Constituciones Españolas de 1834 y 1837: Resumen y Diferencias Clave

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El Estatuto Real de 1834

En 1833 se publica el testamento de Fernando VII donde confirma a su hija Isabel, de 3 años, como heredera del trono y nombra a su madre Mª Cristina reina gobernadora hasta que la niña alcance la mayoría de edad. Don Carlos, hermano de Fernando VII, no reconoce a su sobrina como reina y se proclama rey de España, iniciando la guerra carlista, que durará 7 años. La reina gobernadora deberá apoyarse en los liberales, nombrando como jefe de gabinete al liberal moderado Martínez de la Rosa que con la ayuda de Javier de Burgos, redactaron un nuevo texto constitucional, el Estatuto Real de 10 de abril de 1834.

Objetivo

Convocatoria de Cortes, fundamentándose en leyes tradicionales de la monarquía.

Formación y funcionamiento de las Cortes

Constituidas por dos cámaras:

  • Próceres del Reino: Miembros con grandes rentas y nombrados por la reina. Su número es ilimitado lo que hace que el monarca pueda cambiar el sentido de la votación nombrando nuevos. "Nobleza, Iglesia, administración y los mayores contribuyentes".
  • Cámara de Procuradores del Reino: Representantes elegidos, con condiciones económicas elevadas.

Ambas convocadas, suspendidas y disueltas por el rey.

Principal misión de las Cortes

Contestar a las consultas del rey sobre temas importantes, solo pueden deliberar en asuntos planteados por la Corona.

Leyes

Requieren la aprobación de ambas cámaras y del rey.

Estatuto Real

No dice nada sobre la soberanía, que se entiende que reside en el monarca. Tampoco regula las relaciones entre las cámaras y el gobierno, salvo que el decreto de disolución debe ir firmado por el presidente del Consejo de Ministros. Estatuto Real: Es una Carta otorgada, inspirada en la Carta francesa de Luis XVIII y en la doctrina inglesa.

La Constitución de 1837

La revuelta de los sargentos de la Guardia Real en La Granja y la entrada en vigor de nuevo de la Constitución de Cádiz, dio lugar a la formación de un nuevo gobierno dirigido por Calatrava y la convocatoria de unas nuevas Cortes constituyentes.

Misión de las Cortes

Encontrar el término medio entre la Constitución de 1812 y el Estatuto Real, para ser aceptado por progresistas y moderados. Constitución fue aprobada por las Cortes (uso de soberanía nacional) y aceptada por la reina gobernadora en nombre de Isabel II. Con una declaración de derechos más amplia que la de 1812.

Tema religioso

Dice "la nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la religión católica que profesan los españoles" (art 11).

Principal función de las Cortes

Elaboración de la leyes (compartido con el rey). La iniciativa es de ambos pero el rey posee veto absoluto en vez de suspensivo como tenía en Cádiz. Las Cortes extraordinarias quedan reducidas a casos de muerte o imposibilidad del rey. Eligen la regencia y nombran tutor en caso de minoría regia y juzgan a los ministros por causas penales. Mayor innovación de esta Constitución: Creación de una segunda cámara, el Senado.

Congreso de los Diputados

Representantes elegidos por sufragio directo a nivel provincial.

Miembros del Senado

Debían tener mayor edad y fortuna que los exigidos al Congreso y eran nombrados por el rey. Aquí, el monarca es limitado e inviolable, es decir, son sus ministros los que responden de sus decisiones en virtud del refrendo. Debe guardar el orden y la seguridad del Estado y posee la facultad de nombrar y separar libremente a sus ministros. Constitución 1837 es la primera norma que habla del "poder judicial" y de las garantías para la independencia y exclusividad de los jueces. La aprobación del presupuesto debe ser anual, arma importante para las Cortes. Desaparece la Diputación Permanente de las Cortes.

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