Poder Constituyente: Origen, Límites y Titularidad
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Poder Constituyente Originario y Derivado
El poder constituyente, aunque se afirma que reside en el pueblo, a menudo se omite en las clasificaciones que lo presentan como organismos colegiados.
El poder constituyente originario es aquel que establece el ordenamiento político inicial. Es el poder que crea la primera Constitución de un Estado. Frecuentemente, una Asamblea Constituyente actúa como poder constituyente originario, manifestando jurídicamente el nacimiento del país al aprobar la primera Constitución. Una vez cumplida su labor, desaparece. Sin embargo, para asegurar la continuidad, se establece un órgano encargado de adicionar y modificar la Constitución según las circunstancias o problemas que surjan. A este se le denomina poder constituyente derivado, instituido o permanente.2
Límites del Poder Constituyente
Los límites del poder constituyente se definen según su naturaleza taxonómica, considerando si es poder constituyente originario o derivado.
El poder constituyente: El poder es la potestad o facultad para ejercer el mando, ya sea por acuerdo o por la fuerza. Existen diferentes tipos de poder según su alcance, como el poder judicial, poder legislativo, poder ejecutivo, poder electoral, poder moral, poder municipal, poder público, entre otros.
La Titularidad o Sujeto del Poder Constituyente
La titularidad del poder constituyente reside únicamente en el pueblo. El sujeto del poder constituyente es el pueblo, basado en la legitimidad democrática y el principio de la soberanía popular.
El titular del poder constituyente es el pueblo, el entendimiento más difundido actualmente. Sin embargo, para Sieyès, el titular es la nación. El concepto de nación es problemático, ya que tiene dos acepciones: la nación política, como sujeto político de la soberanía constituyente, y la nación cultural, como comunidad humana con características culturales comunes. En sentido lato, nación se usa con variados significados: Estado, país, territorio, habitantes, etnia, etc.
El titular del poder constituyente solo puede ser el pueblo, entendido como una entidad pluralista formada por individuos, asociaciones, grupos, iglesias, comunidades, personalidades, instituciones, articuladores de intereses, ideas, creencias y valores plurales, convergentes y conflictivos.
Características del Poder Constituyente
Según el profesor Rivas Quintero:
- 1. Es un poder originario: Pertenece exclusivamente al pueblo, quien lo ejerce directamente o a través de representantes elegidos. No proviene de ningún otro poder. Emerge como acto de voluntad política del pueblo, un acto soberano para establecer una organización jurídico-política plasmada en la Constitución. Cualquier modificación posterior a la Carta Fundamental del Estado debe ser realizada por el Poder Constituyente a través de sus formas de manifestación y acción. La obra del poder constituyente solo puede ser modificada válidamente por el mismo poder constituyente.