona, quien nombra y cesa libremente a los ministros del Gobierno. Los ministros son responsables de su actuación ante las Cortes y necesitan de su confianza para poder gobernar; en caso de conflicto entre el Gobierno y las Cortes, el rey puede disolverlas o cambiar a los ministros.
    • La Corona comparte el poder legislativo con las Cortes, de modo que las leyes surgen de la voluntad conjunta de ambas instituciones.
    • Corresponde al rey el derecho de convocatoria, suspensión y disolución de las Cortes.
  • Soberanía compartida. La fuente de todo el poder es la nación, que se identifica con las instituciones políticas tradicionales: la Corona y las Cortes. El rey con las Cortes representan a la nación y ejercen y son depositarios de la soberanía.
  • Restricción de la participación política. La política debe ser un trabajo realizado por los hombres más capaces e inteligentes. Considerando que la voluntad general no se puede conocer por la suma de los intereses particulares de todos los habitantes, el derecho al sufragio debe ser restringido, reservado a aquellos que posean un nivel económico o cultural: sufragio censatario.
  • Limitación de los derechos individuales, que debían estar regulamentados y figurar por escrito con límites precisos en su ejercicio, ya que, de lo contrario, según los liberales doctrinarios, podían generar indisciplina y desorden social.
  • Catolicismo de Estado y restricción de la libertad de cultos.

Estos principios fueron asumidos por los grupos burgueses, pero existieron diferencias a la hora de ponerlos en práctica y causaron la división de los liberales en:

  • Moderados o conservadores: asumieron la defensa de los principios del liberalismo doctrinario. Ejercieron más tiempo el poder y contaron con la predilección de los monarcas españoles y el apoyo de los grupos poderosos de la sociedad. Fueron defensores de la exclusión de las masas de la participación política, imponiendo un sistema electoral restringido; se mostraron partidarios del establecimiento de un Estado unitario y centralizado, a través del control de la vida municipal por el gobierno central.
  • Progresistas: siguieron una línea ambigua. Procedentes de los exaltados de las Cortes de Cádiz y del Trienio Liberal, fueron moderando sus reivindicaciones. Aceptaron los principios del liberalismo doctrinario, pero reclamaban la primacía de las Cortes sobre el rey, la descentralización municipal y una interpretación más amplia de las libertades. Defendieron las modificaciones legislativas favorables al desarrollo de las actividades económicas capitalistas.

2.2. El Régimen del Estatuto Real y el Triunfo Liberal (1833-1836)

En 1833, a la muerte de Fernando VII, su mujer María Cristina se convirtió en la regente del reino en nombre de su hija menor de edad, Isabel II. Para asegurar el trono tuvo que buscar apoios en sectores más moderados, tanto de los realistas como de los liberales, frente a las pretensiones de los sectores más intransigentes del absolutismo que apoyaban al pretendiente Carlos de Borbón.

Para facilitar el apoyo de los liberales, María Cristina decretó una amnistía que permitió el retorno de los exiliados y realizó diversas reformas que no alteraban el poder de la Corona. Tuvo que enfrentarse tanto a los carlistas como a los liberales radicales.

2.2.1. La Reforma Provincial

Esta reforma fue decretada en 1833 por el gobierno de Cea Bermúdez y realizada por Javier de Burgos. España fue dividida en 49 provincias. La reforma buscaba una mayor racionalización administrativa, mayor centralización y control territorial; al frente de cada provincia estaba el Jefe Provincial, antecedente del Gobernador Civil.

2.2.2. La Desaparición del Reino de Galicia

Proceso iniciado en 1808, cuando la Junta del Reino se mostró ineficaz para dirigir la guerra contra los franceses, apareciendo las Juntas de Armamento y Defensa, más adecuadas a las nuevas circunstancias. Fernando VII suprimió la capacidad representativa del Reino en 1818, de modo que la Junta del Reino perdía el derecho de formular peticiones al monarca y únicamente conservaba el derecho de sortear los comisarios encargados de cobrar en Galicia el impuesto de los millones.

En 1834 tuvo lugar la última reunión de las Juntas del Reino. Dejaba así de existir el Reino de Galicia. En su lugar, quedaba organizada como región dividida en las cuatro provincias: La Coruña, Lugo, Orense y Pontevedra.

2.2.3. El Estatuto Real

En enero de 1834, la presión de los liberales obligó a María Cristina a nombrar jefe de Gobierno a Martínez de la Rosa y a realizar concesiones políticas, entre las que destaca la promulgación del Estatuto Real, que era una convocatoria de Cortes en la que se precisaban los rasgos de un régimen político moderado.

En el Estatuto, la Corona renunciaba a mantener en exclusiva el poder, admitiendo una ampliación de la participación política en beneficio de las clases poseedoras; la soberanía seguía estando en la Corona, los derechos de los ciudadanos no aparecían recogidos y la separación de poderes ni se mencionaba.

2.2.4. Las Revoluciones de 1835 a 1836

La lentitud de las reformas, las dificultades provocadas por la guerra contra los carlistas y la extensión de la primera epidemia de cólera propiciaron que en las principales ciudades de España se produjeran revueltas, motines y pronunciamientos de carácter popular estimulados por los liberales radicales. Se formaron juntas locales que asumieron el gobierno y exigieron cambios a la Regente.

Ante esta situación, María Cristina confió el Gobierno a Juan Álvarez Mendizábal, político liberal con un pasado radical, quien realizó reformas socioeconómicas, entre las que destacan:

  • El restablecimiento de las Diputaciones provinciales, en las que se incorporaron los miembros de las juntas.
  • La supresión de los conventos y la exclaustración de sus miembros.
  • La expropiación y venta de los bienes de las órdenes eclesiásticas suprimidas, la desamortización eclesiástica, con la finalidad de solucionar los problemas hacendísticos, recaudar dinero para financiar la guerra contra el carlismo, ampliar los adeptos de Isabel II y desmantelar el poder económico de la Iglesia.
  • El establecimiento del principio liberal del servicio militar obligatorio, necesario para derrotar a los carlistas. Ante las protestas de un llamamiento masivo a filas, Mendizábal recurrió a las exenciones de alistamiento mediante pagos -redención de quintas-; estas beneficiaron a las clases poderosas y fueron discriminatorias para las clases humildes.

La actuación de Mendizábal originó una fuerte desconfianza en la reina regente y en los sectores moderados, siendo sustituido por Francisco Javier de Istúriz, liberal moderado. La paralización de las reformas acentuó las protestas de los radicales. En julio y agosto de 1836 se produjeron levantamientos populares en las ciudades que crearon nuevas juntas. El pronunciamiento de las tropas encargadas de la protección de la reina obligó a la reina regente a jurar y restablecer la Constitución de 1812.

La reina regente confió el poder a los progresistas, nombrando a José María Calatrava jefe del Gobierno. La legislación promulgada en Cádiz y durante el Trienio Liberal fue restablecida y se convocaron Cortes para reformar la Constitución, que tanto progresistas como moderados consideraban radical. El Antiguo Régimen desaparecía; el liberalismo como forma de organización del Estado y la sociedad salió consolidado.

2.3. Regencia de Espartero (1840-1843)

Tras la marcha de la reina regente, Baldomero Espartero se convirtió en regente en octubre de 1840. Destacan estas medidas:

  • Ampliación de la desamortización eclesiástica con la desamortización de los bienes del clero secular en septiembre de 1841. El objetivo era de carácter fiscal, recaudar fondos para Hacienda.
  • El intento de resolución del problema foral vasco y navarro. El Convenio de Vergara recogía el acuerdo de respetar los fueros en todo aquello que no fuese contra la unidad de España y fuese compatible con la Constitución de 1837. En 1841, la Ley Paccionada reconoció a Navarra el derecho a conservar parte de las instituciones y particularidades forales, entre las que destacaba la autonomía fiscal, a cambio de la aceptación del régimen común administrativo y electoral en ese territorio y el pago de un cupo económico. En el caso vasco, la negativa de las autoridades a realizar cualquier concesión provocó la supresión de los privilegios forales. Las concesiones dadas a Navarra significaron la renuncia al principio revolucionario liberal de la unidad institucional del Estado.

2.4. El Régimen Moderado de 1845

Entre 1843 y 1868, la vida política española estuvo marcada por la personalidad y el carácter de Isabel II. De escasa formación, la reina protagonizó escándalos y llevó una intensa y desordenada vida amorosa extramatrimonial de honda repercusión en la vida política.

Isabel II gobernó apoyándose en políticos moderados o ultramoderados. Durante su reinado se diferencian distintos períodos.

2.4.1. La Constitución de 1845

En mayo de 1844, la reina entregó el gobierno a los moderados. Las Cortes revisaron la Constitución de 1837 y elaboraron otra inspirada en los principios del liberalismo moderado. Esta nueva Constitución de 1845 establecía:

  • Soberanía compartida entre la Corona y las Cortes.

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